ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
Decreto 475/2002
Modificación del Decreto 357/2002, reasignando funciones dentro de los Ministerios de Economía y de la Producción.
Bs. As., 8/3/2002
VISTO el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero 2002, y el Decreto Nº 473 de fecha 8 de marzo de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que por el referido Decreto Nº 357/02, entre otros aspectos, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional, estableciéndose sus competencias en función de lo dispuesto por el Decreto Nº 355 del 21 de febrero de 2002.
Que corresponde efectuar una reasignación de funciones dentro de los Ministerios de Economía y de la Producción a los fines de adecuar la transferencia a la jurisdicción citada en último término, del área vinculada al transporte dispuesta por el citado Decreto Nº 473/02.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Sustitúyense de los Anexos I, II y III del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 —Organigrama de Aplicación, Objetivos y Organismos Descentralizados— los apartados VIII, XVI y XVII, correspondientes a la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, al MINISTERIO DE ECONOMIA y al MINISTERIO DE LA PRODUCCION respectivamente, los que quedarán conformados de acuerdo al detalle obrante en las planillas que, como Anexos I, II y III, forman parte integrante del presente decreto.
Art. 2º — Sustitúyese del Anexo II del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, en el apartado VI correspondiente a la SECRETARIA DE TURISMO Y DEPORTE, el objetivo 1, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"1. Entender en todo lo relativo a la promoción y desarrollo en el país de la actividad turística interna y del turismo internacional receptivo, la actividad deportiva y recreativa en todas sus formas y entender en forma conjunta con la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE LA PRODUCCION en la elaboración, ejecución, y coordinación de la política nacional de navegación aerocomercial, exclusivamente relacionada al área del Turismo, Deporte y Recreación".
Art. 3º — Suprímese del Anexo II del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, en el apartado I correspondiente a la SECRETARIA GENERAL el objetivo 19.
Art. 4º — Incorpórase en el Anexo II del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, en el apartado XIII correspondiente al MINISTERIO DEL INTERIOR, como objetivo 8 de la SECRETARIA DE COORDINACION LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA el siguiente:
"8. Integrar la conducción de la Corporación Antiguo Puerto Madero y supervisar el funcionamiento de la misma".
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE. — Jorge M. Capitanich. — Jorge Remes Lenicov. — Rodolfo Gabrielli. — José I. De Mendiguren.
ANEXO I
PRESIDENCIA DE LA NACION
VIII - SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
- SUBSECRETARIA DE COORDINACION
- SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
- SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA
- SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS
XVI - MINISTERIO DE ECONOMIA:
- SECRETARIA DE FINANZAS
- SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS
- SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO
- SECRETARIA DE HACIENDA
- SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO
- SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON PROVINCIAS
- SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS
- SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA
- SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA
- SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA
- SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL
- SUBSECRETARIA LEGAL
- SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION
- SECRETARIA DE ENERGIA
- SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA
- SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES
- SECRETARIA DE COMUNICACIONES
XVII - MINISTERIO DE LA PRODUCCION
- SUBSECRETARIA DE COORDINACION
- SECRETARIA DE LA COMPETENCIA, LA DESREGULACION Y LA DEFENSA DEL CONSUMIDOR
- SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y LA MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
- SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
- SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA
- SUBSECRETARIA DE ECONOMIA AGROPECUARIA
- SUBSECRETARIA DE POLITICA AGROPECUARIA Y ALIMENTOS
- SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
- SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA
- SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL
- SUBSECRETARIA DE MINERIA
- SECRETARIA DE TRANSPORTE
- SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES
- SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO
- SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR
ANEXO II
VIII - SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
OBJETIVOS
Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en todas las materias relacionadas con obras de infraestructura habitacionales, viales, públicas e hídricas y coordinar los planes, programas relativos a dichas obras a nivel internacional, nacional, regional, provincial y municipal que correspondan a la jurisdicción.
Entender en las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio y la ejecución de los programas y de las actividades de su competencia y en particular los que hacen al cumplimiento de los objetivos del FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA.
Entender en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/o licitaciones, como así también entender en los procesos licitatorios o contrataciones directas que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia, hasta su finalización.
Ejercer las facultades de contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de las áreas privatizadas o concesionadas de su competencia, supervisando el cumplimiento de los marcos regulatorios correspondientes.
Intervenir en todo lo atinente a los organismos descentralizados y desconcentrados del ámbito de su competencia.
Atender, cuando corresponda, los recursos de carácter administrativo que se interpongan contra las resoluciones emanadas del órgano superior de los entes descentralizados de su jurisdicción, con motivo de sus actividades específicas.
Intervenir en el diseño de la política exterior de la Nación en materia de recursos hídricos internacionales compartidos, sus cuencas, cursos de ríos sucesivos y contiguos y cuerpos de agua en general, asumiendo la representación técnica nacional en los organismos respectivos.
Entender en la elaboración y propuesta de la política nacional en materia de obra pública hidráulica y de saneamiento, supervisando su cumplimiento. Asimismo, proponer el marco regulatorio destinado a facilitar su ejecución, ejerciendo las atribuciones conferidas directamente por la normativa vigente en la materia, o las que en el futuro se le deleguen.
Ejercer el contralor del accionar del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION, del ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO y del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS y participar de las actividades del ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS.
Participar en el FONDO FIDUCIARIO DE DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA, creado por el Decreto Nº 1299 del 29 de diciembre de 2000.
Entender en la conducción de los programas nacionales de obra pública con financiamiento externo.
