ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
**ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA NACIONAL**
Decreto 45/2023
**DECTO-2023-45-APN-PTE - Estructura
organizativa. Modificación.**
Ciudad de Buenos Aires, 14/12/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-148216275-APN-DNDO#JGM, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de
marzo de 1992) y sus modificatorios y los Decretos Nros. 174 del 2 de
marzo de 2018 y sus modificatorios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y
sus modificatorios, 54 del 20 de diciembre de 2019, 598 del 16 de julio
de 2020, 124 del 21 de febrero de 2021, 480 del 10 de agosto de 2022 y
137 del 13 de marzo de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 8/23 se modificó en último término la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92), estableciendo los
Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la
Nación y se establecieron las Secretarías de Presidencia necesarias
para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.
Que atento las modificaciones introducidas en la Ley de Ministerios
resulta necesario efectuar las correspondientes adecuaciones en la
conformación organizativa, transfiriendo desde la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS la SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA a la
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y la
SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA
al MINISTERIO DE SALUD.
Que, asimismo, resulta oportuno disponer la transferencia del INSTITUTO
NACIONAL DE JUVENTUDES (INJUVE), organismo desconcentrado de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, al MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que, por razones de gestión, procede transferir la OFICINA
ANTICORRUPCIÓN, organismo desconcentrado de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, al MINISTERIO DE JUSTICIA y modificar el rango y jerarquía
asignados a su titular.
Que, en virtud de las atribuciones dispuestas por el citado Decreto N°
8/23, deviene necesario transferir diversos organismos actuantes en la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y en la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que, asimismo, resulta necesario reordenar el Organigrama de
Aplicación, los Objetivos y el ámbito jurisdiccional de actuación de
organismos desconcentrados y descentralizados de las Secretarías
dependientes de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Que se estima conveniente que el SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN NACIONAL
TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS) sea administrado y actualizado por la
SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a cuyo fin resulta
menester la adecuación de los Objetivos del CONSEJO NACIONAL DE
COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
aprobados por el Decreto N° 598/20.
Que por el Decreto N° 124/21 se creó el CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL como
un órgano colegiado y de participación ciudadana para el debate y la
búsqueda de consensos sobre prioridades estratégicas para el desarrollo
del país que serán definidas y sometidas a su consideración por el
Presidente de la Nación, cumpliendo funciones en el ámbito de la
ex-SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,
procediendo en esta instancia a establecer su funcionamiento en la
SECRETARÍA DE ESTRATEGIA NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Transfiérese la SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN
PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la SECRETARÍA DE
COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con excepción de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE PRENSA y la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL y sus unidades dependientes.
ARTÍCULO 2°.- Transfiérese la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE
DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
al MINISTERIO DE SALUD.
ARTÍCULO 3º.- Sustitúyese el artículo 8° del Decreto N° 174 del 2 de
marzo de 2018 por el siguiente:
“ARTÍCULO 8°. - Créase en el ámbito del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO,
como organismo desconcentrado, el INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES
(INJUVE), cuyos objetivos serán:
Entender en el diseño e implementación de políticas destinadas a
jóvenes.
Presidir el funcionamiento del Consejo Federal de la Juventud
conforme la Ley N° 26.227.
Fomentar en los jóvenes la participación comunitaria, el compromiso
público y valores como la solidaridad, la equidad, la memoria, la
responsabilidad y la identidad nacional.
Fortalecer el reconocimiento de los jóvenes en la sociedad como
sujetos activos de derechos.
Articular la intervención de los organismos gubernamentales
competentes en toda materia que se vincule a problemáticas relacionadas
con la juventud, comprendiendo aspectos como la capacitación en oficios
y primer empleo, terminalidad educativa, políticas culturales,
artísticas, iniciativas deportivas, turismo, prevención de adicciones,
situación de calle, salud reproductiva, participación ciudadana,
violencia institucional o escolar, entre otras.
Diseñar e impulsar acciones tendientes a incentivar la participación
de la juventud en el abordaje de las distintas problemáticas de la
población, en forma complementaria con las políticas estatales.
Impulsar la creación de centros juveniles atendiendo a las
necesidades territoriales y locales de la juventud.
Promover la institucionalización y articulación de los espacios de
juventud en todas las jurisdicciones del territorio nacional.
Entender en materia de subsidios y becas vinculados a las
problemáticas relacionadas con la juventud”.
ARTÍCULO 4º.- Transfiérese el INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES
(INJUVE), organismo desconcentrado de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, a la órbita del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
ARTÍCULO 5°. - Sustitúyese el artículo 1° del Decreto N° 54 del 20 de
diciembre de 2019 por el siguiente:
“ARTÍCULO 1°.- Dispónese que la OFICINA ANTICORRUPCIÓN, creada por el
artículo 13 de la Ley N° 25.233, tendrá carácter de organismo
desconcentrado del MINISTERIO DE JUSTICIA”.
ARTÍCULO 6°.- Sustitúyese el artículo 2° del Decreto N° 54 del 20 de
diciembre de 2019 por el siguiente:
“ARTÍCULO 2°.- El Titular de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN tendrá rango y
jerarquía de Secretario y dependerá funcionalmente del MINISTERIO DE
JUSTICIA. Gozará de independencia técnica y cumplirá las funciones que
le competen sin recibir instrucciones del Ministro de Justicia ni de
ninguna otra autoridad superior del PODER EJECUTIVO NACIONAL”.
ARTÍCULO 7º.- Transfiérese la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD,
organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA
GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a la órbita de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 8º.- Transfiérese el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y
ECONOMÍA SOCIAL (INAES), organismo descentralizado actuante en el
ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la órbita del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
ARTÍCULO 9º.- Transfiérese el INSTITUTO NACIONAL DE LA AGRICULTURA
FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA, organismo descentralizado actuante en
el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la órbita del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
ARTÍCULO 10.- Establécese que las Unidades de Gabinete de Asesores
tendrán rango y jerarquía de Subsecretaría.
ARTÍCULO 11.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado I, SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por el siguiente:
“I.- SECRETARÍA GENERAL
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS
- SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN GENERAL
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
CASA MILITAR”.
ARTÍCULO 12.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado II, SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por el siguiente:
“II.- SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES
- SUBSECRETARÍA TÉCNICA
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES”.
