ACUERDOS

Rango Decreto
Publicación 2024-05-28
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ACUERDOS

Decreto 469/2024

DECTO-2024-469-APN-PTE - Homologación.

Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-31760534-APN-DNC#MT, la Ley N° 11.672,

Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), la Ley N° 18.753,

la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438 del

12 de marzo de 1992 y sus modificatorios), la Ley de Convenciones

Colectivas de Trabajo de la Administración Pública Nacional N° 24.185,

la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, la Ley

de Presupuesto General para la Administración Pública Nacional N°

27.701, los Decretos Nros. 447 del 17 de marzo de 1993, 8 del 10 de

diciembre de 2023, 86 del 26 de diciembre de 2023, 88 del 26 de

diciembre de 2023, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la

Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214 del

27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de

Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO

(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008,

sus modificatorios y complementarios, el Acta Acuerdo del 25 de marzo

de 2024 reabierta el 22 de mayo de 2024, de la Comisión Negociadora del

citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.185 establece el régimen aplicable a las negociaciones

colectivas que se celebren entre la Administración Pública Nacional y

sus empleados e instituye al ex MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD

SOCIAL como su Autoridad Administrativa de Aplicación.

Que por el aludido Decreto N° 8/23 se adecuó la organización

Ministerial del PODER EJECUTIVO NACIONAL, reformulándose la Ley de

Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92).

Que por el artículo 10 del precitado decreto se estableció que los

compromisos y obligaciones asumidos por los entonces MINISTERIO DE

EDUCACIÓN, MINISTERIO DE CULTURA, MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y

SEGURIDAD SOCIAL, MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y MINISTERIO DE LAS

MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD estarán a cargo del MINISTERIO DE CAPITAL

HUMANO, considerándose transferidos los créditos presupuestarios,

unidades organizativas, bienes, personal con sus cargos y dotaciones

vigentes a la fecha, hasta tanto se aprueben las estructuras

correspondientes.

Que por el artículo 23 bis de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por

Decreto N° 438/92) se estipularon las competencias del MINISTERIO DE

CAPITAL HUMANO.

Que por el referido Decreto N° 86/23, entre otras cuestiones, se aprobó

la conformación organizativa del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y,

asimismo, se establecieron los objetivos de la SECRETARÍA DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, entre los que se encuentra intervenir en la

fijación de los salarios del Sector Público Nacional, así como en la

gestión de las negociaciones colectivas de ese sector.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido en la Ley N° 24.185, se

constituyó la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo

Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),

homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios y se

suscribieron las Actas del 25 de marzo de 2024, por la cual se pasó a

un cuarto intermedio, y del 22 de mayo de 2024 declarando reabierto el

acto.

Que las partes, en el marco previsto en el artículo 6° de la Ley N°

24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93, lograron

un acuerdo mediante su Clausula Primera, para prorrogar hasta el 30 de

junio de 2025 la entrada en vigencia de los artículos sustituidos

mediante la Cláusula Segunda del Acta Acuerdo de fecha 27 de diciembre

de 2022 homologada por el artículo 1° del Decreto Nº 192/23 del Régimen

de Dirección Pública incorporado como Anexo IV del Convenio Colectivo

de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, hasta tanto

se efectúe la revisión correspondiente y se evalúen los mecanismos para

la implementación de dicho régimen.

Que por la Cláusula Segunda, en razón de lo dispuesto en la citada

Cláusula Primera, se acordó prorrogar hasta el 30 de junio de 2025 la

entrada en vigencia de la incorporación del artículo 24 bis del

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08

y sus modificatorios, establecida en la Cláusula Tercera del Acta

Acuerdo de fecha 27 de diciembre de 2022 homologada por el artículo 1°

del Decreto Nº 192/23.

Que por la Cláusula Tercera se acordó prorrogar hasta el 30 de junio de

2025 la entrada en vigencia de la derogación de los artículos 19, 20,

38 y 84 y el inciso 3.2 del artículo 78 del Convenio Colectivo de

Trabajo Sectorial para el personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO

PÚBLICO (SINEP) dispuesta en la Cláusula Cuarta del Acta Acuerdo de

fecha 27 de diciembre de 2022 homologada por el artículo 1° del Decreto

Nº 192/23.

Que por la Cláusula Cuarta se acordó que, hasta tanto tenga lugar su

entrada en vigencia, las disposiciones de los artículos mencionados en

el Acta Acuerdo citada, serán las que resultaban vigentes con

anterioridad al dictado del Decreto N° 788/19 y sus modificatorios.

