ACUERDOS

Rango Decreto
Publicación 2022-07-26
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ACUERDOS

Decreto 432/2022

DCTO-2022-432-APN-PTE - Homologación.

Ciudad de Buenos Aires, 25/07/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-51156348-APN-DNRYRT#MT, la Ley Nº

18.753, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la

Administración Pública Nacional Nº 24.185, la Ley Marco de Regulación

de Empleo Público Nacional N° 25.164, el Decreto Nº 447 del 17 de marzo

de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la

Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214 del 27

de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de

Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO

(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008,

sus modificatorios y complementarios y las Actas Acuerdo de fechas 30

de mayo y 1° de junio, ambas de 2022 de la Comisión Negociadora del

citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 24.185 se estableció el régimen aplicable a las

negociaciones colectivas entre la Administración Pública Nacional y sus

empleados y empleadas y se instituyó al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y

SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad Administrativa de Aplicación.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido en el mencionado cuerpo

normativo se constituyó la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo

de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO

PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, en cuyo marco se

celebraron las Actas Acuerdo de fechas 30 de mayo y 1° de junio, ambas

de 2022.

Que conforme lo previsto por el artículo 6° de la Ley N° 24.185,

reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93 y sus normas

complementarias, las partes acordaron por las cláusulas Primera y

Segunda de la referida Acta del 1° de junio de 2022 sustituir, a partir

del 1° de junio de 2022, las escalas de unidades retributivas

establecidas en los artículos 80 y 84 del citado Convenio Colectivo de

Trabajo Sectorial, por las que se incorporan a dichas cláusulas.

Que, adicionalmente, acordaron sustituir el artículo 138 del Convenio

Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del Sistema Nacional de

Empleo Público relacionado al procedimiento de convocatorias y a los

procesos de selección.

Que, por lo demás, acordaron por única vez y hasta el 31 de diciembre

de 2023 requisitos particulares para determinados y determinadas

agentes que se postulen al Régimen de Valoración por Evaluación y

Mérito para la promoción de Nivel para el personal del Sistema Nacional

de Empleo Público aprobado por la Resolución de la SECRETARÍA DE

GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 53

del 22 de marzo de 2022.

Que sobre el control de legalidad cabe puntualizar que el MINISTERIO DE

TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL tomó la intervención prevista en los

artículos 4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la Ley N° 24.185, su Decreto

Reglamentario N° 447/93 y normas complementarias.

Que el Acuerdo cumple con los requisitos del artículo 11 de la referida Ley N° 24.185.

Que se han cumplimentado las intervenciones prescriptas por los

artículos 79, segundo párrafo y 80, inciso b) del Convenio Colectivo de

Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por

el Decreto N° 214/06 y sus modificatorios y los recaudos previstos por

el artículo 2° del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal

del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el

Decreto N° 2098/08.

Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO

ha emitido el correspondiente dictamen sin formular objeción alguna.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE

TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le

compete.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de

los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 14 de la Ley

N° 24.185.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Homológanse las Actas Acuerdo de fechas 30 de mayo y 1°

de junio, ambas de 2022 de la Comisión Negociadora del Convenio

Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE

EMPLEO PÚBLICO (SINEP), que como Anexos IF-2022-56517848-APN-DNRYRT#MT

e IF-2022-56519496-APN-DNRYRT#MT forman parte integrante del presente

decreto.

ARTÍCULO 2°.- Lo dispuesto en las Actas Acuerdo que por el presente se

homologan entrará en vigencia a partir del 1° de junio de 2022,

conforme lo acordado por las partes.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA

SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO para dictar las normas aclaratorias y

complementarias a que diera lugar la aplicación del presente acto.

ARTÍCULO 4º- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Claudio Omar Moroni

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/07/2022 N° 57084/22 v. 26/07/2022

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial)*

ANEXO I

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EX-2022-51156348--APN-DNRYRT#MT

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 30 días del mes de abril de 2022, siendo las 12:30 horas, en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN,

ante el Dr. Agustín CARUGO Director de la DIRECCIÓN DE ANÁLISIS LABORAL

DEL SECTOR PÚBLICO, acompañado por la Dra. Juliana CALIFA Jefa de

Departamento N°1 de Relaciones y Regulaciones del Trabajo y el Dr.

Lisandro AYASTUY Secretario de Conciliación, en el marco de la Comisión

Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el

personal del Sistema Nacional del Empleo Público (SINEP), COMPARECEN:

por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,

la Sra. SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, Dra. Ana G. CASTELLANI,

acompañada por la Lie. Cristina COSAKA y Lie. Mariela LIUNI, el Sr.

SUBSECRETARIO DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA, Lie. Gastón SUÁREZ,

acompañado por el Lie. Marcelo ROMANO y por el MINISTERIO DE ECONOMÍA,

la Sra. SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, Lie: Florencia María JALDA Y

Jorge CARUSO todos ellos por parte del Estado Empleador, y por la Parte

Gremial, en representación de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN),

los Sres. Diego GUTIERREZ, Alejo CONDE, Sra. Alejandra LOPEZ ATIA, y el

Sr. Hugo SPAIRANI en su carácter de asesor, y en representación de la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE) la Sra. Mercedes CABEZAS y los Sres. Rodolfo AGUIAR y Flavio VERGARA, con el asesoramiento de la Dra. Mariana AMARTINO

Declarado abierto el acto por los funcionarios actuantes se cede la palabra a ambas representaciones en conjunto que MANIFIESTAN:

Que en razón de aun nos encontramos manteniendo tratativas solicitamos

a esta Autoridad de Aplicación pasar a un cuarto intermedio para el día

miércoles 1 de junio de 2022.

