JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Rango Decreto
Publicación 2016-03-02
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 435/2016

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos - Ejercicio 2016.

Bs. As., 01/03/2016

VISTO el Expediente N° 3812/2016 del Registro de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS, los Decretos Nros. 12 y 13 ambos del 10 de

diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 12 de fecha 10 de diciembre de 2015 se creó

la UNIDAD PLAN BELGRANO en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 diciembre de 2015 se modificó la

Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus

modificatorias).

Que en el artículo 5° del precitado decreto, entre las atribuciones del

Jefe de Gabinete de Ministros, se encuentra la de entender en el

lineamiento de las políticas referentes a la implementación de la

UNIDAD PLAN BELGRANO.

Que por el Decreto N° 27 de fecha 10 de diciembre de 2015 se designó al

Doctor D. José Manuel CANO como titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO.

Que, en esta instancia, corresponde establecer la conformación organizativa de la mencionada unidad y determinar sus funciones.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas

por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y los

artículos 6° y 10 de la Ley N° 27.198.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Modifícase la

distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional -

Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 25 -

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para el Ejercicio 2016, de acuerdo

con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, la

que forma parte integrante del presente decreto.

Art. 2° — Compete a la UNIDAD PLAN BELGRANO creado por el Decreto N° 12 de fecha 10 de diciembre de 2015, las siguientes funciones:

1.

Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el desarrollo y

coordinación de las políticas sociales, productivas y de

infraestructura que reduzcan la desigualdad entre la región Norte

—comprendida por las provincias de Salta, Jujuy, Tucumán, La Rioja,

Catamarca, Misiones, Corrientes, del Chaco, Formosa y Santiago del

Estero— y el resto del país en coordinación con las áreas del Estado

Nacional competentes en la materia.

2.

Efectuar el seguimiento del grado de ejecución de las políticas implementadas en las jurisdicciones competentes involucradas.

3.

Entender en la priorización de los proyectos con financiamiento

externo que se ejecuten en las jurisdicciones competentes involucradas.

Art. 3°— Créanse los cargos

Extraescalafonarios de COORDINADOR DE DESARROLLO HUMANO, de COORDINADOR

DE INFRAESTRUCTURA, de COORDINADOR DE DESARROLLO ECONÓMICO Y EMPLEO y

de COORDINADOR DE RELACIONES INSTITUCIONALES, ADMINISTRACIÓN Y

COMUNICACIÓN todos dependientes de la UNIDAD PLAN BELGRANO de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con rango y jerarquía de

Subsecretario, y cuyas funciones se detallan en la Planilla Anexa al

presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

(Nota Infoleg*: por art. 1° del Decreto 760/2017

B.O. 29/09/2017 se suprime el cargo Extraescalafonario de

Coordinador de Relaciones Institucionales, Administración y

Comunicación, dependiente de la UNIDAD PLAN BELGRANO de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS, con rango y jerarquía de Subsecretario)*

(Nota Infoleg*: por art. 3° del Decreto 760/2017B.O.

29/09/2017 se suprime el cargo Extraescalafonario de Coordinador de

Desarrollo Humano, dependiente de la UNIDAD PLAN BELGRANO de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con rango y jerarquía de

Subsecretario)*

Art. 4° — Créanse los cargos

Extraescalafonarios de SUBCOORDINADOR DEL NOROESTE y de SUBCOORDINADOR

DEL NORESTE ambos dependientes de la UNIDAD PLAN BELGRANO de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con rango de Director Nacional y con

una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva

Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del

Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto

N° 2098/08 y modificatorios, y cuyas funciones se detallan en la

Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante del

presente decreto.

(Nota Infoleg*: por art. 2° del Decreto 760/2017B.O.

29/09/2017 se suprimen los cargos extraescalafonarios de Subcoordinador

del Noroeste y de Subcoordinador del Noreste, dependientes de la UNIDAD

PLAN BELGRANO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS)*

Art. 5° — Incorporanse con

carácter de excepción, los cargos citados en el artículo 3° de la

presente medida, en los artículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso c)

de la Planilla Anexa al artículo 1° de la Decisión Administrativa N°

477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias.

Art. 6° — El gasto que demande

el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los

créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el

corriente ejercicio de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.

Planilla Anexa al Artículo 1°

PRESUPUESTO 2016

RECURSOS HUMANOS

JURISDICCION 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

PROGRAMA: 48 - ACCIONES DE LA UNIDAD PLAN BELGRANO

CARGO O CATEGORIA

CANTIDAD DE CARGOS

PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP)

C

-6

Subtotal

-6

FUNCIONARIOS FUERA DE NIVEL

COORDINADOR DE DESARROLLO HUMANO

+1

COORDINADOR DE INFRAESTRUCTURA

+1

COORDINADOR DE DESARROLLO ECONOMICO Y EMPLEO

+1

COORDINADOR DE RELACIONES INSTITUCIONALES, ADMINISTRACION Y COMUNICACIÓN

+1

SUBCOORDINADOR DEL NOROESTE

+1

SUBCOORDINADOR DEL NORESTE

+1

Subtotal

+6

TOTAL PROGRAMA

0

Planilla Anexa al artículo 3°

UNIDAD PLAN BELGRANO

COORDINADOR DE DESARROLLO HUMANO

FUNCIONES:

1.

Asistir al Titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO, en orden a sus

competencias, en lo concerniente a las políticas necesarias para la

creación de mejores condiciones de vida para los habitantes

comprendidos en el ámbito geográfico en que tiene jurisdicción la

UNIDAD.