Supervisar el accionar del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES.
Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la elaboración, propuesta y ejecución de las políticas sobre puertos y vías navegables.
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
OBJETIVOS
Asistir al Secretario de Obras Públicas efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención y administración de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Asistir al Secretario de Obras Públicas en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria, en la evaluación de su cumplimiento y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.
Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones o disposiciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la Secretaría y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.
Supervisar el desarrollo, implementación y mantenimiento de los sistemas informáticos y de comunicaciones y sus condiciones de seguridad.
Coordinar el archivo de la documentación administrativa, determinando para cada trámite las unidades organizativas de la Secretaría con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.
Coordinar en lo atinente a las cuestiones administrativas de las áreas que conforman la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION y las entidades descentralizadas dependientes de la misma.
Coordinar la aplicación de políticas de recursos humanos, organización y sistemas administrativos, ordenar la realización de las investigaciones administrativas que involucren cuestiones disciplinarias dando lugar a la instrucción de las informaciones sumarias y sumarios administrativos correspondientes.
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA
OBJETIVOS
Asistir al Secretario de Obras Públicas en la elaboración, realización y financiación de programas de vivienda y planeamiento urbano del Sector Público Nacional o Provincial.
Asistir al Secretario de Obras Públicas en la coordinación y fiscalización de la ejecución que realicen el Estado Nacional, las Provincias, Municipios y el GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, en lo concerniente a los planes de vivienda y el planeamiento urbano, acorde con el régimen de asentamiento humano que establezca la política de ordenamiento territorial.
Intervenir en la promoción del desarrollo de técnicas y sistemas de construcción de viviendas y obras para el desarrollo de los asentamientos humanos.
Promover la inversión de recursos en el campo de la vivienda.
SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
OBJETIVOS
Asistir al Secretario de Obras Públicas en la elaboración y ejecución de la política nacional de obras públicas y proponer el marco regulatorio relativo al manejo de las obras públicas no hídricas y viales, vinculando y coordinando la acción de las demás jurisdicciones y organismos intervinientes en la problemática de las áreas de su competencia.
Intervenir en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional que otros países u organismos internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de los objetivos y políticas de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS.
Asistir en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/o licitaciones, como así también entender en los procesos licitatorios o contrataciones directas quese efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia, hasta su finalización.
Coordinar los estudios para la actualización de la normativa vigente, en lo referente a modalidades operativas, aptitud técnica de equipos, seguros, régimen de tarifas, cánones, aranceles y tasas y toda otra normativa vinculada con las acciones de su competencia.
Ejercer las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades de su competencia.
Entender en todo lo relacionado con el Registro Nacional de Constructores y de Firmas Consultoras de Obras Públicas.
Intervenir en la legislación, reglamentación y fiscalización de los sistemas de reajuste del costo de las obras, los trabajos públicos o de saldos de deudas a cargo de la Administración Nacional.
Ejercer y coordinar la representación de la REPUBLICA ARGENTINA ante los organismos y entidades internacionales en el área de su competencia, y coordinar la participación del sector privado en los mismos, si así correspondiera.
Entender en la propuesta de políticas relativas a la construcción, conservación y reciclaje de edificios fiscales y a la restauración y conservación de monumentos históricos nacionales.
Celebrar convenios con las Provincias, Municipios y/u otras entidades para el desarrollo e implementación de los programas y acciones de su competencia.
Ejercer el contralor del accionar de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD.
Asistir al Secretario de Obras Públicas en el contralor del accionar de los entes descentralizados vinculados al área de su competencia.
Participar en el FIDEICOMISO DE INFRAESTRUCTURA VIAL, creado por el Decreto Nº 1377 del 1º de noviembre de 2001.
Asistir en la supervisión del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES
SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS
OBJETIVOS:
Asistir al Secretario de Obras Públicas en la elaboración y ejecución de la política hídrica nacional y en la propuesta del marco regulatorio relativo al manejo de los recursos hídricos, vinculando y coordinando la acción de las jurisdicciones y organismos intervinientes.
Asistir al Secretario de Obras Públicas en la ejecución de programas y acciones vinculados a la gestión de recursos hídricos internacionales compartidos, sus cuencas, cursos de aguas sucesivos y contiguos, regiones hídricas interprovinciales y cuerpos de agua en general, representando al ESTADO NACIONAL en coordinación con los organismos y jurisdicciones involucradas.
Asistir al Secretario de Obras Públicas en la formulación y ejecución de programas y acciones de gestión y desarrollo de infraestructura y servicios vinculados a los recursos hídricos en lo que respecta a su construcción, operación, mantenimiento, control y regulación, a nivel internacional, nacional, regional, provincial y municipal, promoviendo los mecanismos de participación del sector privado y de la comunidad, en los casos que corresponda.
Asistir al Secretario de Obras Públicas en la ejecución de la política nacional de prestación de los servicios públicos y de abastecimiento de agua potable, evaluación y saneamiento básico.
Supervisar el accionar del Instituto Nacional del Agua.
Ejercer las facultades inherentes a la Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión de Servicio Público celebrado entre el Gobierno Nacional y AGUAS ARGENTINAS S.A. que fuera aprobado por Decreto Nº 787/93, en el marco de la Ley Nº 23.696.
Asistir al Secretario de Obras Públicas en el contralor del accionar de los entes descentralizados vinculados al área de su competencia.
Participar en el FIDEICOMISO DE INFRAESTRUCTURA HIDRICA creado por el Decreto Nº 1381 del 1º de noviembre de 2001.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.