ACUERDOS

Rango Decreto
Publicación 2023-08-24
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ACUERDOS

Decreto 431/2023

DCTO-2023-431-APN-PTE - Homologación.

Ciudad de Buenos Aires, 23/08/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-44919999-APN-DNRYRT#MT, la Ley N°

11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), la Ley N°

18.753, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la

Administración Pública Nacional N° 24.185, la Ley Marco de Regulación

de Empleo Público Nacional N° 25.164, la Ley N° 27.701 de Presupuesto

General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, el

Decreto N° 447 del 17 de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de

Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por

el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098

del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, y el

Acta Acuerdo del 27 de abril de 2023 de la Comisión Negociadora del

citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, y

CONSIDERANDO:

Que la citada Ley N° 24.185 establece el régimen aplicable a las

negociaciones colectivas que se celebren entre la Administración

Pública Nacional y sus empleados y empleadas e instituye al MINISTERIO

DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad Administrativa

de Aplicación.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido en el mencionado cuerpo

normativo, se constituyó la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo

de Trabajo Sectorial para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO

PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, y se celebró el

Acta Acuerdo de fecha 27 de abril de 2023.

Que las partes, en el marco previsto en el artículo 6° de la Ley N°

24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93 y normas

complementarias, acordaron sustituir, a partir del 1° de mayo de 2023 y

del 1° de agosto de 2023, respectivamente, la escala de Unidades

Retributivas establecida en el artículo 81 del Convenio Colectivo de

Trabajo Sectorial para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO

PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, su normativa

complementaria y modificatoria, con el alcance que consta en el

instrumento paritario suscripto.

Que el Acuerdo cumple los requisitos del artículo 11 de la referida Ley

N° 24.185.

Que se han cumplimentado las intervenciones prescriptas por el artículo

79, segundo párrafo y 80, inciso b) del Convenio Colectivo de Trabajo

General para la Administración Pública Nacional, homologado por el

Decreto N° 214/06, y los recaudos previstos por el artículo 2° del

citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°

2098/08.

Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO

ha emitido el correspondiente dictamen sin formular objeción alguna.

Que la COMISIÓN PERMANENTE DE APLICACIÓN Y RELACIONES LABORALES

(CoPAR), mediante su intervención, concluyó que las disposiciones

contenidas en el Acta Acuerdo son compatibles con las previsiones del

mencionado Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración

Pública Nacional.

Que sobre el control de legalidad cabe puntualizar que el MINISTERIO DE

TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL tomó la intervención prevista en los

artículos 4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la Ley N° 24.185 y su

Decreto Reglamentario N° 447/93 y normas complementarias.

Que en atención a las prescripciones establecidas en el artículo 86 de

la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014),

tratándose de incrementos generados en acuerdo colectivo en el marco de

la Ley N° 24.185 y habiéndose observado los requisitos y procedimientos

que surgen de dicha norma y de la Ley N° 18.753, deben tenerse por

cumplidas las disposiciones del artículo 79 de la Ley N° 11.672,

Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) con la suscripción

del Acta Acuerdo del 27 de abril de 2023.

Que los servicios de asesoramiento jurídico permanentes han tomado la

intervención que les compete.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de

los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 14 de la Ley

N° 24.185.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Homológase el Acta Acuerdo de fecha 27 de abril de 2023

de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial

para el personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), que

como ANEXO (IF-2023-49153041-APN-DNRYRT#MT) forma parte integrante de

la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- La vigencia de lo convenido en el Acta Acuerdo que se

homologa por el artículo 1° del presente será en las condiciones

establecidas por las partes intervinientes.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA

SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO para dictar las normas aclaratorias y

complementarias a que diera lugar la aplicación del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Agustín Oscar Rossi - Raquel Cecilia Kismer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 24/08/2023 N° 66650/23 v. 24/08/2023

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial)*

ANEXO

[IMG]

**EX-2023-44919999-

-APN-DNRYRT#MT**

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 27 días del mes de ABRIL

de 2023, siendo las 12:30 horas, en el **MINISTERIO

DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN**, ante la Dra.

Mara MENTORO Directora de la Dirección de Análisis Laboral del Sector

Público y el Dr. Lisandro AYASTUY Asesor Legal de la misma Dirección,

en el marco de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de

Trabajo Sectorial para el personal del Sistema Nacional del Empleo

Público (SINEP), COMPARECEN: por la **JEFATURA

DE GABINETE DE MINISTROS**, la Sra. SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO

PÚBLICO, Dra. Ana Gabriela CASTELLANI, el Sr. SUBSECRETARIO DE

COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA, Lic. Ignacio LOHLE acompañados por la Lic.

Paula RECALDE POLARI y Cra. Natalia RODRIGUEZ LLAURO y Lic. Mariela

LIUNI, por el MINISTERIO DE ECONOMÍA,

el Sr. SUBSECRETARIO DE PRESUPUESTO, Lic. Jorge Horacio DOMPER

acompañado por el Dr. Jorge CARUSO, todos ellos por parte del Estado

Empleador, y por la Parte Gremial, en representación de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN),

Sres. Diego GUTIERREZ, Alejo CONDE y la Sra. Mariana GADEA, con el

asesoramiento del Sr. Hugo SPAIRANI, y en representación de la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE)

Sres. Flavio VERGARA y Flavio SIVES y Julia SCARENCI con el

asesoramiento del Dr. Hugo BELLON.

Declarado abierto el acto por los funcionarios actuantes, se cede la

palabra a la representación del Estado Empleador quien propone:

PRIMERA:

Sustituir la escala de unidades retributivas establecida en el artículo

81 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del

Sistema Nacional de Empleo Público homologado por Decreto N° 2.098/08

su normativa complementaria y modificatoria, con la vigencia que para

cada caso se establecen a continuación:

a)

a partir del 01/05/2023

[IMG]

b)

a partir del 01/08/2023

[IMG]

Cedida la palabra a la representación sindical U.P.C.N., MANIFIESTA:

que acepta de manera integral la propuesta del Estado

Empleador.---------------------------------------

Cedida la palabra a la representación sindical A.T.E., MANIFIESTA: que

acepta de manera integrada propuesta del Estado Empleador.

En este estado, la Autoridad de Aplicación hace saber a las partes que

atento las propuestas efectuadas por el estado Empleador, y conforme lo

manifestado precedentemente por las representaciones sindicales, se

tiene por perfeccionado el acuerdo.

No siendo para más, se da por finalizado el presente acto realizado en

los términos de la Ley N° 24.185, previa lectura y ratificación del

mismo ante los funcionarios actuantes que así lo CERTIFICAN.-------------------------

[IMG]

IF-2023-49153041-APN-DNRYRT#MT

[IMG]

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.