ARTÍCULO 13.- Suprímese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado III, SECRETARÍA DE ASUNTOS
ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 14.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y
PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por el siguiente:
“IV.- SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA
- SUBSECRETARÍA DE PRENSA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA
- SUBSECRETARÍA DE CONTENIDOS DE DIFUSIÓN
- SUBSECRETARÍA DE VOCERÍA PRESIDENCIAL”.
ARTÍCULO 15.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, por el siguiente:
“V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA LEGAL
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA
- SUBSECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN Y REFORMA DEL ESTADO
- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO
SECRETARÍA EJECUTIVA DE GOBIERNO
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE GABINETE
- SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERINSTITUCIONAL
- SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA
SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y CON LA SOCIEDAD CIVIL
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PARLAMENTARIOS
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
- SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
- OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES
SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN DEL ESTADO
- SUBSECRETARÍA DE DESREGULACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE CALIDAD REGULATORIA
SECRETARÍA DE EMPRESAS Y SOCIEDADES DEL ESTADO
- SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN SOCIETARIA
- SUBSECRETARÍA DE APOYO LEGAL SOCIETARIO
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE GESTIÓN Y COORDINACIÓN GENERAL
SECRETARÍA DE ESTRATEGIA NACIONAL”.
ARTÍCULO 16.- Suprímese del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el Apartado III, SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 17.- Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por el obrante en la PLANILLA ANEXA
(IF-2023-148459005-APN-DNDO#JGM) al presente artículo, que forma parte
integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 18.- Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, por
el obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2023-148469602-APN-DNDO#JGM) al
presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 19.- Sustitúyese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en
los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, la parte correspondiente a la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN, conforme el siguiente detalle:
“PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Organismos Desconcentrados
CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES
Organismos Descentralizados
SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN
AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA (AFI)”.
ARTÍCULO 20.- Sustitúyese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en
los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado I, SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por el siguiente:
“I - SECRETARÍA GENERAL
Organismos Desconcentrados
CASA PATRIA GRANDE “PRESIDENTE NÉSTOR CARLOS KIRCHNER”
Organismos Descentralizados
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE MUSEOS Y ARCHIVOS PRESIDENCIALES
AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR”.
ARTÍCULO 21.- Incorpórase al Anexo III - Ámbitos jurisdiccionales en
los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y
PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme al siguiente detalle:
“IV - SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA
Empresas y Entes del Sector Público Nacional
RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO
TÉLAM SOCIEDAD DEL ESTADO
CONTENIDOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO”.
ARTÍCULO 22.- Sustitúyese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en
los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, por el siguiente:
“V - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Organismos Descentralizados
AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (AAIP)
AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE)
AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD (ANDIS)
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET)
AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO
TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN (ANPIDTI)
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM)
BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG)
COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE)
Empresas y Entes del Sector Público Nacional
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
VEHÍCULO ESPACIAL DE NUEVA GENERACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA
SECRETARÍA DE EMPRESAS Y SOCIEDADES DEL ESTADO
CORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO SOCIEDAD ANÓNIMA”.
ARTÍCULO 23.- Sustitúyese el Objetivo 4 de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN TÉCNICA Y ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN del CONSEJO NACIONAL
DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES, aprobado por el Anexo II del
artículo 4° del Decreto N° 598 del 16 de julio de 2020, por el
siguiente:
“4. Coordinar la gestión del SISTEMA DE INFORMACIÓN SOCIAL (SISFAM)”.
ARTÍCULO 24.- Transfiérese la DIRECCIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE
IDENTIFICACIÓN NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN TÉCNICA Y ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN del CONSEJO NACIONAL
DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES a la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN
de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 25.- Establécese que el CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL creado por
el Decreto N° 124 del 21 de febrero de 2021 funcionará en el ámbito de
la SECRETARÍA DE ESTRATEGIA NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
ARTÍCULO 26.- Suprímese el cargo extraescalafonario de Coordinador o
Coordinadora de Seguimiento y Asistencia de Entes Descentralizados,
Empresas y Sociedades del Estado, creado por el artículo 18 del Decreto
N° 480 del 10 de agosto de 2022 con dependencia de la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
ARTÍCULO 27.- Suprímese el cargo extraescalafonario de Jefe/a de la
Unidad de Coordinación Ejecutiva de la SECRETARÍA DE GABINETE de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, creado por el artículo 2° del
Decreto N° 137 del 13 de marzo de 2023.
ARTÍCULO 28.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales
existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente
mantendrán las acciones, dotaciones y personal con sus respectivos
niveles, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 29.- Las transferencias que se disponen por los artículos 1°,
2°, 4°, 7°, 8°, 9° y 24 de la presente medida comprenden las unidades
organizativas, como así también los créditos presupuestarios, bienes y
dotaciones vigentes a la fecha y el personal con sus respectivos cargos
y niveles escalafonarios, situación de revista y suplementos vigentes a
la fecha.
ARTÍCULO 30.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias
correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas
por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos
presupuestarios previstos en las Jurisdicciones y Entidades de origen.
ARTÍCULO 31.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Nicolás Posse
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 15/12/2023 N° 102917/23 v. 15/12/2023
(*Nota
Infoleg:**
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)*
**PLANILLA
ANEXA AL ARTÍCULO 17**
(ANEXO II)
**IV.- SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y
PRENSA**
OBJETIVOS
Intervenir en la formulación, ejecución y supervisión de la política
de comunicación pública del ESTADO NACIONAL.
Entender en la comunicación y difusión de las actividades del Sector
Público Nacional y de los actos del ESTADO NACIONAL y en su relación
institucional con los medios de comunicación.
Coordinar el diseño, la planificación, la implementación y el
seguimiento de las campañas de comunicación del ESTADO NACIONAL y de la
producción de sus contenidos.
Desarrollar la imagen institucional del ESTADO NACIONAL.
Entender en la planificación, ejecución y supervisión de la política
de prensa y comunicación presidencial.
Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la elaboración de los
mensajes, discursos y declaraciones públicas, cuando se lo requiera.
Entender en el diseño y la elaboración de contenidos de las redes
sociales del Presidente de la Nación.
Supervisar las tareas de vocería presidencial, comunicando las
decisiones adoptadas por el Presidente de la Nación.
Entender, desde el aspecto comunicacional, en la confección y
seguimiento de la agenda presidencial y las actividades que requieren
la presencia del Presidente de la Nación, coordinando con los
Ministerios y demás organismos que conforman el Sector Público Nacional
y organismos vinculados con la Sociedad Civil, para su difusión.
