MINISTERIO DE MODERNIZACION
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
Decreto 434/2016
Plan de Modernización del Estado. Aprobación.
Bs. As., 01/03/2016
VISTO los Decretos N° 103 de fecha 25 de enero de 2001 y N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que una de las premisas del Gobierno Nacional es lograr la utilización
de los recursos con miras a una mejora sustancial en la calidad de vida
de los ciudadanos focalizando su accionar en la producción de
resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados.
Que, el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, modificó
parcialmente la Ley de Ministerios N° 22.250 (texto ordenado por
Decreto N° 438/92, y sus modificatorias) creando, entre otros, al
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a efectos de impulsar las formas de
gestión que requiere un Estado moderno, el desarrollo de tecnologías
aplicadas a la administración pública central y descentralizada, que
acerquen al ciudadano a la gestión del Gobierno Nacional, así como la
implementación de proyectos que permitan asistir a los gobiernos
provinciales y municipales que lo requieran, así como al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que la mejora de las capacidades del Estado representa una condición
necesaria para el desarrollo económico, productivo y social del país,
reconociendo como principio rector del quehacer del Estado, que el
Sector Público Nacional esté al servicio del ciudadano, en un marco de
confianza mutua.
Que si bien en la actualidad existen esfuerzos e iniciativas puntuales
tendientes a mejorar la gestión pública en términos de calidad y
eficiencia, resulta necesario coordinar las mismas bajo un marco
integral, a efectos de generar la necesaria articulación con el
conjunto de medidas adicionales que se propician, y de esa manera
aprovechar la sinergia resultante de esfuerzos conjuntos. En tal
sentido, el presente Decreto incorpora políticas y programas vigentes y
agrega nuevos instrumentos que complementan las acciones emprendidas.
Que la matriz del Plan de Modernización del Estado se sustenta en ejes
de trabajo para alcanzar un Estado sólido, moderno y eficiente, con
cuerpos técnicos profesionalizados, orientados a una gestión por
resultados, en un marco de plena transparencia de sus acciones y
sujetos a rendición de cuentas de lo actuado, permitiendo así afianzar
la confianza en la relación con la ciudadanía, la protección de sus
derechos, proveyendo bienes y servicios de calidad y promoviendo
eficazmente la iniciativa de las personas sin generar tramitaciones
innecesarias.
Que el Decreto N° 103/01, por el cual se aprobó el Plan Nacional de
Modernización de la Administración Pública Nacional, no contempla los
adelantos tecnológicos producidos en los últimos años, como son el
impacto de las redes sociales, el desarrollo de las aplicaciones
móviles y las políticas de gobierno abierto, por lo que se requiere una
visión superadora que incluya los nuevos elementos tecnológicos
disponibles.
Que asimismo el Plan de Modernización del Estado tiene como objetivo
colaborar con las administraciones públicas provinciales, municipales y
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las cuales podrán adherir al
referido plan en sus respectivas jurisdicciones.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase el Plan de Modernización del Estado que se adjunta como Anexo al presente Decreto.
Art. 2° — El ámbito de aplicación del Plan de Modernización del Estado comprende:
a. La administración central, los organismos descentralizados y las entidades autárquicas.
b. Las empresas y sociedades del Estado.
Art. 3° — Encomíendase a la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la coordinación de la ejecución de
las acciones que deriven del mencionado Plan, fomentando su adhesión
por parte de los gobiernos provinciales, municipales y de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Art. 4° —El MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN posee entre otras, las siguientes atribuciones:
a. Ejecutar todas aquellas acciones necesarias para la efectiva realización del Plan de Modernización del Estado.
b. Elaborar los documentos de detalle de implementación del Plan que
resulten necesarios, incorporando nuevos instrumentos y cronogramas de
ejecución, por sí mismo o a propuesta de las unidades implementadoras.
c. Elaborar y aprobar los manuales de procedimientos y guías
metodológicas para la aplicación de los ejes e instrumentos que
integran el Plan.
d. Asistir técnicamente y brindar asesoramiento a las unidades
responsables de la implementación de las actividades comprendidas en el
Plan.
e. Realizar acciones de difusión y capacitación vinculadas a la implementación del Plan de Modernización de Estado.
f. Difundir los compromisos y resultados de la aplicación del Plan de Modernización del Estado.
g. Asistir técnicamente a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a las
provincias y municipios que así lo requieran, en todo lo concerniente a
la adhesión e implementación de lo dispuesto por el Plan de
Modernización del Estado.
Art. 5° — El MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN podrá convocar a las organizaciones sindicales que
representan a los trabajadores del Estado Nacional y a organizaciones
de la sociedad civil a efectos del análisis de las medidas a
instrumentarse para la implementación y puesta en ejecución del Plan de
Modernización del Estado.
