MINISTERIO DE SEGURIDAD

Rango Decreto
Publicación 2019-07-19
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
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MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decreto 495/2019

DECTO-2019-495-APN-PTE - Autorización.

Ciudad de Buenos Aires, 18/07/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-56792942-APN-SSGA#MSG y la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), y

CONSIDERANDO:

Que el segundo párrafo del artículo 53 de la Ley N° 11.672

Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) dispone que “...el

PODER EJECUTIVO NACIONAL queda facultado para someter eventuales

controversias con personas extranjeras a jueces de otras

jurisdicciones, tribunales arbitrales con dirimente imparcialmente

designado o a la CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA DE LA HAYA”.

Que con fecha 28 de marzo de 2011, el MINISTERIO DE SEGURIDAD suscribió

un Memorándum de Entendimiento con la CORPORACIÓN COMERCIAL CANADIENSE

(CCC), relativo a transacciones Gobierno a Gobierno para la compra de

equipamiento de seguridad, materiales y sistemas y/o servicios a ser

llevadas a cabo por y entre las partes.

Que las transacciones cubiertas resultan Acuerdos de Gobierno a Gobierno.

Que en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, se encuentra en trámite

un proyecto de Convenio para la Compraventa de Equipamiento entre la

CORPORACIÓN COMERCIAL CANADIENSE (CCC) y dicho Ministerio para la

adquisición de una aeronave con destino a la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA.

Que para el caso eventual de conflictos derivados de la ejecución del

acuerdo y dado su carácter resulta conveniente disponer que cualquier

controversia que surja entre las partes se resuelva a través de

arbitraje de derecho de conformidad con el REGLAMENTO DE ARBITRAJE DE

LA COMISIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DERECHO MERCANTIL

INTERNACIONAL (CNUDMI).

Que deviene aconsejable determinar que la sede del arbitraje resulte la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, REPÚBLICA ARGENTINA y de aplicación la

ley nacional.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente acto se dicta de conformidad a las facultades otorgadas

en el segundo párrafo del artículo 53 de la Ley N° 11.672

Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase al MINISTERIO DE SEGURIDAD a acordar en el

Convenio para la Compraventa de Equipamiento entre la CORPORACIÓN

COMERCIAL CANADIENSE (CCC) y dicho Ministerio para la adquisición de

una aeronave con destino a la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA un sistema de

solución de controversias a través de arbitraje de conformidad con el

REGLAMENTO DE ARBITRAJE DE LA COMISIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL

DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL (CNUDMI). El tribunal que se designe

deberá tener su sede en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, REPÚBLICA

ARGENTINA y resolver exclusivamente diferendos de interpretación del

Derecho siendo de aplicación para su resolución las leyes nacionales.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña - Patricia Bullrich

e. 19/07/2019 N° 52536/19 v. 19/07/2019

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