MANZANA DE LAS LUCES
Creación de una Comisión.
DECRETO Nº 4.657
Bs. As., 13/10/71
VISTO el expediente Nº 3.433/71 del Registro del
Ministerio de Cultura y Educación, originado en la nota del Instituto
Argentino de Museólogos y por medio de la cual sugiere la instalación
del "Museo de la Ciudad de Buenos Aires" en el edificio de propiedad
del Estado Nacional, ubicado en la calle Perú Nros. 222/72 entre Moreno
y Alsina, antiguamente conocido como "Manzana de las Luces", y
CONSIDERANDO:
Que en el referido predio tuvieron su asiento desde
la época colonial, instituciones como el Real Colegio de San Carlos,
Templo de San Ignacio, Museo de Historia Natural, Academia de
Jurisprudencia, Consejo de Obras Públicas, Legislatura, Escribanía
Mayor de Gobierno, Consejo de Higiene Pública, Departamento de
Escuelas, Archivo General de la Nación, Concejo Deliberante y otras que
han gravitado decisivamente en nuestra formación espiritual científica
e intelectual, por haber sido escuela de nuestros próceres y testigo de
hechos que halagan los sentimientos de veneración patriótica de los
argentinos;
Que aún se conserva en el referido inmueble el local
donde sesionó la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires de 1822 a
1883, que fuera inaugurada el 1º de mayo de 1822 en una acto de gran
solemnidad presidido por el Gobernador Brigadier General Martín
Rodríguez;
Que en este recinto, tal como se encuentra en la
actualidad, se desarrollaron importantísimos acontecimientos de gran
trascendencia histórica, entre ellos la reunión del Congreso General
Constituyente que el 7 de febrero de 1825 designa Presidente de la
República a Bernardino Rivadavia, en el que prestó juramento solemne y
la Ley de Capitalización de Buenos Aires;
Que siendo misión del Gobierno resguardar los
valores espirituales y el patrimonio histórico de la Nación es
necesario conservar y restaurar los citados edificios, cuyo destino
definitivo debe ser estudiado por una comisión especial designada para
tal fin;
Por ello y de acuerdo con lo propuesto por el señor Ministro de Cultura y Educación,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Créase una Comisión
Nacional para estudiar el destino definitivo de los edificios
históricos ubicados en la calle Perú Nros. 222/72 entre Alsina y
Moreno, propiedad del Estado Nacional Argentino, con exclusión de las
partes ocupadas por el Templo de San Ignacio y el Colegio Nacional
Buenos Aires.
*(COMISION NACIONAL DE LA MANZANA DE LAS LUCES disuelta en razón del agotamiento
de su objeto previsto en el presente artículo, por art. 2° delDecreto N° 108/2013B.O. 5/2/2013)*
Art. 2º — La Comisión Nacional queda
ampliamente facultada para proponer al Poder Ejecutivo todas las
medidas que considere necesarias para tal fin, quedando autorizada para
recabar la colaboración de organismos nacionales y municipales.
Art. 3º — La Comisión Nacional estará
integrada por los señores: Secretario de Cultura de la Presidencia de
la Nación.; Intendente Municipal de la Ciudad de Buenos Aires; Rector
de la Universidad de Buenos Aires y Escribano General del Gobierno de
la Nación. (Ministro de Cultura y Educación sustituido por el Secretario de Cultura de la Presidencia de la Nación por art. 1º delDecreto Nº 411/2005B.O. 5/5/2005).
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección del Registro Oficial y archívese.
LANUSSE.
Gustavo Malek.
Arturo Mor Roig.
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