Art. 6° — Los organismos y
entidades comprendidos en el artículo 2° del presente Decreto deberán
presentar al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, en el plazo y condiciones que
este establezca, propuestas, iniciativas o proyectos de modernización
en sus respectivos ámbitos de actuación en base a los principios
rectores establecidos en el artículo 3° y a los ejes e instrumentos
constituidos en el Anexo del presente.
Art. 7° — El MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN, conjuntamente con los organismos y entidades
comprendidas en el artículo 2°, establecerá programas de modernización
específicos a ser implementados en las respectivas dependencias.
Art. 8° — Los sujetos
alcanzados por el Plan de Modernización del Estado mencionados en el
artículo 2° del presente, suministrarán al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
toda aquella información específica que se establezca en cada caso, en
las condiciones y con la periodicidad que se fije en el respectivo
programa.
Art. 9° — La JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS supervisará la implementación del Plan, pudiendo
requerir la información que estime necesaria.
Art. 10. — Invítase a las
provincias, municipios y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a
implementar en sus respectivas jurisdicciones el Plan de Modernización
del Estado que se aprueba por el presente.
Art. 11. — Derógase el Decreto N° 103/01.
Art. 12. — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL del REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Andrés H. Ibarra.
ANEXO
Plan de Modernización del Estado
Presentación
El Plan de Modernización del Estado es el instrumento mediante el cual
se definen los ejes centrales, las prioridades y los fundamentos para
promover las acciones necesarias orientadas a convertir al Estado en el
principal garante del bien común. La modernización del Estado será
abordada a partir de la instrumentación de un conjunto sistemático,
integral y metódico de acciones concretas.
Dicho Plan de Modernización tiene entre sus objetivos constituir una
Administración Pública al servicio del ciudadano en un marco de
eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de servicios, a partir
del diseño de organizaciones flexibles orientadas a la gestión por
resultados. Esto supone promover una gestión ética y transparente,
articulando la acción del sector público con el sector privado y las
organizaciones no gubernamentales. La modernización del Estado es un
proceso continuo en el tiempo que presenta acciones concretas y
específicas que buscan mejorar el funcionamiento de las organizaciones
públicas.
En tal sentido, resulta necesario aumentar la calidad de los servicios
provistos por el Estado incorporando Tecnologías de la Información y de
las Comunicaciones, simplificando procedimientos, propiciando
reingenierías de procesos y ofreciendo al ciudadano la posibilidad de
mejorar el acceso por medios electrónicos a información personalizada,
coherente e integral.
Dentro del citado marco, el Plan está estructurado en 5 ejes:
1. Plan de Tecnología y Gobierno Digital:Se
propone fortalecer e incorporar infraestructura tecnológica y redes con
el fin de facilitar la interacción entre el ciudadano y los diferentes
organismos públicos. Asimismo, se busca avanzar hacia una
administración sin papeles, donde los sistemas de diferentes organismos
interactúen autónomamente.
2. Gestión Integral de los Recursos Humanos:Es
fundamental que la gestión de las personas se acompañe de un proceso de
cambio organizacional que permita avanzar en su jerarquización,
facilitando el aprendizaje y la incorporación de las nuevas tecnologías
y procesos para lograr la profesionalización de los trabajadores de la
administración pública.
3. Gestión por Resultados y Compromisos Públicos:
La institucionalización de procesos que permitan tanto la definición
clara de prioridades para la toma de decisiones, como la evaluación de
los procesos mediante los cuales se plasmarán e implementarán dichas
decisiones y la correspondiente reasignación de recursos, son aspectos
fundamentales en la búsqueda de un Estado socialmente eficiente y
abarcativo. Asimismo, es necesario promover la cultura de la eficiencia
pública, a través de un modelo de gestión que haga énfasis en los
resultados y en la calidad de los servicios, con flexibilidad en la
utilización de los medios; pero estricto en la prosecución de sus
fines, basados en sistemas de rendición de cuentas que aumenten la
transparencia de la gestión.
4. Gobierno Abierto e Innovación Pública:Junto
a la eficiencia de los servicios prestados por el Estado debe
promoverse la más amplia participación posible de la comunidad en la
evaluación y el control de los programas del Estado y de las
instituciones públicas, de manera que se renueve la confianza en el
vínculo entre los intereses del Estado y los intereses de la ciudadanía.
5. Estrategia País Digital:Se
trata de un eje transversal a los cuatro anteriores, orientado a crear
alianzas con las administraciones públicas provinciales, municipales y
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objetivo de fortalecer
los lazos existentes para avanzar dentro de un marco de intercambio y
colaboración mutua, poniendo al servicio del desarrollo conjunto de las
administraciones, las experiencias y prácticas exitosas existentes en
todo el territorio nacional.
