ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2024-01-03
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 6
Historial de reformas JSON API

**ADMINISTRACIÓN

PÚBLICA NACIONAL**

Decreto 5/2024

**DECTO-2024-5-APN-PTE - Decreto N°

50/2019. Modificación.**

Ciudad de Buenos Aires, 02/01/2024

VISTO el Expediente N° EX-2023-152639652-APN-CGD#SGP, la Ley de

Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de

marzo de 1992 y sus modificatorios), el Decreto N° 50 del 19 de

diciembre de 2019 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 8/23 se modificó en último término la Ley de

Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) estableciendo los

Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la

Nación y las Secretarías de Presidencia necesarias para posibilitar la

actividad del Presidente de la Nación.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de

la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que resulta necesario modificar el Organigrama de Aplicación y los

Objetivos de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que, asimismo, corresponde la incorporación de diversos Objetivos a la

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, dependiente de la SECRETARÍA

DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la

SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del

MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese del ANEXO I -Organigrama de Aplicación de la

Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,

aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, el Apartado I, SECRETARÍA GENERAL de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por el siguiente:

“I.- SECRETARÍA GENERAL

CASA MILITAR”.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese del ANEXO II –Objetivos-, aprobado por el

artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, el Apartado I, SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE

LA NACIÓN, por el obrante en la PLANILLA ANEXA

(IF-2023-153962841-APN-SGP) al presente artículo, que forma parte

integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 3°.- Incorpóranse al Anexo II –Objetivos-, aprobado por el

artículo 2º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, en el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,

como Objetivos 10 y 11 de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA,

dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA,

los siguientes:

“10. Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiera contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de

proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su

competencia.

11.

Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y

contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de

programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias

técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación

público-privada, en lo que es materia de su competencia”.

ARTÍCULO 4°.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las

áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales

existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente

mantendrán las acciones, dotaciones vigentes y personal con sus

respectivos cargos, niveles, situación de revista y suplementos

vigentes a la fecha.

ARTÍCULO 5°.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias

correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas

por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos

presupuestarios previstos en las Jurisdicciones y Entidades de origen.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Nicolás Posse

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/01/2024 N° 203/24 v. 03/01/2024

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial)*

**PLANILLA

ANEXA AL ARTÍCULO 2**

(ANEXO II)

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

I. - SECRETARÍA GENERAL

OBJETIVOS

1.

Asistir en forma directa al PODER EJECUTIVO NACIONAL en las

atribuciones que le asigna el artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,

en lo relativo a las actividades de su competencia.

2.

Intervenir en el seguimiento y la verificación del cumplimiento de

las directivas emanadas de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y realizar las

tareas especiales que ésta le encomiende.

3.

Asesorar a la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN sobre el diseño y

actualización de la política del PODER EJECUTIVO NACIONAL en el

contexto de la realidad mundial y nacional, así como también en materia

de consolidación del proceso democrático.

4.

Participar con el PODER EJECUTIVO NACIONAL en el diseño de políticas

públicas y en la relación con organizaciones y sectores representativos

de la comunidad.

5.

Entender en la supervisión del cumplimiento de los objetivos y metas

establecidos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

6.

Participar en la elaboración del mensaje del Presidente de la Nación

al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN sobre el estado de la Nación.

7.

Intervenir en el seguimiento de los temas que sean considerados

prioritarios por la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, informando su desarrollo

y resultado.

8.

Coordinar el análisis, desde el punto de vista político, de todas

las disposiciones que sean sometidas a consideración del PODER

EJECUTIVO NACIONAL.

9.

Intervenir en la coordinación de sus tareas con las de las distintas

Secretarías de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con las de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS y con las de las jurisdicciones ministeriales,

con el objeto de optimizar el resultado de la acción de gobierno.

10.

Entender en la coordinación de las relaciones entre el PODER

EJECUTIVO NACIONAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.

11.

Administrar y ejecutar el Presupuesto de la Jurisdicción y de los

organismos a los que preste asistencia.

12.

Participar en la asistencia en materia presupuestaria a las áreas

presidenciales de su propia jurisdicción, a las que no cuenten con

servicio administrativo financiero propio y a los organismos a los que

preste asistencia.

13.

