ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Rango Decreto
Publicación 2025-07-29
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Decreto 512/2025

DECTO-2025-512-APN-PTE - Apruébase estructura organizativa.

Ciudad de Buenos Aires, 28/07/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-31008013-APN-SDYME#ENACOM, los Decretos

Nros. 267 del 29 de diciembre de 2015, 914 del 4 de agosto de 2016 y la

Decisión Administrativa N° 682 del 14 de julio de 2016 y su

modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 267/15 se creó el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

como ente autárquico y descentralizado en el ámbito del ex-MINISTERIO

DE COMUNICACIONES.

Que por el Decreto Nº 914/16 se crearon, con dependencia del Directorio

del citado Ente, los cargos extraescalafonarios de Coordinador General

de Asuntos Ejecutivos y de Coordinador General de Asuntos Técnicos,

ambos con rango y jerarquía de Subsecretario.

Que por la Decisión Administrativa N° 682/16 y su modificatoria se

aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del ENTE

NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado actuante en la

órbita de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, con el objeto de optimizar la gestión del citado Organismo,

procede aprobar una nueva estructura organizativa de primer nivel

operativo, así como suprimir los referidos cargos extraescalafonarios.

Que la presente medida no implica incremento en la cantidad de unidades

organizativas que conforman la Administración Pública Nacional.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE

TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE

DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO y la OFICINA NACIONAL DE

PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE

HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención de su

competencia.

Que el servicio jurídico correspondiente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel

operativo del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM), organismo

autárquico y descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE

INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades

Primarias y Acciones que, como ANEXOS I

(IF-2025-31306028-APN-ENACOM#JGM) y II

(IF-2025-71054329-APN-ENACOM#JGM), forman parte integrante del presente

decreto.

ARTÍCULO 2°.- Facúltase al titular del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

(ENACOM), organismo autárquico y descentralizado actuante en la órbita

de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS, a aprobar la estructura organizativa de nivel

inferior a la aprobada por el artículo 1° del presente decreto, previa

intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la

SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del

MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.

ARTÍCULO 3°.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las

áreas afectadas por la presente medida se mantendrán vigentes las

aperturas estructurales existentes de nivel inferior a las aprobadas

por el presente decreto, las que transitoriamente mantendrán las

acciones y las dotaciones vigentes con sus respectivos cargos, niveles,

grados de revista y suplementos vigentes a la fecha.

ARTÍCULO 4º.- Derógase el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 682 del 14 de julio de 2016.
ARTÍCULO 5º.- Derógase el artículo 2° del Decreto Nº 914 de 4 de agosto de 2016.
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente

medida será atendido con los créditos asignados a la Entidad 207 - ENTE

NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM).

ARTÍCULO 7°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Guillermo Francos

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 29/07/2025 N° 53677/25 v. 29/07/2025

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link: AnexoI, AnexoII)*

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.