Cabe mencionar que los ejes constituyen un sistema ordenador, no
obstante el presente Plan debe entenderse desde su integridad, cada eje
e instrumento impacta en el sistema de gestión en su conjunto y es
influenciado por los demás.
Objetivos
El objetivo general del presente Plan de Modernización del Estado es
alcanzar un Administración Pública al servicio del ciudadano en un
marco de eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de servicios.
Para ello se plantean como objetivos específicos:
Orientar la administración al servicio de los ciudadanos, a través
de una gestión transparente y con canales efectivos de comunicación,
participación y control ciudadano.
Promover y fortalecer el uso de las nuevas Tecnologías de
Información y de las Comunicaciones para responder con mayor celeridad
y efectividad a las demandas de la sociedad.
Mejorar el desempeño de la gestión pública creando estructuras
organizacionales simples y centradas en el servicio al ciudadano, que
internamente se reflejen en la toma de decisiones cotidianas,
articuladas con el planeamiento estratégico, el proceso de programación
presupuestaria, la reingeniería de procesos, el monitoreo de gestión y
la rendición de cuentas por resultados.
Profesionalizar y jerarquizar a los empleados del Estado a través
del reconocimiento de la carrera pública, del mérito y a partir del
fortalecimiento de los sistemas de gestión de personal y de la
ejecución sistemática de actividades de capacitación especificas a la
función y aquellas orientadas a la creatividad e innovación.
Trabajar con las provincias, municipios, la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y otros poderes del Estado en el desarrollo de acuerdos a
efectos de compartir estructuras y servicios que permitan contribuir a
la modernización de las administraciones públicas.
Ejes e instrumentos
Eje 1: Plan de Tecnología y Gobierno Digital.
1. Gestión documental y expediente electrónico.
Objetivo:
Implementar una plataforma horizontal informática de generación de
documentos y expedientes electrónicos, registros y otros contenedores
que sea utilizada por toda la administración a los fines de facilitar
la gestión documental, el acceso y la perdurabilidad de la información,
la reducción de los plazos en las tramitaciones y el seguimiento
público de cada expediente.
Actividades:
Implementar una plataforma de gestión documental de expedientes y
documentos electrónicos, y otros contenedores en todo el sector público.
Implementar una plataforma de tramitación a distancia con el
ciudadano sobre los sistemas de gestión documental y expediente
electrónico.
Implementar acciones para la generación de reportes de datos con el objetivo de contar con información estadística.
2. Desarrollo, mejora continua e integración de sistemas de gestión.
Objetivo:
Incorporar nuevos sistemas y aprovechar iniciativas ya desarrolladas e
implementadas que permitan encontrar soluciones transversales de
administración integradas al Sistema de Gestión Documental y Expediente
Electrónico, procurando cambiar el modelo de desarrollo sectorial,
hacia uno homogéneo y cohesionado.
Actividades:
Dotar al Estado de una infraestructura tecnológica robusta,
escalable, sustentable en el tiempo y eficiente, que tenga en miras
aumentar la productividad, establecer una estrategia común de
implementación de sistemas, evitar diversidad de tecnologías y
proporcionar servicios avanzados de desarrollo.
Definir los estándares tecnológicos para promover la
interoperabilidad e integración de los sistemas de gestión con el fin
de mejorar el control y la eficiencia de los sistemas y evitar que el
ciudadano tenga que aportar información ya obrante en la administración.
Fortalecer el régimen de compras electrónicas e incrementar la información disponible sobre las compras del Estado.
Establecer los marcos normativos y operativos que resulten necesarios para aumentar el nivel de seguridad informática.
Fortalecer las capacidades de prevención, detección y atención de
incidentes informáticos que pudieran afectar los sistemas críticos.
Implementar acciones para la generación de reportes de datos
resultantes de los sistemas transversales de la administración con el
objeto de contar con información estadística de trámites y gestión de
desempeño.
3. Implementación de trámites a distancia y servicios digitales
Objetivo:
Facilitar a los usuarios acceder a la plataforma digital de información
y servicios administrativos, ampliando los medios de vinculación
existentes y facilitando la gestión de trámites a distancia.
Actividades:
Coordinar la administración y creación de canales digitales a través
de redes de telecomunicaciones para facilitar la información, como
aplicaciones móviles, redes sociales, etc.
Desarrollar servicios en línea para los usuarios, más
personalizados, flexibles y trazables, apoyados en criterios de
accesibilidad y usabilidad.
Actualizar y ampliar la Guía de Trámites, a través de la cual los
organismos y entidades de la Administración Público Nacional informan a
los ciudadanos sobre las gestiones vinculadas a los servicios que
tienen encomendados y los derechos que les asisten en relación con
aquellos.
Publicar toda aquella información relevante para los ciudadanos acerca de los servicios que se proveen.
Implementar iniciativas tendientes a alcanzar la consolidación de
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