SINDICATURA GENERAL DE LA NACION

Rango Decreto
Publicación 2024-05-22
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN

Decreto 431/2024

DECTO-2024-431-APN-PTE - Desígnase Secretario General.

Ciudad de Buenos Aires, 21/05/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-14295328-APN-SIGEN, la Ley N° 27.701,

los Decretos Nros. 1714 del 19 de noviembre de 2010, sus modificatorios

y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 88

del 26 de diciembre de 2023 y la Resolución de la SINDICATURA GENERAL

DE LA NACIÓN N° 297 del 31 de diciembre de 2020 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 88/23 se dispuso que a partir del 1° de enero de

2024 regirán las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto

General de la Administración Nacional, en virtud de lo establecido por

el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas

de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.

Que por el artículo 7° de la citada ley se estableció que las

Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán

cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de su entrada en

vigencia ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa

autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que en virtud del artículo 10 de la Ley N° 27.701 se estableció que las

facultades otorgadas por dicha ley al Jefe de Gabinete de Ministros

podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de

responsable político de la administración general del país y en función

de lo dispuesto en el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN

NACIONAL.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación

transitoria de personal en cargos de planta permanente y

extraescalafonarios, vacantes y financiados presupuestariamente, en las

Jurisdicciones y unidades organizativas dependientes de la Presidencia

de la Nación, de conformidad con las estructuras organizativas, será

efectuada por el Presidente de la Nación.

Que por la Resolución de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN N° 297/20

se aprobó la estructura organizativa del citado Organismo.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo

vacante y financiado de Secretario General de la SINDICATURA GENERAL DE

LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en la órbita de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones

conferidas por los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,

7° y 10 de la Ley N° 27.701, prorrogada por el Decreto N° 88/23, y 2°

del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase con carácter transitorio, a partir del 1° de

febrero de 2024 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles

contados a partir de la fecha de la presente medida, al doctor Lucas

Alejandro CICCIOLI (D.N.I. N° 34.215.277) en el cargo de Secretario

General de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, organismo

descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,

Nivel B - Grado Inicial del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial

para el Personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, homologado por

el Decreto N° 1714/10.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función

Ejecutiva Gerencia del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y

se efectúa la presente designación transitoria con carácter de

excepción respecto a las disposiciones de los artículos 13 del citado

Convenio y 7° de la Ley N° 27.701, prorrogada por el Decreto N° 88/23.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° del presente

decreto deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de

selección vigentes según lo establecido en los Títulos II, Capítulos

III y VI, y III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el

Personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, homologado por el

Decreto N° 1714/10, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días

hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente

medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la

Jurisdicción 20 - PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Entidad 109 - SINDICATURA

GENERAL DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Nicolás Posse

e. 22/05/2024 N° 31629/24 v. 22/05/2024

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