Que el Acuerdo cumple los requisitos del artículo 11 de la referida Ley

N° 24.185.

Que se han cumplimentado las intervenciones prescriptas por el artículo

79, segundo párrafo y 80, inciso b) del Convenio Colectivo de Trabajo

General para la Administración Pública Nacional, homologado por el

Decreto N° 214/06, y los recaudos previstos por el artículo 2° del

citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°

2098/08.

Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR

PÚBLICO, ha emitido el correspondiente dictamen sin formular objeciones.

Que la COMISIÓN PERMANENTE DE APLICACIÓN Y RELACIONES LABORALES

(CoPAR), mediante su intervención, concluyó que las disposiciones

contenidas en el Acta Acuerdo son compatibles con las previsiones del

Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública

Nacional.

Que la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO

DE CAPITAL HUMANO ha tomado la intervención prevista en los artículos

4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la Ley N° 24.185 y su Decreto

Reglamentario N° 447/93.

Que los servicios jurídicos pertinentes han tomado la intervención que

les compete.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de

los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 14 de la Ley

N° 24.185.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Homológase el Acta Acuerdo del 25 de marzo de 2024,

reabierta el 22 de mayo de 2024, de la Comisión Negociadora del

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), que como ANEXOS

(IF-2024-31726242-APN-DNRYRT#MT e IF-2024-53802620-APN-DNRYRT#MT)

forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- La vigencia de las disposiciones del Acta que se homologa

rigen conforme lo establecido por las partes signatarias.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA

SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO a dictar las normas aclaratorias y

complementarias a que diera lugar la aplicación del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Nicolás Posse - Sandra Pettovello

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 28/05/2024 N° 33330/24 v. 28/05/2024

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial)*

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 25 días del mes de MARZO

de 2U24, siendo las 17:00 horas, en la **SECRETARIA

DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN** dependiente

del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO,

ante la Sra. Directora Nacional de la Dirección de Relaciones y

Regulaciones del Trabajo Dra. Mara MENTORO, acompañada por el Lic.

Ariel BORGHI, la Lic. Juliana CALIFA y el Dr. Lisandro AYASTUY, en el

marco de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo

General homologado por Decreto N° 214/06, COMPARECEN: por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,

la Sra. SUBSECRETARIA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO,

Lic. María Rosana REGGI, y el Sr. SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN

PRESUPUESTARIA Lic. Enrique PINEDO, acompañados por la Lic. Paula

RECALDE POLARI, la Lic. Marieta LIUNI y el Lic. Marcelo ROMANO, por el MINISTERIO DE ECONOMÍA, el Sr.

SUBSECRETARIO DE PRESUPUESTO, Lic. Carlos Fabian SGARBI BIANCOTTI,

acompañado por el Dr. Jorge CARUSO y la Ctdora. Natalia RODRIGUEZ

LLAURO, todos ellos por parte del Estado Empleador, y por la Parte

Gremial, en representación de la **UNION

DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN)**, el Sr. Diego GUTIERREZ,

la Sra. Alejandra LOPEZ ATIA con el asesoramiento del Sr. Hugo

SPAIRANI, y en representación de la **ASOCIACIÓN

TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE)** los Sres. Flavio VERGARA, Gustavo

QUINTEROS, Luciano FERNANDEZ, Nicolás RIAL, y la Sra. Julia SCARENSI

asesorados por la Dra. Mariana AMARTINO.

Declarado abierto el acto por los funcionarios actuantes, en el uso de

la palabra ambas partes en conjunto MANIFIESTAN: Que se acuerda pasar a

un cuarto intermedio a celebrarse durante el mes de abril del corriente

año.

Oido que fueran las partes, la Autoridad de Aplicación deja constancia

que oportunamente serán convocadas para la celebración de la audiencia

correspondiente.

No siendo para más, se da por finalizado el presente acto realizado en

los términos de la Ley N° 24.185, previa lectura y ratificación del

mismo ante los funcionarios actuantes que así lo CERTIFICAN.-

IF-2024-31726242-APN-DNRYRT#MT

[IMG]

**EX-2024-

31760534- -APN-DNRYRT#MT**

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 22 días del mes de MAYO de

2024, siendo las 15:00 horas, en la SECRETARIA DE TRABAJO, EMPLEO Y

SEGURIDAD SOCIAL - SUBSECRETARIA DE RELACIONES DEL TRABAJO dependiente

del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO,

ante el Lic. Ariel BORGHI acompañado por la Lic. Juliana CALIFA y el

Dr. Lisandro AYASTUY, y en el marco de la Comisión Negociadora del

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del Sistema

Nacional del Empleo Público (SINEP), COMPARECEN: por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,

la Sra. SUBSECRETARIA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO

Lic. ROSANA REGGI, y el SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA,

Lic. Enrique PINEDO, acompañados por la Lic. Paula RECALDE POLARI y la

Lic. Mariela LIUNI, y el Lic. Marcelo ROMANO, por el MINISTERIO DE ECONOMÍA, el Sr.