Entender en la relación con los medios de comunicación nacionales e
internacionales.
Entender en la información que se brinda sobre la gestión de
gobierno a los medios de comunicación, nacionales, provinciales, de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales e internacionales.
Participar en la obtención, análisis y sistematización de la
información de las acciones de gobierno.
Entender en la producción, realización y emisión de Cadenas
Nacionales y transmisiones de actos oficiales de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN.
Entender, en coordinación con las áreas con competencia en la
materia, en lo relativo a las transmisiones presidenciales, incluyendo
las tareas de producción, edición y fotografía.
Supervisar la elaboración de la síntesis de prensa para la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Coordinar la realización de mediciones, estudios e investigaciones
y el desarrollo e implementación de herramientas para la evaluación de
la ejecución de las políticas de prensa y de comunicación de la
actividad presidencial y del ESTADO NACIONAL.
Intervenir en tareas vinculadas con el manejo de los diferentes
tipos de lenguaje y aspectos lingüísticos requeridos en la comunicación
de la gestión del ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Efectuar la planificación, coordinación y ejecución de la
publicidad oficial de gestión centralizada, y coordinar y ejecutar la
publicidad oficial de gestión descentralizada.
Entender en acciones de vinculación del ESTADO NACIONAL con la
ciudadanía, en el ámbito de su competencia.
Fortalecer la libertad de expresión y la pluralidad cultural e
informativa.
Participar en el cumplimiento de los objetivos de comunicación
institucional en redes según plataforma y medios.
Entender en la formulación, ejecución y control de las políticas de
comunicación social y de medios de comunicación social, en particular a
la difusión de opciones educativas.
Administrar y controlar los medios de difusión que se encuentran en
el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL y aquellas empresas del sector
en las que la Jurisdicción sea accionista.
Entender en el lineamiento de las políticas referentes a Medios
Públicos Nacionales y su instrumentación.
Intervenir de conformidad con las pautas y lineamientos impartidos
por el Jefe de Gabinete de Ministros, en la administración y
funcionamiento de RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA S.E., integrada por LS82
Canal 7, LRA Radio Nacional y Radiodifusión Argentina al Exterior (RAE).
Intervenir, de conformidad con las pautas y lineamientos impartidos
por el Jefe de Gabinete de Ministros, en la administración y el
funcionamiento de TELAM S.E. y de CONTENIDOS PÚBLICOS S.E., así como en
la operación, desarrollo y explotación del contenido y funcionamiento
del Polo de Producción Audiovisual y de las señales integrantes de
dicha sociedad.
Entender en la participación del ESTADO NACIONAL en TELESUR, de
conformidad con las pautas y lineamientos impartidos por el Jefe de
Gabinete de Ministros.
Ejercer la presidencia del CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA ARGENTINO DE
TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE, pudiendo delegar dicha función en un
funcionario de la Secretaría con rango no inferior a Subsecretario.
Entender en la administración, operación y desarrollo del Banco
Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA), sus señales,
medios relacionales y conexos.
Coordinar mecanismos para el seguimiento y la circulación de la
información de gestión de los organismos y las acciones de gobierno.
Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la administración de
los activos digitales del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Entender en la aplicación de los tratados y convenios nacionales e
internacionales, leyes y reglamentos generales relativos a la materia
de su competencia.
Intervenir en la planificación y elaboración de contenidos
gráficos, audiovisuales y digitales del ESTADO NACIONAL, impulsando el
uso de herramientas tecnológicas en su producción.
Intervenir en lo inherente a las expresiones tecnológicas,
artísticas, educativas, culturales, informativas y formativas y
aquellas vinculadas a la divulgación del conocimiento que el ESTADO
NACIONAL propicie difundir a través de medios audiovisuales, redes
digitales, parques temáticos y otros.
Entender en el desarrollo de estudios, diagnósticos e informes que
permitan realizar análisis para fortalecer el diseño, implementación y
evaluaciones de impacto de las políticas de comunicación pública a
nivel nacional.
Intervenir en la definición de la estrategia de comunicación y de
contenidos realizada por canales y plataformas de comunicación directa
del ESTADO NACIONAL con los ciudadanos: "Mi Argentina”,
"argentina.gob.ar” TINA, etc., en coordinación con las áreas de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con competencia específica en la
materia.
Coordinar con TELAM S.E. todo lo atinente al proceso de publicidad
oficial.
Entender en la gestión económico-financiera, patrimonial, contable,
de sistemas y en la administración de los recursos humanos de la
Secretaría.
Entender en la instrucción de los sumarios administrativos de la
Secretaría.
Coordinar el servicio jurídico en el ámbito de su competencia.
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA
SUBSECRETARÍA DE PRENSA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
OBJETIVOS
Asistir a la Secretaría en la planificación, ejecución y supervisión
de la política de prensa y comunicación presidencial, así como en la
elaboración de contenidos relativos a la actividad presidencial.
Intervenir en la planificación y diseño de la información sobre la
gestión de gobierno destinada a los medios de comunicación, nacionales,
provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales e
internacionales.
Intervenir en la producción, realización y emisión de Cadenas
Nacionales y transmisiones de actos oficiales de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN.
Asistir a la Secretaría, en la confección y seguimiento de la agenda
presidencial y las actividades que requieran la presencia del
Presidente de la Nación.
Supervisar la elaboración de la información que se brinda sobre la
gestión de gobierno a los medios de comunicación, nacionales,
provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales e
internacionales.
Elaborar la Síntesis de Prensa para el área de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN.
Coordinar y articular las vocerías del ESTADO NACIONAL.
Planificar y organizar la cobertura institucional de los actos de
gobierno tanto audiovisual, gráfica, fotográfica como digital.
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA
SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA
OBJETIVOS
Asistir a la Secretaría en todo lo relativo a la organización y
difusión de las actividades del Sector Público Nacional y de los actos
del ESTADO NACIONAL.
Asistir a la Secretaría en la comunicación del ESTADO NACIONAL con
los medios de comunicación, nacionales y provinciales.
Asistir a la Secretaría en la planificación, contratación y
ejecución de la publicidad oficial de gestión centralizada y la
coordinación y ejecución de la publicidad oficial de gestión
descentralizada.
