MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS

Rango Decreto
Publicación 2003-07-23
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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DECRETO 491/2003

MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS

Decláranse, bien de interés histórico

nacional al sector de la traza urbana de Carmen de Patagones, partido

de Patagones, provincia de Buenos Aires; monumentos históricos

nacionales a determinados inmuebles; lugares históricos nacionales a

diversos sitios de la mnecionada ciudad y bienes de interés histórico y

cultural de la Nación a los trofeos existentes en la Iglesia Parroquial

de Nuestra Señora del Carmen y a los archivos conservados en el Museo

Histórico Regional "Emma Nozzi", también de la ciudad de Carmen de

Patagones. Modificación del Decreto Nº 5407/62, en relación con la

nueva localización de los restos del Comandante Luis Piedrabuena, en la

citada Iglesia Parroquial.

Bs. As. 21/7/2003

VISTO el expediente Nº 3409/2002 de la SECRETARIA DE CULTURA de la

PRESIDENCIA DE LA NACION, por el cual se propone la declaración como

bien de interés histórico nacional del casco antiguo de CARMEN DE

PATAGONES, en reconocimiento a su calidad de poblado histórico; de

algunos inmuebles y objetos como monumentos históricos nacionales;

lugares históricos nacionales; y bienes de interés histórico y cultural

de la Nación, y del sepulcro del Comandante Luis PIEDRABUENA como

monumento histórico, modificando en forma parcial lo dispuesto por el

decreto 5407 del 12 de junio de 1962, a los fines de actualizar el

lugar donde descansan sus restos, y

CONSIDERANDO:

Que la fundación de Carmen de Patagones por Francisco de Viedma el

22 de abril de 1779 fue parte del Plan Patagónico, instituido por el

Rey Carlos III mediante real orden del 23 de marzo de 1778 para

formar una red de nuevas poblaciones a fin de consolidar la

soberanía sobre el litoral patagónico.

Que como única población subsistente del sistema mencionado, Carmen

de Patagones fue durante muchos años el último baluarte austral de

la presencia rioplatense en el Atlántico Sur, y como tal defendió

los intereses argentinos en muchas circunstancias, pero

especialmente en la heroica jornada del 7 de marzo de 1827, cuyos

trofeos conserva la Iglesia Parroquial de Nuestra Señora del Carmen

de dicha ciudad.

Que constituyó un centro de confluencia cultural y relaciones

comerciales entre las comunidades indígenas de la región, y todas

ellas con la población hispano - criolla local y con la comarca

bonaerense.

Que esa pacífica y constante convergencia étnica y cultural fue

reconocida, entre otros, por San Juan Bosco, quien dispuso

establecer allí el primer centro misional salesiano para la

Patagonia, y por monseñor José Fagnano y sor Ángela Vallese quienes

concretaron un proyecto de la Iglesia Católica para fundar en Carmen

de Patagones el Colegio de Santa María de las Indias, para la

educación común, interétnica, de niñas criollas e indígenas.

Que en la misma ciudad han tenido residencia figuras muy ilustres de

la historia nacional, como Ambrosio Mitre y su hijo el General

Bartolomé Mitre, el Comodoro Martín Rivadavia, y el Comandante Luis

Piedrabuena, este último nativo del lugar.

Que por el decreto 5407/1962 fue declarado monumento histórico el

sepulcro donde descansaban los restos del Comandante Luis

Piedrabuena, en el Cementerio de la Recoleta, de la Ciudad de Buenos

Aires, los que posteriormente, el 24 de agosto de 1987, fueron

trasladados al mausoleo erigido en la iglesia de Nuestra Señora del

Carmen, en Carmen de Patagones, por lo que corresponde modificar

dicha declaratoria, incluyendo su actual ubicación.

Que la citada Ciudad de Carmen de Patagones conserva un conjunto de

edificios construidos a partir de fines del siglo XVIII, algunos de

los cuales son testimonios memorables del acervo histórico nacional

y también muestras significativas de tipologías arquitectónicas

particulares.

Que, en cuanto conjunto urbano, mantiene una red de calles con

formas adaptadas a la topografía y un perfil característico de casas

bajas escalonadas en la barranca del río Negro, con las torres del

antiguo fuerte y de la iglesia matriz, en el sitio más alto,

generando un paisaje armonioso y original, por lo poco común en

nuestro país.

Que el Museo Histórico Regional " Emma Nozzi" del Banco de la

Provincia de Buenos Aires, conserva en su sede de Carmen de

Patagones el archivo documental más antiguo y valioso del sur

argentino.

