HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES 'LICENCIADA LAURA BONAPARTE'

Rango Decreto
Publicación 2023-08-10
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA LAURA BONAPARTE”

Decreto 407/2023

DCTO-2023-407-APN-PTE - Dispónese el cese de la intervención.

Ciudad de Buenos Aires, 09/08/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-53455997-APN-HNRESMYA#MS, las Leyes

Nros. 20.332 y su modificatoria, 26.657 y 27.701, los Decretos Nros.

782 del 18 de junio de 2013, 312 del 14 de junio de 2023 y la

Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 1809 del 1° de noviembre de 2012,

y

CONSIDERANDO:

Que por la citada Ley Nº 20.332, modificada por la Ley Nº 27.267, se

creó como ente descentralizado el HOSPITAL NACIONAL EN RED

ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA LAURA

BONAPARTE”, actualmente en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE

SERVICIOS E INSTITUTOS, dependiente de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN

SALUD del MINISTERIO DE SALUD.

Que la Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657 tiene por objeto asegurar

el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas y

el pleno goce de los derechos humanos de aquellas con padecimiento

mental que se encuentran en el territorio nacional.

Que mediante el Decreto N° 782/13 se ratificó la Resolución del

MINISTERIO DE SALUD Nº 1809/12, que entre otros aspectos, intervino “ad

referendum” de su aprobación por parte del PODER EJECUTIVO NACIONAL,

por un plazo de DOS (2) años, a partir del 1º de noviembre de 2012 el

“CENTRO NACIONAL DE REEDUCACIÓN SOCIAL (CENARESO), actualmente HOSPITAL

NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA

LAURA BONAPARTE”.

Que la intervención dispuesta tuvo por objeto proveer su reordenamiento

tanto en sus aspectos de funcionamiento institucional como en los

científico-técnicos, a los efectos de optimizar la eficacia y

eficiencia de sus funciones, con el fin de incorporarlo a la red

asistencial como centro de referencia nacional en lo atinente a la

salud mental, y de adecuarlo a los actuales paradigmas en políticas de

salud mental.

Que la intervención del referido Hospital fue prorrogada en sucesivos

períodos, en último término fue por conducto del Decreto N° 312/23 y se

prorrogó también la designación en el cargo de Interventora General de

la licenciada Beatriz Yolanda Ramona BALDELLI.

Que actualmente, conforme los informes de gestión realizados por el

citado organismo surge que las causas que han originado la intervención

han cesado, que se ha logrado la normalidad del funcionamiento y que se

ha dado cumplimiento a los objetivos previstos.

Que, en consecuencia, corresponde dar por finalizada la intervención

prevista y limitar la designación de su Interventora General y designar

a su Director o Directora de manera transitoria.

Que por la Ley N° 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.

Que por la Decisión Administrativa N° 213/19 y sus modificatorias se

aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo

del HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES

“LICENCIADA LAURA BONAPARTE”.

Que, por lo expuesto, resulta necesario proceder a la cobertura

transitoria del cargo vacante y financiado de Director o Directora del

referido organismo.

Que el servicio de asesoramiento jurídico permanente del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en el artículo

1° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese el cese de la intervención del HOSPITAL

NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA

LAURA BONAPARTE”, organismo descentralizado actuante en la órbita de la

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS de la SECRETARÍA DE

CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD, ordenada por el Decreto N°

782/13 y cuya última prórroga operó por conducto de su similar N°

312/23, a partir de la fecha del dictado del presente decreto.

ARTÍCULO 2º.- Limítase la designación de la licenciada Beatriz Yolanda

Ramona BALDELLI (D.N.I. N° 12.713.985) en el cargo de Interventora

General del HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y

ADICCIONES “LICENCIADA LAURA BONAPARTE”, la que fuera oportunamente

prorrogada mediante el Decreto N° 312/23.

ARTÍCULO 3°.- Desígnase, con carácter transitorio y por el término de

CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la

presente medida, a la licenciada Beatriz Yolanda Ramona BALDELLI

(D.N.I. N° 12.713.985) en el cargo de Directora del HOSPITAL NACIONAL

EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA LAURA

BONAPARTE”, organismo descentralizado actuante en la órbita de la

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS de la SECRETARÍA DE

CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD, Categoría Profesional

Principal, Grado inicial del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial

del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y

Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes

del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto Nº 1133/09.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función

Directiva de Dirección de Establecimiento Nivel III del citado Convenio

Colectivo de Trabajo Sectorial.

ARTÍCULO 4°.- El cargo involucrado en el artículo 3° del presente

decreto deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección vigentes

y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 37 y

en los Títulos II, Capítulo II, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo

Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos

Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y

Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el

Decreto Nº 1133/09, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días

hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida.

ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente

medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la

Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD, Entidad 902 - HOSPITAL NACIONAL

EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA LAURA

BONAPARTE”.

ARTÍCULO 6°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Agustín Oscar Rossi - Carla Vizzotti

e. 10/08/2023 N° 62482/23 v. 10/08/2023

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