LEY Nº 24.525
CARNES
Decreto 422/95
Bs. As., 31/8/95
POR LO TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 24.525 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Eduardo Bauzá. — Domingo F. Cavallo.
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