Conducir los aspectos logísticos y administrativos, como así

también la asistencia presupuestaria para los viajes del Presidente de

la Nación y las comitivas oficiales que lo acompañen.

14.

Entender en la administración de los recursos humanos, materiales,

tecnológicos, de comunicaciones, financieros y legales afectados a la

órbita de la Jurisdicción, así como también, a las que no cuenten con

servicio administrativo financiero propio y a los organismos a los que

preste asistencia.

15.

Entender en el resguardo y preservación del patrimonio edilicio,

cultural e histórico de la Casa de Gobierno, la Residencia Presidencial

de la Quinta de Olivos, la Residencia Presidencial de Chapadmalal con

el fin de preservar la memoria histórica y cultural de la investidura

presidencial.

16.

Entender en la asistencia al Titular del PODER EJECUTIVO NACIONAL

en todo lo concerniente al ceremonial, protocolo, audiencias y

designación de comitivas y asuntos de índole privada, requiriendo de

los organismos pertinentes la colaboración necesaria para el

cumplimiento de sus funciones.

17.

Entender en la organización y logística de los eventos nacionales e

internacionales en los que la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN de la REPÚBLICA

ARGENTINA intervenga, que se realicen en territorio nacional y en el

exterior, en coordinación con las áreas competentes en la materia de la

Administración Pública Nacional.

18.

Entender en la implementación del Programa de Cobertura Médica

Presidencial y coordinar las acciones logísticas y operativas

pertinentes para el resguardo de la salud del Presidente de la Nación.

19.

Ejercer el control tutelar de los organismos descentralizados

actuantes en su órbita.

SECRETARÍA GENERAL

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1.

Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a

dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por la

SECRETARÍA GENERAL.

2.

Coordinar el Gabinete de Asesores de la Secretaría.

3.

Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en los aspectos logísticos y

administrativos propios del desarrollo de sus funciones institucionales.

4.

Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos,

herramientas y procedimientos tendientes a posibilitar la

disponibilidad de insumos de información, en coordinación con las áreas

competentes y gestionar las acciones y actividades que le delegue la

SECRETARÍA GENERAL.

5.

Intervenir en la coordinación del despacho, seguimiento y archivo de

la documentación administrativa, como así también en la derivación de

cada trámite a las dependencias de la SECRETARÍA GENERAL, así como la

de los organismos a los que preste asistencia.

6.

Supervisar y dar seguimiento al cumplimiento de la planificación

estratégica de un programa de puesta en valor edilicio, patrimonio

histórico y cultural, como así también la actualización tecnológica y

sustentable de las dependencias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en

forma conjunta con el área con competencia específica.

7.

Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las

distintas áreas de la SECRETARÍA GENERAL para la optimización de la

gestión.

8.

Coordinar los asuntos de la SECRETARÍA GENERAL relacionados con

información institucional de las áreas de la Secretaría General.

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.

Entender en el asesoramiento, coordinación y ejecución de las tareas

que le encomiende la SECRETARÍA GENERAL y en particular aquellas

destinadas a asegurar la eficacia de la gestión y el mejor cumplimiento

de sus competencias.

2.

Asistir, en el ámbito de su competencia, en materia de

asesoramiento, sobre el diseño de la política presupuestaria de la

Jurisdicción, así como también de los organismos a los que preste

asistencia, y en el control del movimiento efectivo de fondos y valores.

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas de su órbita, en la formulación y programación de la

ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten

durante el ejercicio financiero.

4.

Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en la coordinación administrativa,

financiera, de recursos humanos, informáticos y materiales, de todas

las áreas integrantes de la Jurisdicción, de las entidades

descentralizadas dependientes y organismos de la PRESIDENCIA DE LA

NACIÓN y organismos dentro del ámbito de incumbencia, a los cuales

brinde apoyo administrativo como así también en la planificación de las

actividades de coordinación administrativa.

5.

Dirigir el seguimiento y trámite de los pedidos de informes que la

SECRETARÍA GENERAL solicite en el ámbito de la Jurisdicción y a pedido

del Presidente de la Nación.

6.

Entender en la administración y coordinación de los sistemas

informáticos y de comunicaciones de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

7.

Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en lo atinente a la coordinación

administrativa de los viajes del Presidente de la Nación y las

comitivas oficiales que lo acompañen.

8.

