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INST. DE AYUDA FINAN. P/ PAGO DE RET. Y PENS. MIL

Texto vigente a fecha 1970-01-02

**INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES

MILITARES**

Decreto 499/97

**Modifícase el Decreto N° 1494/93 y desígnase

Director.**

Bs. As., 30/5/97

B.O: 10 / 6 /97

VISTO lo informado por el señor Jefe del Estado Mayor General

de la Fuerza Aérea, lo propuesto por el señor Ministro

de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que el Comodoro (R) D. Antonio Francisco RIZZO CORALLO - M. I.

N° 6.492.741, fue nombrado por Decreto N° 1494 de fecha

14 de julio de 1993, desde el 1° de enero de 1993 hasta el

31 de diciembre de 1997, como Director del INSTITUTO DE AYUDA

FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES.

Que el período a cumplir en el cargo es de CUATRO (4) años

de acuerdo a la Ley N° 22.919 de fecha 16 de noviembre de

1983.

Que a tal efecto, se hace necesario regularizar el período

mencionado estableciendo el 31 de diciembre de 1996 como fecha

de finalización del mandato del citado Oficial Superior,

y por lo tanto nombrar a su reemplazante.

Que asimismo, resulta necesario proceder a cubrir dicho cargo.

Que el acto propuesto encuadra en las atribuciones conferidas

al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 99 inciso

12 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-Sustitúyese el Artículo

1° del Decreto N° 1494 de fecha 14 de julio de 1993,

el que quedará redactado de la siguiente forma:

"ARTICULO 1°-Dase por nombrado como Director del INSTITUTO

DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES,

por el período de Ley que se inició el 1 de enero

de 1993, y vence el 31 de diciembre de 1996 al Comodoro (R) D.

Antonio Francisco RIZZO CORALLO (M. l. N° 6.492.741)".

Art. 2°-Dase por nombrado Director del INSTITUTO DE

AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, por

el período de Ley que se inicia el 1 de enero de 1997 y

vence el 31 de diciembre de año 2000, al Comodoro (R) D.

Jorge Eduardo RICCARDINI (M.I. N° 6.513.730).

Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional Del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge

Domínguez.