Que el Poder Ejecutivo de la provincia de Buenos Aires a través de

los decretos 2141/1986 y 8578/1986 ha declarado al casco antiguo de

Carmen de Patagones como centro histórico provincial y polo de

desarrollo turístico de la provincia de Buenos Aires, y como de

interés provincial a las acciones para su preservación,

revitalización y recuperación del patrimonio habitacional.

Que la municipalidad del Partido de Patagones, en el marco del

convenio celebrado el 22 de abril de 1986 con la Comisión Nacional

de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, la provincia de

Buenos Aires y el Banco de la Provincia de Buenos Aires, ha

promulgado las ordenanzas municipales 1571/1987 y 478/1990 con la

delimitación y normativa de conservación y puesta en valor del

centro histórico de la ciudad.

Que en Carmen de Patagones la topografía del terreno en pendiente

determinó que sus primeros pobladores excavaran viviendas en el

talud de la barranca, formando las denominadas cuevas maragatas.

Que la división parcelaria posterior ha deslindado los lotes de tal

manera que esas cuevas han resultado incorporadas a la parcela

trasera y de cota superior a aquella donde se asienta el edificio

principal.

Que en dos casas históricas existen cuevas en esa situación y su

salvaguarda requiere una afectación parcial de aquel sector del

subsuelo del predio a cuya superficie resultan jurídicamente

integradas.

Que la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares

Históricos aconseja la declaratoria como bien de interés histórico

nacional del casco antiguo de Carmen de Patagones en reconocimiento

de su calidad de poblado histórico.

Que la misma Comisión propone además, declaratorias específicas de

monumentos históricos nacionales para algunos edificios memorables;

de lugares históricos nacionales para los predios donde otros

existieron, y como bienes de interés histórico y cultural de la

Nación los trofeos del 7 de marzo de 1827 y los fondos documentales

del Museo Histórico Regional " Emma Nozzi" del Banco de la Provincia

de Buenos Aires.

Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido en el

art. 4 de la ley 12665 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º.- Declárase bien de interés histórico nacional, en

reconocimiento de su calidad de poblado histórico, al sector de la

traza urbana de Carmen de Patagones, Partido de Patagones, provincia

de Buenos Aires, delimitado por: la costa norte del río Negro desde

la calle Bernardino Rivadavia hasta encontrarse con la proyección de

la línea que determina la separación de la parcela 13 del resto de

las parcelas que conforman la quinta 123; la línea separatoria

constituida por la división de la quinta 124 con la manzana 124 a,

exceptuando la incorporación al casco histórico de la parcela 9 -

quinta 124 y las construcciones existentes en ella, las que también

deberán respetar lo normado para las edificaciones del área

histórica; la vivienda ubicada sobre la intersección de la calle

Pérez Brito y la proyección de la calle F. Pita ubicada sobre la

parcela 7 - quinta 125; la línea demarcatoria - siempre con criterio

frentista - que prosigue a través de las calles Pérez Brito y su

continuación Zambonini, hasta llegar a Marcelino Crespo y por ésta

con continuación sobre calle 7 de Marzo hasta Bernardino Rivadavia,

y por ésta hasta su intersección con el río Negro.

Art. 2º.- Decláranse monumentos históricos nacionales a cada uno de

los inmuebles siguientes situados en la ciudad de Carmen de

Patagones, Partido de Patagones, provincia de Buenos Aires:

1) Iglesia Parroquial de Nuestra Señora del Carmen, ubicada en

Comodoro Rivadavia 175 (Datos catastrales: secc. 1, circunscripción

C, manzana 262, parcela 3);

2) Antigua vivienda del vecino fundador Bernardo Bartuille, hoy Casa

de la Cultura de la municipalidad de Patagones, ubicada en Mitre y

Comodoro Rivadavia (Datos catastrales: secc. 1, circunscripción C:

manzana 274, parcela 8);

3) Casa histórica "La Carlota", actual anexo del Museo Histórico

Regional " Emma Nozzi" ubicada en Mitre y Bynon (Datos catastrales:

secc. 1, circunscripción C: manzana 275, parcelas 12 y 13);

4) Antigua vivienda de la familia Rial, conocida también como "Casa

de Mitre" y como "Rancho de Rial" con su cueva maragata anexa,

ubicada en Mitre S/N (Datos catastrales: secc. 1, circunscripción C,

manzana 273, parcela 15 c y afectación parcial de subsuelo de la 15

b por la cueva maragata);

