MINISTERIO DE ECONOMIA

Rango Decreto
Publicación 2024-05-17
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Decreto 414/2024

DECTO-2024-414-APN-PTE - Delegación de facultades y obligaciones.

Ciudad de Buenos Aires, 16/05/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-32201990-APN-SOP#MINF, la Ley N° 13.064

y sus modificatorias, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto

N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias -entre las que se

destaca el Decreto N° 8 del 10 de diciembre de 2023- y el Decreto N°

114 del 29 de enero de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 2º de la Ley N° 13.064 y sus modificatorias se

dispone que las facultades y obligaciones que en ella se establecen

podrán ser delegadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL en autoridad,

organismo o funcionario legalmente autorizado.

Que, en dicho marco, por el Decreto N° 114/20 se delegaron en el

ex-MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, de acuerdo con lo previsto en el

citado artículo 2° de la Ley N° 13.064 y sus modificatorias, las

facultades y obligaciones determinadas por dicha ley para la

contratación y ejecución de construcciones, trabajos o servicios que

revistan el carácter de obra pública y para la adquisición de

materiales, maquinarias, mobiliarios y elementos destinados a ellas, en

el ámbito de dicha jurisdicción.

Que mediante el Decreto N° 8/23 se modificó la Ley de Ministerios

(texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus

modificatorias, con el fin de adecuar la organización ministerial del

PODER EJECUTIVO NACIONAL de acuerdo con los objetivos y las políticas

de la nueva gestión de gobierno.

Que en virtud de la mentada modificación, en el artículo 20 de la

citada Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de

marzo de 1992) y sus modificatorias se establecieron las competencias

del MINISTERIO DE ECONOMÍA, asignándosele las pertinentes en materia de

obra pública.

Que en virtud de lo expresado, y con el fin de dotar a dicho Ministerio

de los instrumentos necesarios para el mejor logro de sus objetivos -en

función de las competencias asignadas-, resulta conveniente delegar en

la citada cartera las facultades y obligaciones establecidas en la

referida Ley N° 13.064 y sus modificatorias.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el

artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en el artículo 2º

de la Ley Nº 13.064 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Deléganse en el MINISTERIO DE ECONOMÍA, de acuerdo con lo

previsto en el artículo 2° de la Ley N° 13.064 y sus modificatorias,

las facultades y obligaciones determinadas por dicha ley para la

contratación y ejecución de construcciones, trabajos o servicios que

revistan el carácter de obra pública y para la adquisición de

materiales, maquinarias, mobiliarios y elementos destinados a ellas, en

el ámbito de su jurisdicción.

ARTÍCULO 2°.- Autorízase al Ministro de Economía a subdelegar las

facultades de que se trata en los Secretarios y Subsecretarios de su

jurisdicción, competentes en la materia.

ARTÍCULO 3°.- Instrúyese al Jefe de Gabinete de Ministros a dictar los

actos administrativos y a ordenar las diligencias que estime

necesarias, con el fin de adecuar la ejecución de las obras públicas

autorizadas por normas particulares o en curso de ejecución al nuevo

esquema de distribución de competencias establecido como consecuencia

del dictado del Decreto N° 8 del 10 de diciembre de 2023, modificatorio

de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de

marzo de 1992) y sus modificatorias.

ARTÍCULO 4°.- Derógase el Decreto N° 114 del 29 de enero de 2020.
ARTÍCULO 5°.- El presente decreto entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - E/E Guillermo Francos - Luis Andres Caputo

e. 17/05/2024 N° 30296/24 v. 17/05/2024

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.