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DESIGNACION

Texto vigente a fecha 1970-01-02

INUNDACIONES EN EL LITORAL ARGENTINO

Decreto 456/98

**Desígnase Coordinador General de todos los recursos

humanos y materiales pertenecientes a las Fuerzas Armadas y de

Seguridad, a disposición de la Secretaría de Desarrollo

Social, para las tareas que fuere necesario efectuar ante la situación

creada por las inundaciones en el litoral argentino.**

Bs. As., 28/4/98

B.O: 4/5/98

VISTO la situación creada por las inundaciones en el litoral

argentino y lo propuesto por el Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario coordinar la totalidad d los recursos humanos

y materiales, pertenecientes a las Fuerzas Armadas y de Seguridad,

puestos a disposición del titular de la Secretaría

de Desarrollo Social de la Presidencia de la Nación, para

llevar a cabo la tareas que fueran necesarias ante la situación

creada por las inundaciones en el litoral argentino.

Que corresponde designar la autoridad que asumirá esa función,

definir la zona geográfica que comprende el ejercicio de

la misma y los medios que se le asignen:

Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para el dictado

del presente, en virtud de lo dispuesto en el artículo

99 inciso 12 de la Constitución Nacional y el artículo

33 de la ley 23.554:

Por ello,

EL PRESIDENTE DE NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º- Desígnase al Comandante

del IIdo. Cuerpo de Ejercito, General de División Don Eduardo

Rodolfo Cabanillas, como Coordinador General de todos los recursos

humanos y materiales, pertenecientes a las Fuerzas Armadas de

Seguridad que se pongan a disposición del titular de la

Secretaría de Desarrollo Social de la Presidencia de la

Nación, responsable este de las tareas que fuere necesario

efectuar ante la situación creada por las inundaciones

en el litoral argentino.

Art. 2º-El Comandante del IIdo. Cuerpo de Ejército

asumirá el control operacional de lo referidos recursos.

pertenezcan estos a las Fuerzas Armadas, a la Gendarmería

Nacional, o la Prefectura Naval Argentina, dentro de la Jurisdicción

de las Provincias de Misiones, Corrientes, Entre Ríos,

Formosa, Chaco y Santa Fe.

Art. 3º-El Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas

Armadas, ejercerá el control operacional sobre el Comando

del IIdo. Cuerpo de Ejército.

Art. 4º-Comuniquese, publíquese, dése

la Dirección Nacional del Registro Oficial, archívese.-MENEM.-Jorge

M. R. Domínguez -Carlos V. Corach.