5) Antigua casa de la Real Hacienda conocida también como "Capilla

Vieja" - ex sede de la Firma Aguirre y Murga y del Colegio Salesiano

de Santa María de las Indias y de las sucursales de los bancos de la

provincia de Buenos Aires y de la Nación Argentina - actualmente

llamada "Casa Histórica del Banco de la Provincia de Buenos Aires en

Carmen de Patagones" y sede del Museo Histórico Regional " Emma

Nozzi" del mismo Banco con su cueva maragata anexa, ubicada en José

Juan Biedma 62/64 (Datos catastrales: secc. 1, circunscripción C,

manzana 282, parcela 1d y afectación parcial de subsuelo de las

parcelas 1a y 1b por las cuevas maragatas);

6) Antigua casa de Andrés García, ubicada en Mitre y Bynon (Datos

catastrales: secc. 1, circunscripción C, manzana 282, parcela 8); y

7) Casa que perteneció al Cardenal Juan Cagliero, actual anexo del

Museo Histórico Regional " Emma Nozzi" del Banco de la Provincia de

Buenos Aires, ubicada en José J. Biedma 56/58. (Datos catastrales:

secc. 1, circunscripción C, manzana 282, parcela 2b).

Art. 3º.- Decláranse lugares históricos nacionales a los siguientes

sitios de la ciudad de Carmen de Patagones, Partido de Patagones,

provincia de Buenos Aires:

1) Solares del Antiguo Fuerte de Nuestra Señora del Carmen y su

Plaza de Armas, ubicados entre las calles 7 de Marzo, Bynon, Doctor

Baraja y Olivera (Datos catastrales: secc. 1, circunscripción C,

manzanas 262 y sin número, correspondiente a la actual Plaza "7 de

Marzo");

2) Solar de la casa natal del Comandante Luis Piedrabuena ubicado en

calle Roca y ribera del río Negro (datos catastrales: secc. 1,

circunscripción C, manzana sin número correspondiente al paseo

costanero);

3) Solar de la casa particular de Ambrosio Mitre y su familia,

ubicado en calle Harostegui sin número, entre Villegas y Zambonini

(Datos catastrales: secc. 1, circunscripción C, manzana 227, parcela

10);

4) Solar que ocupó la vivienda familiar del Comodoro Martín

Rivadavia, ubicado en la calle Comodoro Rivadavia y Alsina, actual

Sucursal Patagones del Banco de la Provincia de Buenos Aires. (Datos

catastrales: secc. 1, circunscripción C, manzana 225, parcela 8).

Art. 4º.- Decláranse bienes de interés histórico y cultural de la

Nación, a los trofeos de la heroica acción del 7 de marzo de 1827,

existentes en la Iglesia Parroquial de Nuestra Señora del Carmen, y

a los archivos conservados en el Museo Histórico Regional " Emma

Nozzi" del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en la Ciudad de

Carmen de Patagones, Partido de Patagones, provincia de Buenos

Aires.

Art. 5º.- Modifícase en forma parcial el art. 1 del decreto 5407 del

12 de junio de 1962 en lo concerniente a la declaratoria de

monumento histórico del sepulcro donde descansaban a esa fecha los

restos del Comandante Luis Piedrabuena, cambiando el lugar de su

ubicación en la sepultura que ahí se menciona del Cementerio de la

Recoleta de la Ciudad de Buenos Aires, por su nueva localización en

el mausoleo erigido en la Iglesia Parroquial de Nuestra Señora del

Carmen, en la Ciudad de Carmen de Patagones, provincia de Buenos

Aires.

Art. 6º.- La Comisión Nacional

de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos realizará las gestiones

y procedimientos establecidos en los arts. 3, 4 y 6 de la ley 12665,

modificada por la ley 24252 ; arts. 1 y 2 del decreto 9830/1951,

y en los arts. 8 (modificado por el decreto 144643/1943 ), 9 , 10

y 11 de su decreto reglamentario 84005/1941, notificando a las partes

interesadas los alcances y contenidos de las disposiciones citadas y

las responsabilidades previstas en el art. 8 de la ley citada en primer

término y en los arts. 40 , 41 y 42 de su reglamentación, así como

también practicará las inscripciones correspondientes en los Registros

Catastrales y de la Propiedad Inmueble.

Art. 7º.- Comuníquese,

publìquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. - KIRCHNER - Alberto A. Fernández - Anibal D. Fernández

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