MANZANA DE LAS LUCES

Rango Decreto
Publicación 1971-10-20
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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Creación de una Comisión.

DECRETO Nº 4.657

Bs. As., 13/10/71

VISTO el expediente Nº 3.433/71 del Registro del

Ministerio de Cultura y Educación, originado en la nota del Instituto

Argentino de Museólogos y por medio de la cual sugiere la instalación

del "Museo de la Ciudad de Buenos Aires" en el edificio de propiedad

del Estado Nacional, ubicado en la calle Perú Nros. 222/72 entre Moreno

y Alsina, antiguamente conocido como "Manzana de las Luces", y

CONSIDERANDO:

Que en el referido predio tuvieron su asiento desde

la época colonial, instituciones como el Real Colegio de San Carlos,

Templo de San Ignacio, Museo de Historia Natural, Academia de

Jurisprudencia, Consejo de Obras Públicas, Legislatura, Escribanía

Mayor de Gobierno, Consejo de Higiene Pública, Departamento de

Escuelas, Archivo General de la Nación, Concejo Deliberante y otras que

han gravitado decisivamente en nuestra formación espiritual científica

e intelectual, por haber sido escuela de nuestros próceres y testigo de

hechos que halagan los sentimientos de veneración patriótica de los

argentinos;

Que aún se conserva en el referido inmueble el local

donde sesionó la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires de 1822 a

1883, que fuera inaugurada el 1º de mayo de 1822 en una acto de gran

solemnidad presidido por el Gobernador Brigadier General Martín

Rodríguez;

Que en este recinto, tal como se encuentra en la

actualidad, se desarrollaron importantísimos acontecimientos de gran

trascendencia histórica, entre ellos la reunión del Congreso General

Constituyente que el 7 de febrero de 1825 designa Presidente de la

República a Bernardino Rivadavia, en el que prestó juramento solemne y

la Ley de Capitalización de Buenos Aires;

Que siendo misión del Gobierno resguardar los

valores espirituales y el patrimonio histórico de la Nación es

necesario conservar y restaurar los citados edificios, cuyo destino

definitivo debe ser estudiado por una comisión especial designada para

tal fin;

Por ello y de acuerdo con lo propuesto por el señor Ministro de Cultura y Educación,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Créase una Comisión

Nacional para estudiar el destino definitivo de los edificios

históricos ubicados en la calle Perú Nros. 222/72 entre Alsina y

Moreno, propiedad del Estado Nacional Argentino, con exclusión de las

partes ocupadas por el Templo de San Ignacio y el Colegio Nacional

Buenos Aires.

*(COMISION NACIONAL DE LA MANZANA DE LAS LUCES disuelta en razón del agotamiento

de su objeto previsto en el presente artículo, por art. 2° delDecreto N° 108/2013B.O. 5/2/2013)*

Art. 2º — La Comisión Nacional queda

ampliamente facultada para proponer al Poder Ejecutivo todas las

medidas que considere necesarias para tal fin, quedando autorizada para

recabar la colaboración de organismos nacionales y municipales.

Art. 3º — La Comisión Nacional estará

integrada por los señores: Secretario de Cultura de la Presidencia de

la Nación.; Intendente Municipal de la Ciudad de Buenos Aires; Rector

de la Universidad de Buenos Aires y Escribano General del Gobierno de

la Nación. (Ministro de Cultura y Educación sustituido por el Secretario de Cultura de la Presidencia de la Nación por art. 1º delDecreto Nº 411/2005B.O. 5/5/2005).

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección del Registro Oficial y archívese.

LANUSSE.

Gustavo Malek.

Arturo Mor Roig.

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