Intervenir en la coordinación del servicio jurídico de la

Jurisdicción y la representación del Estado en juicio en las causas en

las que deba intervenir la Secretaría, sus dependencias y los

organismos a los que preste asistencia.

9.

Intervenir en los proyectos de actos administrativos vinculados con

la actividad sustantiva de la Jurisdicción.

10.

Atender la gestión económico-financiera, contable, patrimonial,

presupuestaria y de servicios de la órbita de la SECRETARÍA GENERAL y

de las Secretarías y los organismos a los que preste asistencia

11.

Intervenir como enlace de acceso a la información pública en los

términos de la Ley N° 27.275.

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL

OBJETIVOS

1.

Asesorar en la instrumentación de los planes relacionados con el

desarrollo de las políticas públicas emanadas de las propuestas

efectuadas al PODER EJECUTIVO NACIONAL.

2.

Participar en la relación con las organizaciones y los sectores

políticos, sociales, económicos y representativos de la comunidad a

nivel nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y

municipal, en el ámbito de su competencia.

3.

Entender en la elaboración de informes políticos dirigidos al

Presidente de la Nación y a la SECRETARÍA GENERAL sobre los temas que

le sean requeridos dentro del ámbito de su incumbencia.

4.

Asesorar a la SECRETARÍA GENERAL en la implementación de acciones de

coordinación y concertación que cubran las necesidades propias del

organismo; e intervenir en lo atinente a la cooperación

interinstitucional para llevar a cabo los programas de gobierno

delegados por la SECRETARÍA GENERAL.

5.

Asesorar al Presidente de la Nación y a la SECRETARÍA GENERAL en

temáticas de coyunturas político institucionales cuando le sea

requerido.

6.

Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en los asuntos vinculados a

políticas de interés para el PODER EJECUTIVO NACIONAL, cuando le sea

requerido.

7.

Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en el diseño y actualización de

políticas públicas y en programas de gobierno vinculados con las

organizaciones y sectores representativos de la comunidad.

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN GENERAL

OBJETIVOS

1.

Entender en lo relacionado con la planificación de los servicios

generales necesarios para el funcionamiento de la SECRETARÍA GENERAL,

así como también de los organismos a los que preste asistencia.

2.

Entender en la planificación y en la administración de la

Intendencia, el mantenimiento y el funcionamiento de la Casa de

Gobierno, de la Residencia Presidencial de Olivos, de la Residencia

Presidencial de Chapadmalal y de las sedes administrativas, cocheras y

transporte de la SECRETARÍA GENERAL.

3.

Entender en materia de higiene y seguridad en el trabajo y medio

ambiente en los ámbitos de residencia permanente o transitoria del

Presidente de la Nación y su grupo familiar, así como en todas las

áreas integrantes de la SECRETARÍA GENERAL, realizando la planificación

funcional y operativa para dar cumplimiento a las normas vigentes en la

materia.

4.

Intervenir en la planificación estratégica de un programa integral

para la puesta en valor edilicio de todas las sedes, como así también

del patrimonio histórico y cultural de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

5.

Diseñar la planificación y la actualización tecnológica, en forma

conjunta con el área de competencia específica, como así también la

sustentabilidad de la infraestructura de las dependencias de la

SECRETARÍA GENERAL.

6.

Monitorear y dar seguimiento a las actividades de planificación,

coordinación y ejecución relacionadas con los traslados terrestres y

traslados aéreos del Presidente de la Nación y los que le encomiende

expresamente la SECRETARÍA GENERAL para los integrantes del PODER

EJECUTIVO NACIONAL en las sedes de Casa Rosada, Residencia Presidencial

de Olivos y Residencia Presidencial de Chapadmalal, dentro y fuera del

territorio nacional, como así también el funcionamiento y mantenimiento

de la flota presidencial de aeronaves, en coordinación con la CASA

MILITAR.

7.

Gestionar la elaboración e implementación de las políticas públicas

culturales, de preservación del patrimonio edilicio e intervenir en las

actividades de investigación, conservación, restauración, difusión y

acrecentamiento del patrimonio histórico a desarrollarse en el ámbito

de la Casa de Gobierno, de la Residencia Presidencial de Olivos, de la

Residencia Presidencial de Chapadmalal y de las sedes administrativas

de la SECRETARÍA GENERAL.