2.

Monitorear la aplicación de los programas relacionados con el

desarrollo humano ejecutados en el ámbito geográfico en que tiene

jurisdicción la UNIDAD PLAN BELGRANO y elaborar los informes y

diagnósticos correspondientes, en coordinación con las áreas del Estado

Nacional competentes en la materia.

COORDINADOR DE INFRAESTRUCTURA

FUNCIONES:

1.

Asistir al Titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO, en orden a sus

competencias, en lo concerniente a las políticas de obras públicas,

urbanismo, vivienda y prestación de servicios públicos en el ámbito

geográfico en que tiene jurisdicción la UNIDAD PLAN BELGRANO en

coordinación con las áreas competentes del Estado Nacional.

2.

Asistir al Titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO, en orden a sus

competencias, en todo lo concerniente a la coordinación de políticas de

transporte de pasajeros y de bienes y servicios, por vía terrestre o

ferroviaria; aérea y fluvial en el ámbito geográfico en que tiene

jurisdicción la citada UNIDAD en coordinación con las áreas competentes

del Estado Nacional.

3.

Monitorear la aplicación de los programas relacionados con las

políticas de transporte de pasajeros y de bienes y servicios, por vía

terrestre o ferroviaria; aérea y fluvial, ejecutadas en el ámbito

geográfico en que tiene jurisdicción la UNIDAD PLAN BELGRANO y elaborar

los informes y diagnósticos correspondientes, en coordinación con las

áreas del Estado Nacional competentes en la materia.

COORDINADOR DE DESARROLLO ECONÓMICO Y EMPLEO

FUNCIONES:

1.

Asistir al Titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO, en orden a sus

competencias, en lo concerniente a las políticas necesarias para

promover la modernización y competitividad de la estructura productiva

regional, la iniciativa privada, y la acción eficiente de los mercados,

el desarrollo de la innovación y la consolidación de la inserción

internacional en el ámbito geográfico en que tiene jurisdicción la

citada UNIDAD tendientes a lograr un crecimiento sostenido, sustentable

y con equidad en coordinación con las áreas competentes.

2.

Asistir al Titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO, en orden a sus

competencias, en lo concerniente a las políticas necesarias para

promover un mejor posicionamiento turístico de la región; procurando

mejorar la calidad, diversidad y cantidad de la oferta, en coordinación

con las áreas competentes.

3.

Asistir al Titular de la Unidad Plan Belgrano, en orden a sus

competencias, en lo concerniente a las políticas necesarias para

promover el empleo y mejores condiciones laborales para los habitantes

comprendidos.

4.

Monitorear la aplicación de los programas relacionados con las

políticas anteriormente mencionadas, ejecutadas en el ámbito geográfico

en que tiene jurisdicción la UNIDAD PLAN BELGRANO y elaborar los

informes y diagnósticos correspondientes, en coordinación con las áreas

del Estado Nacional competentes en la materia.

COORDINADOR DE RELACIONES INSTITUCIONALES, ADMINISTRACIÓN Y COMUNICACIÓN

FUNCIONES:

1.

Asistir al Titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO en la coordinación del

desarrollo de las actividades técnicas y administrativas de la UNIDAD

PLAN BELGRANO.

2.

Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa.

3.

Asistir al Titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO en la coordinación

interinstitucional con otros organismos del Estado, poderes y

jurisdicciones para el cumplimiento de sus objetivos.

4.

Asistir en la comunicación de las políticas públicas desarrolladas y

aplicadas en el ámbito geográfico en que tiene jurisdicción la UNIDAD

PLAN BELGRANO.

5.

Desarrollar mecanismos que permitan comunicar los avances de las

metas y los objetivos de la UNIDAD PLAN BELGRANO, en coordinación con

las áreas competentes.

Planilla Anexa al artículo 4°

UNIDAD PLAN BELGRANO

SUBCOORDINADOR DEL NOROESTE

FUNCIONES:

1.

Asistir a los Coordinadores de Desarrollo Humano, de

Infraestructura, de Desarrollo Económico y Empleo y de Relaciones

Institucionales, Administración y Comunicación, en la implementación de

sus respectivas competencias, en el ámbito de las provincias de Jujuy,

Salta, Tucumán, Santiago del Estero, Catamarca y La Rioja.

2.

Intervenir en la comunicación de las políticas públicas aplicadas en el ámbito geográfico de su actuación.

SUBCOORDINADOR DEL NORESTE

FUNCIONES:

1.

Asistir a los Coordinadores de Desarrollo Humano, de

Infraestructura, de Desarrollo Económico y Empleo y de Relaciones

Institucionales, Administración y Comunicación, en la implementación de

sus respectivas competencias, en el ámbito de las provincias de

Formosa, Misiones, del Chaco y Corrientes.

2.

Intervenir en la comunicación de las políticas públicas aplicadas en el ámbito geográfico de su actuación.

CARGO O CATEGORIA CANTIDAD DE CARGOS
PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP)
C -6
Subtotal -6
FUNCIONARIOS FUERA DE NIVEL
COORDINADOR DE DESARROLLO HUMANO +1
COORDINADOR DE INFRAESTRUCTURA +1
COORDINADOR DE DESARROLLO ECONOMICO Y EMPLEO +1
COORDINADOR DE RELACIONES INSTITUCIONALES, ADMINISTRACION Y COMUNICACIÓN +1
SUBCOORDINADOR DEL NOROESTE +1
SUBCOORDINADOR DEL NORESTE +1
Subtotal +6
TOTAL PROGRAMA 0

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