Asimismo, oído lo cual y atento lo manifestado por las partes, la Autoridad Administrativa, decide pasar a un cuarto intermedio, procediéndose a fijar para las 16:00 horas del día 1 de JUNIO de 2022.

No siendo para más, se da por finalizado el presente acto realizado en

los términos de la Ley N° 24.185, previa lectura y ratificación del

mismo ante los funcionarios actuantes que así lo CERTIFICAN//.

*VALE MAYO

IF-2022-56517848-APN-DNRYRT#MT

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ANEXO II

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EX-2022-51156348--APN-DNRYRT#MT

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al 1 día del mes de JUNIO de

2022, siendo las 16:00 horas, reabierto el acto del día 30 de mayo de

2022 en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN,

ante el Dr. Agustín CARUGO Director de la DIRECCIÓN DE ANÁLISIS LABORAL

DEL SECTOR PÚBLICO, acompañado el Dr. Lisandro AYASTUY Secretario de

Conciliación, en el marco de la Comisión Negociadora del Convenio

Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del Sistema Nacional

del Empleo Público (SINEP), COMPARECEN: por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,

la Sra. SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, Dra. Ana G. CASTELLANI,

acompañada por la Lic. Cristina COSAKA y Lie. Mariela LIUNI, el Sr.

SUBSECRETARIO DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA, Lic. Gastón SUÁREZ, y por

el MINISTERIO DE ECONOMÍA, la

Sra. SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, Lic. Florencia María JALDA y el Sr

Jorge CARUSO, todos ellos por parte del Estado Empleador, y por la

Parte Gremial, en representación de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN),

los Sres. Felipe CARRILLO, Diego GUTIERREZ, y . Alejo CONDE, y la Sra.

Eugenia FERNÁNDEZ y acompañados por el Sr. Hugo SPAIRANI en su carácter

de asesor, y en representación de la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), la Sra. Mercedes CABEZAS y Flavio VERGARA, con el asesoramiento de la Dra. Mariana AMARTINO.

Reabierto el acto por los funcionarios actuantes, se cede la palabra a

la representación del Estado Empleador quien manifiesta que:

PRIMERA:

Sustituir a partir del 01/06/2022, la escala de unidades retributivas

de Asignación Básica de Nivel establecida en el artículo 80 del

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del Sistema

Nacional de Empleo Público homologado por Decreto N° 2.098/08, su

normativa complementaria y modificatoria, por la que queda incorporada

a la presenta cláusula. En consecuencia, se establece que la Asignación

Básica de Nivel Escalafonario se compondrá por el concepto Sueldo y

Dedicación Funcional conforme los porcentajes que surgen de la escala

que por esta cláusula se sustituye.

ASIGNACION BASICA DEL NIVEL ESCALAFONARIO

(Unidades Retributivas)

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SEGUNDA:

Sustituir a partir del 01/06/2022 la escala de unidades retributivas

establecida en el artículo 84 del Convenio Colectivo de Trabajo

Sectorial para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público

homologado por Decreto N° 2.098/08 su normativa complementaria y

modificatoria,(vigente conforme Decreto N° 36/19; Decreto N° 669/20;

Decreto N° 46/21 y Decreto N° 210/22), por la que aquí se detalla

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TERCERA:

Sustituir el artículo 138 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial

para el personal del Sistema Nacional del Empleo Público, por el texto

que se detalla a continuación:

“ARTÍCULO 138.-*De conformidad con lo dispuesto por los artículos 135 y 136 del

presente Convenio, se podrán realizar mediante Convocatoria Interna,

los procesos de selección en la totalidad de las vacantes a asignar por

el Estado Empleador de los cargos pertenecientes al Agrupamiento

Profesional, previa consulta a las entidades sindicales signatarias en

el marco de la Co.P.I.C.”.*

CUARTA:

Por esta única vez y hasta el 31 de diciembre de 2023, el personal

permanente encasillado en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO que

revistara en el Nivel Escalafonario C del Agrupamiento General, que no

reuniera el requisito de título del nivel de educación exigido de

conformidad con el artículo 14 del referido Sectorial podrá postularse

al Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de

Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público aprobado

por la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N°

53/2022, mediante el sistema establecido en la cláusula tercera del

Decreto N° 103/22 al Nivel Escalafonario B del Agrupamiento General,

siempre que la posesión del título del que se trate no sea exigida como

habilitante por la normativa respectiva para cumplir la prestación

laboral del cargo a ocupar.

Cedida la palabra a la representación sindical U.P.C.N., MANIFIESTA: que acepta de manera integral la propuesta del Estado Empleador..............................................

Cedida la palabra a la representación sindical A.T.E., MANIFIESTA: que acepta la propuesta del Estado Empleador..............................................

En este estado, la Autoridad de Aplicación hace saber a las partes que

atento las propuestas efectuadas por el estado Empleador, y conforme lo

manifestado precedentemente por las representaciones, se tiene por

perfeccionado el acuerdo.

No siendo para más, se da por finalizado el presente acto realizado^en

los términos de la Ley N° 24.185, previa lectura y ratificación del

mismo ante los funcionarios actuantes que asi lo CERTIFICAN//.

IF-2022-56519496-APN-DNRYRT#MT

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La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.