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA
SUBSECRETARÍA DE CONTENIDOS DE DIFUSIÓN
OBJETIVOS
Asistir a la Secretaría en la ejecución y supervisión de la política
y los contenidos de la comunicación pública.
Asistir a la Secretaría en los temas relacionados con la información
pública del Gobierno Nacional.
Asistir a la Secretaría en la definición de los lineamientos, en
temas vinculados con la información de gobierno, para asesorar a los
titulares de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración
Pública Nacional.
Asistir a la Secretaría en lo relativo a la planificación y
proyección de opinión pública y pedidos de información de gestión.
Asistir a la Secretaría en el diseño, la supervisión y el
seguimiento de la producción de contenidos de comunicación del ESTADO
NACIONAL.
Asistir a la Secretaría en las relaciones institucionales con
organismos privados, estatales o de la sociedad civil que requieran
información sobre los objetivos gubernamentales.
Intervenir en la difusión de los objetivos de gestión del ESTADO
NACIONAL a fin de proyectar la imagen del país en el ámbito interno y
externo.
Intervenir en la estrategia, planificación, elaboración y difusión
de mensajes por canales de comunicación directa con los ciudadanos.
Asistir a la Secretaría en la definición de la estrategia de
comunicación y de contenidos realizada por canales y plataformas de
comunicación directa del ESTADO NACIONAL con los ciudadanos: "Mi
Argentina”, "argentina.gob.ar” TINA, etc., en coordinación con las
áreas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con competencia
específica en la materia.
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA
SUBSECRETARÍA DE VOCERÍA PRESIDENCIAL
OBJETIVOS
Ejercer la vocería de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, comunicando las
medidas de gobierno.
Efectuar las tareas de divulgación de la agenda presidencial a los
medios de comunicación nacionales e internacionales.
Intervenir en la planificación de la comunicación digital de la
actividad presidencial.
Desarrollar las actividades relacionadas con la producción, la
difusión de actos y otros eventos que requieren la presencia del
Presidente de la Nación, en coordinación con las demás dependencias de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Intervenir en la elaboración de contenidos y de la imagen
institucional de los portales de Internet y otros canales de
comunicación digital del Presidente de la Nación, en coordinación con
las áreas de la Secretaría con competencia en la materia.
Recopilar y sistematizar información vinculada a las actividades
presidenciales para su divulgación en las plataformas digitales de la
Casa Rosada.
Colaborar en la comunicación de las actividades del Sector Público
Nacional y de los actos del ESTADO NACIONAL.
Asistir a la Secretaría en la elaboración de contenidos de las redes
sociales del Presidente de la Nación, en coordinación con las áreas con
competencia en la materia.
Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la elaboración de los
mensajes, discursos y declaraciones públicas cuando se lo requiera.
Elaborar y elevar a la superioridad informes sobre el impacto de
los actos presidenciales en los medios nacionales e internacionales.
IF-2023-148459005-APN-DNDO#JGM
[IMG]
**PLANILLA
ANEXA AL ARTÍCULO 18**
(ANEXO II)
V. - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
Entender en el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico
y administrativo de los distintos Servicios Administrativos Financieros
de la Jurisdicción.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el diseño del
anteproyecto de presupuesto de la Jurisdicción y en la evaluación de su
cumplimiento.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la realización de los
trámites administrativos relacionados con la gestión de los recursos
humanos y la obtención de materiales, equipamientos tecnológicos y de
todo otro insumo necesario para las unidades ejecutoras de las
distintas categorías programáticas de los distintos Servicios
Administrativos Financieros de la Jurisdicción.
Supervisar y coordinar las acciones que hacen al desarrollo de las
tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros,
contables, patrimoniales, de sistemas informáticos y de control de
gestión de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la
Jurisdicción.
Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos y
en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios de
la Jurisdicción.
Entender la gestión documental de la Jurisdicción y en el
seguimiento y archivo de todos los actos administrativos dictados por
el Jefe de Gabinete de Ministros y por los titulares de las distintas
dependencias de la Jurisdicción, como así también de toda la
documentación administrativa vinculada con la actividad sustantiva de
la misma.
Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo de la Jurisdicción.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en materia de comunicación,
prensa, relaciones institucionales, ceremonial y protocolo.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA LEGAL
OBJETIVOS
Coordinar el servicio jurídico permanente de la Jurisdicción e
intervenir en los proyectos de actos administrativos vinculados con las
actividades sustantivas de las áreas de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Dirigir la representación del ESTADO NACIONAL en los procesos
judiciales en los que deba intervenir la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Coordinar con las áreas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con
competencia en la materia el análisis jurídico de los proyectos
normativos por ellas elaborados, con carácter previo a su dictado.
Supervisar las actuaciones en las que se substancien recursos
administrativos contra actos emanados de la Jurisdicción.
Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia
de proyectos de leyes y actos administrativos.
Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de
los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico
relativos a su competencia.
Coordinar el asesoramiento legal que brinde la Secretaría en todas
aquellas materias que sean competencia de la Jurisdicción.
Intervenir en la tramitación de los sumarios
administrativo-disciplinarios que se instruyan en la Jurisdicción.
Asistir a la Secretaría en la gestión documental de la Jurisdicción
y en el seguimiento y archivo de todos los actos administrativos
dictados por el Jefe de Gabinete de Ministros y por los titulares de
las distintas dependencias de la Jurisdicción, como así también de toda
la documentación administrativa vinculada con la actividad sustantiva
de la misma.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
Dirigir el diseño e implementación de políticas administrativas,
presupuestarias y financieras de los distintos Servicios
Administrativos Financieros de la Jurisdicción.
Asistir a la Secretaría en la aplicación de la política de recursos
humanos, organización y sistemas administrativos de la Jurisdicción.
Intervenir en el diseño e implementación de las políticas
presupuestarias y financieras de la Jurisdicción.
Intervenir en el diseño, formulación, coordinación de la ejecución,
modificación y evaluación del cumplimiento del presupuesto de la
Jurisdicción.
Asistir en la ejecución de las acciones necesarias para las
contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios y
demás adquisiciones destinadas a la Jurisdicción.
Dirigir, en el ámbito de su competencia, el desarrollo,
implementación y mantenimiento de los sistemas informáticos y de
comunicaciones y sus condiciones de seguridad.
Supervisar la gestión patrimonial, mantenimiento edilicio,
administración de bienes muebles e inmuebles y servicios de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS.