SUBSECRETARIO DE PRESUPUESTO, el Lic. Carlos Fabián SGARBI BIANCOTTI,

acompañado por la Ctdora. Natalia RODRIGUEZ LLAURO todos ellos por

parte del Estado Empleador, y por la Parte Gremial, en representación

de la **UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA

NACION (UPCN)**, los Sres. Felipe CARRILLO, Diego GUTIERREZ, Alejo

CONDE y la Sra. Alejandra LOPEZ ATIA, con el asesoramiento del Sr. Hugo

SPAIRANI, y en representación de la **ASOCIACIÓN

TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE)**los Sres. Flavio VERGARA, Luciano

FERNANDEZ, Nicolás RIAL, y las Sras. Julia SCARENSI, Vanina RODRIGUEZ,

Graciela FIGUEROA asesorados por la Dra. Mariana AMARTINO.

Declarado abierto el acto por los funcionarios actuantes, se cede la

palabra al Estado Empleador quien MANIFIESTA:

Que atento la prórroga de la entrada en vigencia del Régimen de

Dirección Pública incorporado como Anexo IV del Convenio Colectivo de

Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por

el Decreto N° 214/06, se somete a consideración de esta Comisión

Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el

personal del Sistema Nacional del Empleo/Ptj&libp (SINEP) las

cláusulas que se detallan a continuación:

PRIMERA:

Hasta tanto se efectúe la revisión correspondiente y se evalúen los

mecanismos necesarios para proceder a la implementación del Régimen de

Dirección Pública incorporado como Anexo IV del Convenio Colectivo de

Trabajo General para la Administración Pública Nacional, prorrogar,

hasta el 30 de junio de 2025, la entrada en vigencia de los artículos

sustituidos mediante la Cláusula Segunda del Acta Acuerdo de fecha

27/12/2022, homologada por el artículo 1o del Decreto N° 192/23.

SEGUNDA:

Conforme lo dispuesto en la Cláusula Primera, prorrogar, hasta el 30 de

junio de 2025, la entrada en vigencia de la incorporación del artículo

24 bis, al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del

Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), Decreto N° 2098/08 y

modificatorios, establecida en la Cláusula Tercera del Acta Acuerdo de

fecha 27/12/2022, homologada por el artículo 1o del Decreto N° 192/23.

TERCERA:

Acorde lo manifestado en la Cláusula Primera, prorrogar, hasta el 30 de

junio de 2025, la entrada en vigencia de la derogación de los Artículos

19, 20, 38 y 84, y el inciso 3.2. del artículo 78 del Convenio

Colectivo de Trabajo Sectorial (CCTS) para el personal del Sistema

Nacional del Empleo Público (SINEP) homologado por Decreto N° 2098/08 y

modificatorios, dispuesta por la Cláusula Cuarta del Acta Acuerdo de

fecha 27/12/2022, homologada por el artículo 1o del Decreto N° 192/23.

CUARTA:

En virtud de lo expuesto en las cláusulas que anteceden, y hasta tanto

tenga lugar su entrada en vigencia, las disposiciones de los artículos

mencionados en el Acta Acuerdo citada, serán las que resultaban

vigentes con anterioridad al dictado del Decreto N° 788/19, con las

modificaciones que hubieren tenido lugar.

Cedida la palabra a la representación sindical U.P.C.N., MANIFIESTA: que acepta de manera

integral la propuesta del Estado

Empleador.------------------------------------

Cedida la palabra a la representación sindical A.T.E., MANIFIESTA: que acepta de manera

integral la propuesta del Estado

Empleador.------------------------------------

En este estado, la Autoridad de Aplicación hace saber a las partes que

atento las propuestas efectuadas por el estado Empleador, y conforme lo

manifestado precedentemente por las representaciones sindicales, se

tiene por perfeccionado el acuerdo.------------------------------------

No siendo para más, se da por finalizado el presente acto realizado en

los términos de la Ley N° 24.185, previa lectura y ratificación del

mismo ante los funcionarios actuantes que así lo

CERTIFICAN.------------------------------------

IF-2024-53802620-APN-DNRYRT#MT

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