CONDECORACIONES

Rango Decreto
Publicación 1997-05-27
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CONDECORACIONES

Decreto 453 /97

**Apruébase un Acta mediante la cual se acuerdan condecoraciones

para diversas Autoridades Aeronáuticas.**

Bs. As.. 21/5/97

B.O: 27 / 5 / 97

VISTO lo establecido por el Decreto Ley N° 16.629 del 17

de diciembre de 1957, ratificado por

la Ley N° 14.467, por el que se creó la "ORDEN

DE MAYO AL MERITO", y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta

de condecoración para aquellas AUTORIDADES AERONÁUTICAS,

que han merecido ser consideradas acreedoras al honor y al reconocimiento

de la Nación.

Que toca al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar la medida aprobatoria

complementaria prevista en el artículo 6° del Decreto

Ley N° 16.629 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por

Ley N° 14.467.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Apruébase el Acta del Consejo

de la "ORDEN DE MAYO", suscripta el 29 de marzo de 1996,

mediante la cual se convalidan los acuerdos para el otorgamiento

de las condecoraciones de la "ORDEN DE MAYO AL MERITO AERONAUTICO",

en el grado de COMENDADOR: al señor Agregado Aéreo

a la Embajada de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA en la República,

Coronel D. Kenneth James MONROE, al señor Agregado de Defensa

a la Embajada de la REPUBLICA FRANCESA en la República,

Coronel D. Claude Henri FORNER; al señor Agregado Aéreo

a la Embajada de la REPUBLICA ITALIANA en la República,

Coronel D. Giovanni María PERSICO; al señor Agregado

Aéreo a la Embajada de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL

en la República, Coronel D. Edilberto Teles SIROTHEAU CORREA

y al señor Agregado Aéreo a la Embajada de la REPUBLICA

DEL PERU en la República, Coronel D. José Antonio

DIAZ VALVERDE.

Art. 2º-Extiéndanse los correspondientes diplomas,

de acuerdo con lo estipulado por el artículo 19 de la Reglamentación

de la "ORDEN DE MAYO AL MERITO" aprobada por el Decreto

N° 16.644 del 18 de diciembre de 1957.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Guido

Di Tella.-Jorge Domínguez.

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