Asistir a la Secretaría en la coordinación, monitoreo y supervisión
de las acciones que hacen al desarrollo de las tareas relacionadas con
los aspectos económicos, financieros, contables, patrimoniales, de
sistemas informáticos y de control de gestión de la Jurisdicción.
Coordinar la comunicación, prensa, relaciones institucionales,
ceremonial y protocolo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA
OBJETIVOS
Entender en el diseño de políticas que promuevan el
perfeccionamiento de la organización y el funcionamiento de la
Administración Pública Nacional, con el objetivo de reducir el gasto
público y propender a una administración pública moderna y eficiente.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros con la transformación del
Estado en los niveles nacional, provincial y municipal con vistas al
desarrollo económico y social, el mejoramiento integral de las
respectivas organizaciones administrativas y asesorar en relación a la
determinación de las prioridades correspondientes.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la transformación,
modernización y desarrollo de la política de gestión del empleo público
tendiendo a la optimización y fortalecimiento de los recursos humanos
de la Administración.
Asistir a las distintas jurisdicciones y entidades de la
Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada en el
diseño, implementación y evaluación de medidas encaminadas a mejorar la
calidad y eficiencia de la gestión pública.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el análisis y propuesta
del diseño de la estructura de la Administración Pública Nacional
centralizada y descentralizada.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la implementación de las
políticas relativas a la mejora estratégica de los recursos humanos y
su capacitación, la política salarial del sector público, la promoción
y el desarrollo de carrera de los agentes de la Administración Pública
Nacional y en la propuesta de las normas reglamentarias en la materia.
Entender en la formulación de políticas nacionales en materia de
recursos humanos, gestión del empleo público, evaluaciones de desempeño
y compensaciones, en el ámbito de su competencia.
Integrar las Comisiones Negociadoras que se constituyan en el marco
de la Ley N° 14.250 y sus modificatorias en las que intervengan
organismos descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las
instituciones de seguridad social y entes estatales, empresas y
Sociedades del Estado, como parte del sector empleador.
Asesorar y/o intervenir frente a requerimientos, consultas o
presentaciones efectuadas por parte de entidades gremiales,
estableciendo un criterio uniforme para toda la Administración Pública
Nacional.
Representar al ESTADO NACIONAL en las negociaciones colectivas en
las cuales el mismo sea parte, en coordinación con las demás
Jurisdicciones y Entidades competentes.
Ejercer la representación del Estado empleador en el Consejo de
Administración del Fondo Permanente de Capacitación y Recalificación
Laboral (FOPECAP) y asistir técnicamente en la formulación y evaluación
de los programas académicos a financiar por el referido Fondo.
Entender en la interpretación de la normativa de empleo público y
relaciones laborales de empleo público, en el ámbito de su competencia.
Entender en la sistematización de los procesos de administración de
los recursos humanos de la Administración Pública Nacional: liquidación
de salarios, justificación de inasistencias, otorgamiento y
convalidación de licencias y protección de la salud en el trabajo, en
coordinación con la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA, Y TECNOLOGÍA.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la temática de gestión
y empleo público concerniente al Consejo Federal de la Función Pública
(COFEFUP).
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el diseño, desarrollo e
implementación de políticas públicas de fortalecimiento institucional y
en la promoción de políticas de integridad en la función pública, en
coordinación con los organismos del ESTADO NACIONAL con competencias en
la materia.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el diseño, desarrollo e
implementación de las políticas de capacitación y carrera
administrativa para el personal de la Administración Pública Nacional.
Entender en la elaboración de planes y programas tendientes a la
vinculación y la cooperación técnico-académica en el ámbito de su
competencia, con universidades nacionales e internacionales, Entidades
y/o centros académicos, de formación y/o investigación, organismos
internacionales y organizaciones de la sociedad civil.
Entender en la conducción del Cuerpo de Administradores
Gubernamentales.
SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA
SUBSECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN Y REFORMA DEL ESTADO
OBJETIVOS
Asistir a la Secretaría en el diseño de políticas que promuevan el
perfeccionamiento de la organización y el funcionamiento general de la
Administración Pública Nacional.
Intervenir en el diseño y elaboración de estándares para la medición
y monitoreo de la gestión pública, en coordinación con las áreas con
competencia de la Jurisdicción.
Proponer el dictado de actos administrativos que propicien la
simplificación y transparencia de los procedimientos administrativos,
articulando acciones con las áreas con competencia especifica de la
Jurisdicción.
Colaborar, en el ámbito de su competencia, en lo concerniente al
Consejo Federal de la Función Pública (COFEFUP).
Proponer lineamientos relacionados con el fortalecimiento
institucional y la promoción de políticas de integridad en la función
pública, en coordinación con las áreas con competencia del ESTADO
NACIONAL.
Desarrollar y administrar instrumentos de seguimiento y análisis
referidos a las políticas públicas de integridad y fortalecimiento
institucional en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en
coordinación con las áreas con competencia del ESTADO NACIONAL.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la evaluación de la
información originada en las Jurisdicciones cuyas competencias se
encuentran vinculadas con los sistemas de control del Sector Público
Nacional, las políticas públicas de integridad y fortalecimiento
institucional del ESTADO NACIONAL, con el fin de obtener coherencia en
el accionar de la administración e incrementar su eficacia.
Entender en la coordinación del SISTEMA DE INFORMACIÓN MAPA DE LA
ACCIÓN ESTATAL, creado por la Decisión Administrativa N° 1926/20.
Establecer pautas y criterios metodológicos para la implementación
de un modelo de gestión por resultados en los organismos de la
Administración Pública Nacional.
Diseñar programas de desarrollo y fortalecimiento de la cultura
organizacional en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración
Pública Nacional.
SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO
OBJETIVOS
Asistir a la Secretaría en la planificación y formulación de
políticas nacionales en materia de recursos humanos y gestión de la
política salarial.
Promover la realización de programas dirigidos al desarrollo y
modernización de la gestión del empleo público en los organismos del
Sector Público Nacional, brindando asistencia técnica en la materia.
Implementar las políticas de evaluación de desempeño de los recursos
humanos del Estado, y controlar la correcta ejecución de las políticas
de selección y reclutamiento de personal.
Supervisar el análisis de la información vinculada a la evolución
del empleo público, el diseño y la administración de la política
salarial del personal de la Administración Pública Nacional.
