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TRATADO ANTARTICO

Texto vigente a fecha 1970-01-02

**TRATADO ANTÁRTICO

Decreto 477/2019

DECTO-2019-477-APN-PTE - Apruébase medida.**

Ciudad de Buenos Aires, 11/07/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-26270147-APN-DGD#MRE, la XXXII Reunión

Consultiva del Tratado Antártico celebrada entre los días 6 y 17 de

abril de 2009 en Baltimore, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, y

CONSIDERANDO:

Que la REPÚBLICA ARGENTINA es Parte Consultiva del Tratado Antártico, aprobado por Ley Nº 15.802.

Que en la referida XXXII Reunión Consultiva del Tratado Antártico la

REPÚBLICA ARGENTINA estuvo representada por los delegados oportunamente

designados al efecto.

Que, en dicha ocasión, se adoptó por consenso la Medida 15 (2009) que

refiere a “El desembarco de personas de buques de pasajeros en el Área

del Tratado Antártico”, la cual, conforme con lo establecido por el

Artículo IX del Tratado Antártico, entrará en vigor cuando sea aprobada

por todas las Partes Contratantes con facultades para participar en la

Reunión Consultiva en la cual se adoptó la medida.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el presente decreto para aprobar la citada Medida 15 (2009).

Que la Dirección Nacional del Antártico, la Dirección Nacional de

Política Exterior Antártica, la SUBSECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA Y

ATLÁNTICO SUR, la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR y

la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES Y CULTO han tomado intervención en el ámbito de sus

respectivas competencias.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS y la DIRECCIÓN GENERAL DE

CONSEJERÍA LEGAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han

tomado intervención en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la Medida N° 15 (2009), adoptada en la XXXII

Reunión Consultiva del Tratado Antártico, celebrada entre los días 6 y

17 de abril de 2009 en Baltimore, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, que como

ANEXO (IF-2019-14515279-APN-SECCYPE#MRE) forma parte integrante de la

presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Notifíquese esta aprobación a las Partes Consultivas del Tratado Antártico.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Jorge Marcelo Faurie

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 12/07/2019 N° 49977/19 v. 12/07/2019

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link: Anexos)*