8.

Entender en la planificación y gestión de las actividades del MUSEO

DEL BICENTENARIO y del Paseo de la República de la Residencia

Presidencial de Olivos.

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PRESIDENCIALES

OBJETIVOS

1.

Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en todo lo atinente a las audiencias

presidenciales.

2.

Tramitar las audiencias solicitadas al Presidente de la Nación,

tanto en el país como en el exterior, y asesorar a la SECRETARÍA

GENERAL respecto del temario, importancia, prioridad y ordenamiento de

gestión de las mismas.

3.

Participar en la coordinación y en el tratamiento de la

documentación de las cuestiones dirigidas por vía oral o escrita al

Presidente la Nación, como así también en el análisis y coordinación de

la documentación vinculada a las actividades protocolares del

Presidente de la Nación.

4.

Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en lo relativo a ceremonial y

protocolo, en coordinación con las áreas con competencia de la

Jurisdicción.

5.

Dirigir, gestionar y supervisar el cumplimiento de las actuaciones

referidas a los artículos 4° y 5° de la Ley N° 25.603 de Servicios

Aduaneros.

6.

Entender en la sistematización de los procedimientos para el

otorgamiento del padrinazgo presidencial y las declaraciones de interés

nacional.

7.

Organizar y entender en el desarrollo de todo acto y ceremonia en

donde intervenga el Presidente de la Nación y en aquellas que le

encomiende expresamente la SECRETARÍA GENERAL.

SECRETARÍA GENERAL

CASA MILITAR

OBJETIVOS

1.

Proveer la seguridad del Presidente de la Nación, del Vicepresidente

de la Nación, de los Ex Mandatarios y de sus familiares directos, como

así también de la Casa de Gobierno, Residencia Presidencial de Olivos,

Residencia Presidencial de Chapadmalal y otros lugares de residencia

transitoria del Presidente de la Nación y de su familia tanto en el

territorio nacional como en el ámbito internacional.

2.

Ejecutar, junto con la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PRESIDENCIALES, la

coordinación de las tareas de ceremonial militar del Presidente de la

Nación y atender específicamente lo concerniente al ceremonial y

protocolo del Regimiento de Granaderos a Caballo General San Martín.

3.

Planificar, coordinar, supervisar y ejecutar las actividades

relacionadas con los traslados aéreos del Presidente de la Nación y los

que le encomiende expresamente la SECRETARÍA GENERAL, para los

integrantes del PODER EJECUTIVO NACIONAL dentro y fuera del territorio

nacional.

4.

Entender en el funcionamiento y mantenimiento integral de la flota

aérea presidencial y en la capacitación según normas internacionales

del personal asignado al área.

5.

Entender en la coordinación de los efectivos de la Policía Federal

Argentina asignados a la división Custodia Presidencial, quienes

actuarán bajo la dependencia de CASA MILITAR, a través de la Agrupación

de Seguridad e inteligencia actuando de conformidad a las leyes y

reglamentos que rigen su accionar.

6.

Instruir a la Comisaría de Casa de Gobierno la actuación de las

acciones operacionales requeridas.

7.

Coordinar con la Policía Federal Argentina la seguridad exterior de

la Casa de Gobierno.

8.

Organizar, coordinar y supervisar las tareas de los agentes

subordinados a CASA MILITAR, Regimiento de Granaderos a Caballo General

San Martín, Policía Federal Argentina, Policía Aeroportuaria y las

Fuerzas Policiales provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES, para el desarrollo de los protocolos de seguridad vinculados al

Presidente de la Nación.

9.

Entender en la aprobación, establecimiento y ejecución de las normas

de acceso para la seguridad integral de la Casa Rosada, la Residencia

Presidencial de Olivos y Residencia Presidencial de Chapadmalal, como

así también las sedes administrativas de la SECRETARÍA GENERAL.

IF-2023-153962841-APN-SGP

[IMG]

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de InfoLEG, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. InfoLEG
CC-BY 4.0 (atribución obligatoria a SAIJ)
Datos legislativos provistos por el Ministerio de Justicia de la República Argentina a través de la Dirección Nacional del Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ). Publicados en https://datos.jus.gob.ar bajo licencia Creative Commons Atribución 4.0 Internacional.