Asistir en la sistematización de los procesos de administración de
los recursos humanos tales como, liquidación de salarios, justificación
de inasistencias, otorgamiento y convalidación de licencias y
protección de la salud en el trabajo.
Colaborar con los gobiernos provinciales, municipales y de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en el desarrollo de capacidades de gestión de
empleo público.
Entender en la sistematización de las normas, doctrina y criterios
jurisprudenciales relativos a la gestión de las relaciones laborales en
el ámbito del Sector Público Nacional.
Asistir a la Secretaría en la interpretación y el control en la
aplicación de la normativa que rige las relaciones laborales de empleo
público, realizando estudios y propuestas normativas, proponiendo
acciones para revisar y consolidar la legislación referida.
Coordinar la implementación de mecanismos de interacción con las
áreas vinculadas a la gestión de las relaciones laborales y de recursos
humanos del Sector Público Nacional.
Asistir a la Secretaría en las Comisiones Negociadoras que se
constituyan en el marco de la Ley N° 14.250 y sus modificatorias, en
las que intervengan organismos descentralizados, comprendiendo en estos
últimos a las instituciones de seguridad social y entes estatales o
empresas y Sociedades del Estado, como parte del sector empleador.
Intervenir en el análisis, aprobación y aplicación de las medidas
relativas a la política salarial de la Administración Pública Nacional
y de los sistemas de incentivos del empleo público.
Ejercer las funciones fijadas por la Ley N° 20.173 y sus normas
modificatorias.
Intervenir en el diseño y planificación de las políticas para la
capacitación permanente del personal del Sector Público Nacional y
supervisar su correcta ejecución.
Asistir a la Secretaría en la formulación del Plan Federal de
Formación y Capacitación en Gestión Pública, y monitorear su
implementación.
Supervisar los planes de capacitación y de formación propuestos por
los Ministerios y organismos descentralizados, así como determinar los
créditos aplicables a cada actividad de capacitación, de conformidad
con las políticas vigentes en la materia.
Entender en la ejecución de la política de capacitación y formación
para el personal de las distintas Jurisdicciones y Entidades del Sector
Público Nacional, estableciendo pautas metodológicas y didácticas, y
brindar asistencia técnica a requerimiento de los gobiernos
provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en el
ámbito de su competencia.
Supervisar la operación y funcionamiento del Sistema Nacional de
Capacitación, estableciendo normas de calidad de las acciones de
formación, evaluando su impacto en el desempeño del personal y en las
unidades organizativas en las que trabajen, en cumplimiento de los
objetivos y metas de las distintas Jurisdicciones y Entidades.
Entender en el diseño y ejecución de programas de capacitación y de
formación destinados a los funcionarios de nivel gerencial, en el
ámbito de su competencia.
Entender en la acreditación, supervisión y evaluación de los
planes, programas y acciones de formación y capacitación del Sector
Público Nacional, en línea con la carrera administrativa.
Administrar los datos del registro de prestadores de servicios
formativos.
Asistir técnicamente en la elaboración y/o desarrollo de programas
de capacitación específicos e investigación a requerimiento de los
gobiernos provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA EJECUTIVA DE GOBIERNO
OBJETIVOS
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en todas las cuestiones
vinculadas a los aspectos logísticos y administrativos propios del
desarrollo de sus funciones institucionales.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la resolución de los
temas que le indique el PODER EJECUTIVO NACIONAL y en los propios del
ámbito de competencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros en la elaboración de los
planes y programas de las áreas bajo su responsabilidad directa y en la
coordinación de los correspondientes a las jurisdicciones y los
organismos descentralizados actuantes en sus órbitas, así como en la
supervisión de su ejecución.
Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a
dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por el
Jefe de Gabinete de Ministros.
Coordinar el Gabinete de Asesores del Jefe de Gabinete de Ministros.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el diseño y coordinación
de políticas públicas de la Administración vinculadas con el
cumplimiento de los objetivos de gobierno.
Entender, en la coordinación de vinculación institucional con
organismos y autoridades del ámbito nacional, provincial, de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y/o municipal, así como con distintos sectores
del ámbito público y privado.
Entender en la recopilación, análisis y sistematización de
información de interés para el Jefe de Gabinete de Ministros, así como
intervenir en su direccionamiento a los Ministerios y sus organismos
dependientes.
Organizar la convocatoria y preparar las reuniones del Gabinete de
Ministros.
Coordinar, con las áreas de gobierno correspondientes, la
producción de información estratégica relativa a la gestión
gubernamental como insumo para la toma de decisiones.
Intervenir en el diseño de estrategias de gobierno, coordinando las
políticas públicas involucradas.
Entender en el diseño e implementación de la planificación
estratégica de las políticas, proyectos y programas impulsados por la
Jurisdicción.
Entender en la definición de los procedimientos de evaluación y
seguimiento de los planes, programas y proyectos de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, la optimización de la gestión de los mismos, el
intercambio y la evaluación de impacto en la implementación de las
políticas.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la coordinación y
ejecución de acciones tendientes a fortalecer la vinculación política e
institucional con los distintos poderes del ESTADO NACIONAL,
provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipal y con el
sector privado, académico y con las organizaciones de la sociedad civil.
Entender en la coordinación interinstitucional e
interjurisdiccional de los temas delegados por el Jefe de Gabinete de
Ministros que requieran intervención de las distintas áreas de
gobierno, así como en la articulación de la gestión de los temas
prioritarios con las provincias, los municipios y la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES.
Diseñar y ejecutar una agenda política tendiente a la gestión de
demandas y necesidades provenientes de organismos nacionales y
sub-nacionales.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en su participación en las
relaciones, negociaciones y representación del país con los bancos y
organismos multilaterales y bilaterales de crédito y de asistencia
técnica para el desarrollo de los que la REPÚBLICA ARGENTINA forme
parte, en los aspectos que hacen a las políticas de dichos organismos,
en los préstamos, cooperaciones técnicas y donaciones provenientes de
los mismos, en coordinación con las áreas de la Administración Pública
Nacional con competencia en la materia.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en las acciones necesarias
para la operatividad del COMITÉ EJECUTIVO DE LUCHA CONTRA LA TRATA Y
EXPLOTACIÓN DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS
VÍCTIMAS, creado por la Ley N° 26.842.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la coordinación y
supervisión del análisis, la formulación y la evaluación de la
estrategia presupuestaria, como así también en la elaboración del
Proyecto de la Ley de Presupuesto Nacional y en el seguimiento de su
ejecución.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la determinación de los
lineamientos estratégicos que permitan la evaluación y toma de
decisiones con relación a los programas y proyectos de inversión,
cualquiera sea su fuente de financiamiento, en coordinación con las
áreas competentes.
