MINISTERIO DE DEFENSA

Rango Decreto
Publicación 2013-05-17
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
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MINISTERIO DE DEFENSA

Decreto 487/2013

Dase por autorizado sistema de solución de controversias previsto en contratos.

Bs. As., 2/5/2013

VISTO los Expedientes Nros. 27.036/2011 y 14.523/2012 ambos del MINISTERIO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 40 de la Ley Nº 11.672 COMPLEMENTARIA PERMANENTE DE

PRESUPUESTO (t.o. 2005) dispone que “...el PODER EJECUTIVO NACIONAL

queda facultado para someter a eventuales controversias con personas

extranjeras a jueces de otras jurisdicciones, tribunales arbitrales con

dirimente imparcialmente designado o a la CORTE INTERNACIONAL DE

JUSTICIA DE LA HAYA”.

Que en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA se han celebrado contratos

con el objeto de adquirir bienes con empresas internacionales.

Que dichos contratos establecen la aplicación de las leyes de la

PROVINCIA DE ONTARIO, CANADA y las leyes italianas, según el caso, y la

prórroga de jurisdicción a favor de tribunales arbitrales.

Que teniendo en cuenta lo precedentemente descripto corresponde al

PODER EJECUTIVO NACIONAL proceder a dar por autorizado el sistema de

solución de controversias previsto en los aludidos contratos.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente se dicta de conformidad con lo establecido en el

Artículo 40 de la Ley Nº 11.672 COMPLEMENTARIA PERMANENTE DE

PRESUPUESTO (t.o. 2005).

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dase por

autorizado el sistema de solución de controversias previsto en los

contratos a los que se alude en los considerandos de la presente medida.

Art. 2° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Arturo A.

Puricelli.

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