ENERGIA ELECTRICA
EMPRESAS DEL ESTADO
Decreto Nº 4.103/1977
Agua y Energía Eléctrica.
Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 1977.
Bs. As. 30/12/77
VISTO el Expediente Nº 770.015/77 del registro de la Secretaría de
Estado de Energía por el cual la Empresa Agua y Energía Eléctrica
solicita la aprobación de su Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 1977, y
CONSIDERANDO:
Que los precitados instrumentos se ajustan a la actividad adesarrollar
por la Empresa Agua y Energía Eléctrica durante el ejercicio 1977;
Que el artículo 4º de la Ley 13.050 (t.o.) modificado por la Ley número
15.023 autoriza al Poder Ejecutivo a aprobar los Planes de Acción y
Presupuesto de la Empresas del Estado;
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º - Apruébase el Plan
de Acción de la Empresa Agua y Energía Eléctrica para el ejercicio 1977
que corre anexo como parte integrante del presente decreto.
Art. 2º - Fíjase en la suma de
trescientos dieciseis mil treinta y cuatro millones quinientos mil
pesos ($ 316.034.500.000) el Prespuesto de Gastos de la Empresa Agua y
Energía Eléctrica para el ejercicio de 1977 de acuerdo con el detalle
que figura en las planillas anexas al presente artículo.
Art. 3º - Estímase en la suma
de trescientos dieciseis mil treinta y cuatro millones quinientos mil
pesos ($ 316.034.500.000) el Cálculo de Recursos de la Empresa Agua y
Energía Eléctrica para el ejercicio de 1977, de acuerdo con las
planillas anexas al presente artículo.
Art. 4º - Facúltase a la
Empresa Agua y Energía Eléctrica para introducir modificaciones,
ajustes o compensaciones que estime necesario, en los crñeditos de las
Partidas Parciales, que constituyen cada Partida Principal, siempre que
ello no signifique alterar el nivel de estas últimas o modificar la
planta funcional. Toda vez que la Empresa haga uso de dicha facultad
deberá dar cuenta de ello al Ministerio de Economía.
Art. 5º- Apruebase la
distribución del Plan de Inversiones Patrimoniales correspondiente a la
Empresa Agua y Energía Eléctrica para el ejercicio de 1977, de acuerdo
al detalle que por proyecto y a nivel de partida parcial figura en las
planillas anexas al presente artículo.
Previa conformidad del Ministerio de Economía, la citada empresa podrá
introducir modificaciones o ajustes entre proyectos, sin alterar con
ello el monto fijado para el mencionado Plan de inversiones
Patrimoniales.
Art. 6º - Dentro de los noventa
(90) días de la finalización del ejercicio, la Empresa Agua y Energía
Eléctrica deberá presentar al Ministerio de Economía un estado de
ejecución del Plan de Acción y Presupuesto que se aprueban por el
presente decreto.
Art. 7º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
VIDELA
José A. Martinez de Hoz
Nota: Este decreto se publica sin anexos.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.