Coordinar la evaluación del gasto, colaborando en el diagnóstico y
seguimiento de la producción pública contemplada en el Presupuesto
Nacional.
Colaborar en el seguimiento y análisis de la relación fiscal entre
la Nación y las Provincias y monitorear el grado de cumplimiento de las
metas fiscales contenidas en la Ley de Presupuesto Nacional.
Intervenir en la elaboración de los informes que, en materia
presupuestaria, le sean requeridos por el Jefe de Gabinete de Ministros
en oportunidad de su concurrencia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN,
como así también en aquellos informes que cualquiera de las Cámaras le
solicite y los que deba brindar a la Comisión Bicameral Permanente del
HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN,
Dictar, en su carácter de Autoridad de Aplicación del SISTEMA
NACIONAL DE INVERSIONES PÚBLICAS, creado por la Ley N° 24.354, las
normas de instrumentación, complementarias y/o aclaratorias y celebrar
todos los actos que se requieran para la debida implementación del
mismo.
Intervenir en el estudio y ejecución de los proyectos de inversión,
así como en el seguimiento, promoción, asistencia y toda otra actividad
tendiente a lograr la concreción de los proyectos de inversión que
surjan a partir de los mismos, en coordinación con las áreas
competentes.
Entender en la centralización normativa de los contratos regidos
por la Ley N° 27.328 y coordinar el apoyo consultivo, operativo y
técnico a los órganos o entes licitantes, en las etapas de formulación
del proyecto, elaboración de la documentación licitatoria y ejecución
del contrato.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el control tutelar de
la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD.
SECRETARÍA EJECUTIVA DE GOBIERNO
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE GABINETE
OBJETIVOS
Asistir a la Secretaría en la coordinación del Gabinete de Asesores
del Jefe de Gabinete de Ministros.
Gestionar la coordinación integral de los circuitos destinados a dar
adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por la
Secretaría y el Jefe de Gabinete de Ministros.
Asistir a la Secretaría en todas las cuestiones vinculadas a los
aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus
funciones institucionales.
Supervisar el diseño y la elaboración de los procedimientos de
evaluación y seguimiento de los planes, programas y proyectos de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Dirigir el diseño, elaboración, definición de ajustes y
actualizaciones de instrumentos, herramientas y procedimientos
tendientes a posibilitar la disponibilidad de insumos de información,
en coordinación con las áreas competentes.
Coordinar la vinculación interinstitucional con organismos y
autoridades del ámbito nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES y/o municipal, así como con distintos sectores del ámbito
público y privado.
Participar en la coordinación interinstitucional de los temas
delegados por el Jefe de Gabinete de Ministros que requieran
intervención de las distintas áreas de gobierno.
SECRETARÍA EJECUTIVA DE GOBIERNO
SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERINSTITUCIONAL
OBJETIVOS
Participar en el diseño y coordinación de políticas públicas de su
competencia vinculadas con el cumplimiento de los objetivos de gobierno.
Participar en el diseño de estrategias de gobierno, coordinando las
políticas públicas del ESTADO NACIONAL involucradas.
Articular la coordinación interinstitucional con los organismos
nacionales y sub-nacionales para la implementación de políticas y
programas en todo el territorio.
Participar en el diseño y desarrollo de una agenda política
tendiente a la gestión de demandas y necesidades de naturaleza nacional
y local.
Asistir a la Secretaría en la coordinación y ejecución de acciones
tendientes a fortalecer la vinculación política e institucional con los
distintos poderes del ESTADO NACIONAL, provincial, municipal y de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, sector privado, académico y
organizaciones de la sociedad civil.
Articular la coordinación interjurisdiccional de los planes,
programas y proyectos que comprendan la participación de las
provincias, municipios y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Asistir a la Secretaría en la coordinación interministerial de los
planes, programas y proyectos que requieran la intervención de las
distintas áreas de gobierno.
SECRETARÍA EJECUTIVA DE GOBIERNO
SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA
OBJETIVOS
Asesorar a la Secretaría para la coordinación y supervisión del
análisis, la formulación y la evaluación de la estrategia
presupuestaria.
Asesorar a la Secretaría en la elaboración del Proyecto de la Ley de
Presupuesto Nacional y en el seguimiento de su ejecución.
Participar en la evaluación del gasto contemplado en el Presupuesto
Nacional y en el seguimiento y análisis de la relación fiscal entre la
Nación y las provincias.
Participar en el monitoreo del grado de cumplimiento de las metas
fiscales contenidas en la Ley de Presupuesto Nacional.
Asistir a la Secretaría en la elaboración de los informes que, en
materia presupuestaria, le sean requeridos por el Jefe de Gabinete de
Ministros.
Entender en el control de la formulación y evaluación de los
proyectos de inversión realizadas por las Jurisdicciones, en cuanto al
cumplimiento de las metodologías y procedimientos establecidos.
Participar en la elaboración del Plan Nacional de Inversiones
Públicas (PNIP).
Gestionar el Banco de Proyectos de Inversión (BAPIN).
Asistir a la Secretaría en la determinación de los lineamientos
estratégicos que permitan la evaluación y toma de decisiones con
relación a los programas y proyectos de inversión, elaborando una
propuesta de priorización.
Participar en el Fondo para la Convergencia Estructural del
MERCOSUR (FOCEM).
Intervenir en la centralización normativa de los contratos regidos
por la Ley N° 27.328 y prestar apoyo consultivo, operativo y técnico, a
solicitud de los órganos o entes licitantes, en las etapas de
formulación del proyecto, elaboración de la documentación licitatoria y
ejecución del contrato de proyectos de participación público privada.
Entender en el control de la formulación y evaluación de los
proyectos de inversión realizados en las Jurisdicciones, en
cumplimiento de lo establecido en el inciso b) del artículo 5° de la
Ley N° 24.354, cuando se trate de proyectos de inversión pública
ejecutados a través de contratos de participación público privada en
los términos de la Ley N° 27.328.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y CON LA SOCIEDAD CIVIL
OBJETIVOS
Diseñar e implementar las relaciones parlamentarias del PODER
EJECUTIVO NACIONAL, cumpliendo las obligaciones y prerrogativas
constitucionales inherentes a su vínculo con el HONORABLE CONGRESO DE
LA NACIÓN.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la evaluación de la
oportunidad, mérito y conveniencia de los Proyectos de Ley, de mensajes
al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y del decreto que disponga la
prórroga de sesiones ordinarias o de la convocatoria a sesiones
extraordinarias.
