ACUERDOS

Rango Decreto
Publicación 2023-09-07
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ACUERDOS

Decreto 457/2023

DCTO-2023-457-APN-PTE - Homologación.

Ciudad de Buenos Aires, 06/09/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-61843650-APN-DALSP#MT, la Ley N° 11.672,

Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), la Ley N° 18.753,

la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración

Pública Nacional N° 24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo

Público Nacional N° 25.164, la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de

la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, el Decreto N° 447

del 17 de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para

la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214

del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo

de Trabajo Sectorial para el Personal del Sistema Federal de Manejo del

Fuego, homologado por el Decreto N° 192 del 23 de marzo de 2021 y sus

modificatorios, y las Actas Acuerdo de fechas 31 de mayo y 23 de junio,

ambas de 2023, de la Comisión Negociadora del citado Convenio Colectivo

de Trabajo Sectorial, y

CONSIDERANDO:

Que la citada Ley N° 24.185 establece el régimen aplicable a las

negociaciones colectivas que se celebren entre la Administración

Pública Nacional y sus empleados y empleadas e instituye al MINISTERIO

DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad Administrativa

de Aplicación.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido en el mencionado cuerpo

normativo, se constituyó la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo

de Trabajo Sectorial para el Personal del Sistema Federal de Manejo del

Fuego, homologado por el Decreto N° 192/21 y sus modificatorios, y se

suscribieron las Actas Acuerdo de fecha 31 de mayo de 2023, por la cual

se pasó a un cuarto intermedio, y de fecha 23 de junio de 2023, por la

que se declaró reabierto el acto.

Que las partes, en el marco previsto en el artículo 6° de la Ley N°

24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93 y normas

complementarias, acordaron sustituir a partir del 1° de junio de 2023

la escala de unidades retributivas de Asignación Básica de la Categoría

Escalafonaria establecida en el artículo 55 del Convenio Colectivo de

Trabajo Sectorial para el Personal del Sistema Federal de Manejo del

Fuego -homologado por Decreto N° 192/21- y su normativa complementaria

y modificatoria, como, asimismo, sustituir a partir del 1° de junio de

2023, la escala de unidades retributivas del Adicional de Grado

establecida en el artículo 56 del Convenio mencionado precedentemente,

por las que quedan incorporadas a dicha Acta.

Que el mencionado Acuerdo cumple los requisitos del artículo 11 de la

Ley N° 24.185.

Que sobre el control de legalidad, cabe puntualizar que la Autoridad

Administrativa de Aplicación tomó la intervención prevista en los

artículos 4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la referida Ley N° 24.185,

su Decreto Reglamentario N° 447/93 y normas complementarias.

Que se han cumplimentado las intervenciones prescriptas por los

artículos 79, segundo párrafo y 80, inciso b) del Convenio Colectivo de

Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por

el Decreto N° 214/06.

Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO

ha emitido el correspondiente dictamen, sin formular objeción alguna.

Que la COMISIÓN PERMANENTE DE APLICACIÓN Y RELACIONES LABORALES

(CoPAR), mediante su intervención, concluyó que las disposiciones

contenidas en las Actas Acuerdo son compatibles con las previsiones del

mencionado Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración

Pública Nacional.

Que en atención a las prescripciones establecidas en el artículo 86 de

la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014),

tratándose de incrementos generados en acuerdo colectivo en el marco de

la Ley N° 24.185 y habiéndose observado los requisitos y procedimientos

que surgen de dicha norma y de la Ley N° 18.753, deben tenerse por

cumplidas las disposiciones del artículo 79 de la citada Ley N° 11.672,

Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) con la suscripción

de las Actas Acuerdo del 31 de mayo de 2023 y 23 de junio de 2023.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE

TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le

compete.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de

los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 14 de la Ley

N° 24.185.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Homológanse las Actas Acuerdo de fechas 31 de mayo de

2023 y 23 de junio de 2023 de la Comisión Negociadora del Convenio

Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del Sistema Federal de

Manejo del Fuego, homologado por el Decreto N° 192/21 y sus

modificatorios, que como ANEXO (IF-2023-79823258-APN-DNRYRT#MT) forman

parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de las Actas Acuerdo que se homologan

por el artículo 1° del presente serán a partir del 1° de junio de 2023

en las condiciones establecidas por las partes intervinientes.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA

SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO para dictar las normas aclaratorias y

complementarias a que diera lugar la aplicación del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Agustín Oscar Rossi - Raquel Cecilia Kismer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/09/2023 N° 71370/23 v. 07/09/2023

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial)*

ANEXO

[IMG]

**EX-2023-61843650-

-APN-DALSP#MT**

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 31 días del mes de MAYO de

2023, siendo las 14:00 horas, en el **MINISTERIO

DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN**, ante la Dra.

