CONTRATOS

Rango Decreto
Publicación 2020-05-16
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CONTRATOS

Decreto 476/2020

**DCTO-2020-476-APN-PTE

parcialmente el “Programa de Apoyo a la Asistencia Local en la

Emergencia”.**

Ciudad de Buenos Aires, 16/05/2020

VISTO

el Expediente N° EX-2020-24815087-APN-CGD#SGP y el Modelo de Contrato

de Préstamo ARG-46/2020 propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA

ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL

PLATA (FONPLATA), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo

de Contrato de Préstamo ARG-46/2020, el FONDO FINANCIERO PARA EL

DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA) se compromete a asistir

financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la

ejecución del “Programa de Apoyo a la Asistencia Local en la

Emergencia”, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOCE

MILLONES (USD 12.000.000).

Que el objetivo del Programa es

fortalecer a los gobiernos locales en la implementación de las

políticas de protección y asistencia para la emergencia sanitaria

derivada de la propagación del COVID-19 en los países miembros y sus

efectos inmediatos.

Que objetivos específicos del referido

Programa son: i) Generar condiciones para garantizar el cumplimiento

efectivo de las medidas de aislamiento social, ii) Fortalecer las

capacidades de asistencia y atención del sistema de salud para la

atención de la emergencia sanitaria local, iii) Implementar medidas de

protección para las poblaciones más vulnerables a la crisis y iv)

Difundir soluciones específicas y buenas prácticas que puedan ser

utilizadas por los gobiernos locales.

Que el referido Programa

se estructura en TRES (3) componentes: (i) Respuesta a la Emergencia,

el cual se divide en TRES (3) Subcomponentes: 1.1. Apoyo al Sistema

Sanitario en la emergencia, 1.2 Fortalecimiento de las acciones de

protección y asistencia de grupos vulnerables y 1.3 Apoyo a medidas de

aislamiento; (ii) Coordinación y administración y (iii) Evaluación.

Que

la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del

financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DEL INTERIOR, a

través de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS PARA EL DESARROLLO CON EQUIDAD

REGIONAL de la SECRETARÍA DE PROVINCIAS, que será la responsable del

área sustantiva, y de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS

SECTORIALES Y ESPECIALES, que actuará como responsable del área de

coordinación administrativa.

Que la formalización de esta

operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de

Prestataria y por intermedio de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS

ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, suscriba el Contrato de

Préstamo ARG-46/2020, así como toda otra documentación relacionada con

la operatoria del referido Préstamo.

Que en virtud de ello,

corresponde facultar al señor Secretario de Asuntos Estratégicos para

que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el

Contrato de Préstamo y acuerde las modificaciones que sean convenientes

para la ejecución del “Programa de Apoyo a la Asistencia Local en la

Emergencia”, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al

objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto

o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.

Que las

condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés

y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo

ARG-46/2020 propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan

en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y

objetivos para los que será destinado el referido Préstamo.

Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención de su competencia.

Que

la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido en el

artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en el artículo 53 de

la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO

1º.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo ARG-46/2020 a

celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL

DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), por un monto de hasta

DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MILLONES (USD 12.000.000), destinado a

financiar parcialmente el “Programa de Apoyo a la Asistencia Local en

la Emergencia”, que consta de las Estipulaciones Especiales integradas

por SIETE (7) Capítulos, de las Normas Generales integradas por ONCE

(11) Capítulos y de UN (1) Anexo Único, que como ANEXO I

(IF-2020-25062874-APN-SSRFID#SAE) integra la presente medida. Asimismo,

se adjunta como ANEXO II (IF-2020-25063153-APN-SSRFID#SAE) la “Política

para la Adquisición de Bienes, Obras y Servicios en Operaciones

Financiadas por FONPLATA”.

ARTÍCULO 2º.- Facúltase al señor

Secretario de Asuntos Estratégicos de la Presidencia de la Nación, o al

funcionario o funcionarios que este designe, a suscribir, en nombre y

representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo ARG-

46/2020 y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba

en el artículo 1º de la presente medida, como así también sus

modificaciones.

ARTÍCULO 3º.- Facúltase al señor Secretario de

Asuntos Estratégicos de la Presidencia de la Nación, o al funcionario o

funcionarios que este designe, a convenir y suscribir, en nombre y

representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de

Préstamo ARG-46/2020, cuyo Modelo se aprueba en el artículo 1º de la

presente medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales en el

objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto

o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.

ARTÍCULO

4º.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Programa de Apoyo a la

Asistencia Local en la Emergencia” al MINISTERIO DEL INTERIOR, a través

de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS PARA EL DESARROLLO CON EQUIDAD

REGIONAL de la SECRETARÍA DE PROVINCIAS, que será la responsable del

área sustantiva, y de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS

SECTORIALES Y ESPECIALES, que actuará como responsable del área de

coordinación administrativa, quedando esta última facultada para

realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la

ejecución operativa, administrativa, presupuestaria y financiera

contable del mencionado Programa, conforme las normas y procedimientos

contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo que se aprueba por el

artículo 1° de la presente medida.
ARTÍCULO 5º.- Facúltase a la

SECRETARÍA DE PROVINCIAS del MINISTERIO DEL INTERIOR a suscribir

Convenios de Adhesión con cada una de las jurisdicciones intervinientes

en la ejecución del “Programa de Apoyo a la Asistencia Local en la

Emergencia”.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ -

Santiago Andrés Cafiero - Martín Guzmán

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/05/2020 N° 20092/20 v. 16/05/2020

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link: AnexoI, AnexoII)*

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.