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MINISTERIO DE SALUD

Texto vigente a fecha 1970-01-02

MINISTERIO DE SALUD

Decreto 497/2017

Desígnase Directora Nacional del Servicio Nacional de Rehabilitación.

Ciudad de Buenos Aires, 12/07/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-02696521-APN-DD#MS, el Presupuesto

General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017 aprobado

por la Ley N° 27.341, los Decretos Nros. 627 del 3 de mayo de 2010 y

355 de fecha 22 de mayo de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.341, se estableció que no se

podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de

su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa

autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el artículo 10 de la citada Ley se dispuso que las facultades

otorgadas por dicha Ley al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser

asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable

político de la administración general del país y en función de lo

dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que por el Decreto N° 355/17 se dispuso, que las designaciones

correspondientes a cargos de Subsecretario, o de rango o jerarquía

equivalente o superior, y de titulares o integrantes de órganos

superiores de entes descentralizados, cualquiera sea su denominación o

naturaleza jurídica, serán efectuadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que por el Decreto N° 627/10, se aprobó la estructura organizativa del

primer nivel operativo del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN,

organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS,

REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD.

Que en el ámbito de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS

del MINISTERIO DE SALUD, se encuentra vacante el cargo de Director

Nacional del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN, Nivel A - Grado 0,

Función Ejecutiva de Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO

(SINEP) aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL

homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus

modificatorios y complementarios.

Que atento a la naturaleza de dicho cargo y a efectos de contribuir al

normal cumplimiento de las acciones que tiene asignadas la unidad

orgánica a la que corresponde el cargo en cuestión, resulta necesario

proceder a su cobertura transitoria exceptuándolo a tal efecto de lo

dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 27.341 y con autorización

excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el

artículo 14 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL del PERSONAL

DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el

Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y

complementarios.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y de

conformidad con lo dispuesto por los artículos 7º y 10 de la Ley Nº

27.341 y 1º del Decreto Nº 355 de fecha 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º - Desígnase con carácter transitorio y por el término de

CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la

presente medida, a la Doctora Vanesa Noemí DIAZ (D.N.I. N° 30.460.575)

en el cargo de Directora Nacional del SERVICIO NACIONAL DE

REHABILITACION, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA

DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, Nivel A

el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº

2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y

complementarios, autorizándose el correspondiente pago de la Función

Ejecutiva de Nivel I de dicho Convenio, con autorización excepcional

por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del

mencionado Convenio y con carácter de excepción a lo dispuesto por el

artículo 7° de la Ley N° 27.341.
ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1º deberá ser

cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según

lo establecido, respectivamente, en los Títulos II - Capítulos III, IV

y VIII- y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado

por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el

Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y

complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles

contados a partir del dictado de la presente medida.

ARTÍCULO 3º - El gasto que demande el cumplimiento del presente será

atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente

de la Jurisdicción 80 – MINISTERIO DE SALUD.

ARTÍCULO 4º - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Jorge Daniel Lemus.

e. 13/07/2017 N° 50213/17 v. 13/07/2017