Mara MENTORO Directora de la Dirección de Análisis Laboral del Sector

Publico acompañada por el Dr. Lisandro AYASTUY Secretario de

Conciliación, en el marco de la Comisión Negociadora del Convenio

Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del Sistema Federal de

Manejo del Fuego (Decreto 192/21), COMPARECEN: por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,

la Lic. Paula RECALDE POLARI, el Sr. SUBSECRETARIO DE COORDINACIÓN

PRESUPUESTARIA, Lic. Ignacio LOHLE, por el MINISTERIO DE ECONOMÍA, el Sr.

SUBSECRETARIO DE PRESUPUESTO, Lic. Jorge DOMPER, por el **MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO

SOSTENIBLE** el Sr. Cesar Adrián BONÉ y por la ADMINISTRACIÓN DE

PARQUES NACIONALES el Sr. Alejandro ROJAS, por el todos ellos por parte

del Estado Empleador, y por la Parte Gremial, en representación de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN),

el Sr. Hugo SPAIRANI, y en representación de la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE)

el Sr. Flavio VERGARA.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, se celebra esta

audiencia virtual en razón de las competencias que son propias de este

Ministerio.

Cedida la palabra ambas partes en conjunto MANIFIESTAN: Que asumen el

compromiso de mantener reuniones de manera directa, y por la cual

solicitamos a esta Autoridad de Aplicación pasar a un cuarto intermedio.

Oído que fueran las partes y conforme lo manifestado por las mismas, la

Autoridad Administrativa decide pasar a un cuarto intermedio. No siendo

para más se da por finalizado el acto en los términos de la ley 24.185,

previa lectura y ratificación ante mí que así lo CERTIFICO.-

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 23 días del mes de JUNIO

de 2023, siendo las 11:00 horas, reabriendo el acta de fecha 31 de mayo

de 2023 y convocada en el **MINISTERIO

DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN**, ante la Dra.

Mara MENTORO Directora de Análisis Laboral del Sector Público,

acompañada por el Dr. Lisandro Juan AYASTUY Secretario de Conciliación,

en el marco de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de

Trabajo Sectorial para el Personal del Sistema Federal de Manejo del

Fuego (Decreto 192/21), COMPARECEN: por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,

la Sra. SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO Dra. Ana G. CASTELLANI,

acompañada por la Lic. Paula RECALDE POLARI, y el Sr. SUBSECRETARIO DE

COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA, Lic. Ignacio LOHLE acompañado por el Sr.

Marcelo ROMANO, por el **MINISTERIO DE

ECONOMÍA**, el Sr. SUBSECRETARIO DE PRESUPUESTO, Lic. Jorge

DOMPER, acompañado por el Dr. Jorge CARUSO, por el MINISTERIO DE

AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE los Sres. Joaquín LARRAÑAGA y Cesar

Adrián BONÉ, por la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, Natalia

JAURI, la Sra. Sabrina SELVA, el Sr. Alejandro Diego ROJAS, todos ellos

por parte del Estado Empleador, y por la Parte Gremial, en

representación de la **UNION DEL

PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN)**, Sres. Diego ROSSANO, Eduardo

WILSON RAE, Mario PEREZ con el asesoramiento del Sr. Hugo SPAIRANI, y

en representación de la **ASOCIACIÓN

TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE)** los Sres. Flavio VERGARA, Walter

DELGADO y Alejo FARDJOUME.-

Declarado reabierto el acto por los funcionarios actuantes, se cede la

palabra a la representación del Estado Empleador quien propone:

PRIMERA:

Sustituir a partir del 01/06/2023, la escala de unidades retributivas

de Asignación Básica de la Categoría Escalafonaria establecida en el

artículo 55 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el

Personal del Sistema Federal de Manejo del Fuego - homologado por

Decreto N° 192/21, su normativa complementaria y modificatoria, por la

que queda incorporada a la presenta cláusula.

**ASIGNACION

BASICA DE LA CATEGORÍA ESCALAFONARIA**

(Unidades Retributivas)

[IMG]

SEGUNDA:

Sustituir a partir del 01/06/2023, la escala de unidades retributivas

del Adicional de Grado establecida en el artículo 56 del Convenio

Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del Sistema Federal de

Manejo del Fuego - homologado por Decreto N° 192/21, su normativa

complementaria y modificatoria, por la que queda incorporada a la

presente cláusula.

[IMG]

Cedida la palabra a la representación sindical U.P.C.N., MANIFIESTA: que acepta de manera

integral la propuesta del Estado

Empleador.-------------------------------------------------------

Cedida la palabra a la representación sindical A.T.E., MANIFIESTA: que acepta de manera

integral la propuesta del Estado

Empleador.-------------------------------------------------------

En este estado, la Autoridad de Aplicación hace saber a las partes que

atento y conforme lo manifestado precedentemente por las

representaciones, se tiene por perfeccionado el acuerdo.

No siendo para más, se da por finalizado el presente acto realizado en

los términos de la Ley N° 24.185, previa lectura y ratificación del

mismo ante los funcionarios actuantes que así lo CERTIFICAN.

IF-2023-79823258-APN-DNRYRT#MT

[IMG]

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.