Coordinar las acciones necesarias para la concurrencia del Jefe de
Gabinete de Ministros al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, en el
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL y confeccionar y supervisar la elaboración de la memoria
detallada de la marcha del Gobierno de la Nación.
Entender en la elaboración de los informes solicitados por ambas
Cámaras y la Comisión Bicameral Permanente del HONORABLE CONGRESO DE LA
NACIÓN, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 100, incisos 9,
10 y 11 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Entender en las relaciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL con ambas
Cámaras del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, sus comisiones e
integrantes y en lo relativo a la tramitación de los actos que deban
ser remitidos a ese Poder en cumplimiento de lo establecido en el
artículo 100, inciso 6 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y demás normas que
así lo establezcan.
Asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros en las relaciones con
organizaciones y sectores representativos de la comunidad.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la relación con las
organizaciones y sectores políticos, sociales, económicos y
representativos de la comunidad.
Proponer los cursos de acción a seguir en materia de cooperación y
diálogo entre los sectores representativos de la sociedad civil.
SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y CON LA SOCIEDAD CIVIL
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PARLAMENTARIOS
OBJETIVOS
Organizar y coordinar la vinculación con ambas Cámaras del HONORABLE
CONGRESO DE LA NACIÓN, en lo atinente a la confección y presentación
del Informe del Jefe de Gabinete de Ministros al HONORABLE CONGRESO DE
LA NACIÓN y la Memoria detallada del estado de la Nación, y asistir en
el tratamiento de las materias y proyectos específicos del área.
Diseñar los mecanismos institucionales tendientes a la elaboración
de los Informes del Jefe de Gabinete de Ministros al HONORABLE CONGRESO
DE LA NACIÓN.
Entender en la elaboración del Informe Mensual y la Memoria Anual, y
su publicación.
Asistir a la Secretaría en la coordinación de las acciones
necesarias para la concurrencia del Jefe de Gabinete de Ministros al
HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y confeccionar y supervisar la
elaboración de la memoria detallada de la marcha del Gobierno de la
Nación, asistiendo al Jefe de Gabinete de Ministros en el cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 101 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Coordinar las relaciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL con ambas
Cámaras del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, sus Comisiones e
integrantes y, en especial en lo relativo a la tramitación de los
proyectos de ley y en particular los que deban ser remitidos a ese
Poder en cumplimiento de lo establecido en el artículo 100, inciso 6 de
la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Asistir a la Secretaría en la elaboración de los informes que
cualquiera de las Cámaras le solicite y los que deba brindar a la
Comisión Bicameral Permanente del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN,
atento a lo normado por el artículo 100, incisos 9, 10 y 11 de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Gestionar a requerimiento del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, el
suministro de información y documentación solicitada ante los
organismos competentes y la asistencia de funcionarios cuando sean
debidamente notificados.
Coordinar el seguimiento de los proyectos legislativos considerados
prioritarios por la Secretaría, produciendo los informes
correspondientes.
Asistir a la Secretaría en la coordinación de las relaciones
institucionales y políticas con los representantes de ambas Cámaras del
HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y sus autoridades.
Asistir a la Secretaría en los asuntos jurídicos y constitucionales
relativos a la relación con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
OBJETIVOS
Diseñar, proponer y coordinar las políticas de innovación
administrativa y tecnológica del Sector Público Nacional en sus
distintas áreas y determinar los lineamientos estratégicos y la
propuesta de las normas reglamentarias en la materia.
Entender en el diseño de las políticas que promuevan el gobierno
abierto, la gobernanza y gestión de datos y el gobierno digital, como
principios de diseño aplicables al ciclo de políticas públicas en el
Sector Público Nacional.
Diseñar y desarrollar servicios digitales transversales para el
ESTADO NACIONAL.
Promover políticas, programas y acuerdos de servicios digitales e
innovación pública en el territorio nacional, en particular en las
Jurisdicciones provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
municipales.
Intervenir en la definición de estrategias y estándares sobre
tecnologías de la información, comunicaciones asociadas y otros
sistemas electrónicos de tratamiento de información de la
Administración Pública Nacional.
Colaborar con las provincias, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
y con los municipios en sus procesos de innovación administrativa y
tecnológica, coordinando las acciones específicas de las Entidades y
Jurisdicciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Diseñar, coordinar e implementar la incorporación y mejoramiento de
los procesos, tecnologías, infraestructura informática y sistemas y
tecnologías de gestión del Sector Público Nacional.
Proponer mejoras en el diseño de los procedimientos administrativos
y en su relación con los servicios que ésta brinda a los ciudadanos, a
fin de propiciar su simplificación, transparencia y control social y
elaborar los desarrollos informáticos correspondientes, en coordinación
con la SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN DEL ESTADO.
Actuar como Autoridad de Aplicación del régimen normativo que
establece la infraestructura de firma digital dispuesta por la Ley N°
25.506.
Entender en el desarrollo de sistemas tecnológicos con alcance
transversal, o comunes a los organismos y Entes de la Administración
Pública Nacional centralizada y descentralizada.
Entender en la ciberseguridad y protección de infraestructuras
críticas de información y comunicaciones asociadas del Sector Público
Nacional y de los servicios de información y comunicaciones definidos
en el artículo 1° de la Ley N° 27.078.
Entender en la elaboración y ejecución de políticas vinculadas al
desarrollo, uso y fomento del software público, su interoperabilidad,
estandarización y reutilización por parte del ESTADO NACIONAL.
Participar en la elaboración y en la ejecución de la política en
materia de telecomunicaciones, en coordinación con las áreas de la
Administración Pública Nacional con competencia específica en la
materia.
Supervisar a los organismos y entes de control de los prestadores
de los servicios en materia de comunicaciones y de las normas de
regulación de las licencias, autorizaciones, permisos o registros de
servicios de comunicaciones, o de otros títulos habilitantes
pertinentes otorgados por el ESTADO NACIONAL o las provincias acogidas
por convenios a los regímenes federales en la materia.
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