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CONTRATOS

Texto vigente a fecha 1970-01-02

**CONTRATOS

Decreto 514/2019

DECTO-2019-514-APN-PTE - Aprobación.**

Ciudad de Buenos Aires, 23/07/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-42135999-APN-DGD#MHA y el Modelo de

Contrato de Préstamo ARG-42/2019 propuesto para ser suscripto entre la

REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA

CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo ARG-42/2019, el FONDO

FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA) se

compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de

cooperar en la ejecución del “Programa Federal de Infraestructura

Regional”, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO VEINTE

MILLONES (USD 120.000.000).

Que el objetivo del Programa es mejorar la infraestructura económica y

social de las provincias argentinas a través de la inversión pública.

Que el referido Programa se estructura en DOS (2) componentes: (i) Obras de Infraestructura; y (ii) Administración y Gestión.

Que el programa será co-ejecutado por el FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE

INFRAESTRUCTURA REGIONAL (FFFIR), actuante en la órbita del MINISTERIO

DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA y el MINISTERIO DE HACIENDA, a

través de la DIRECCIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS ESPECIALES CON ENFOQUE

SECTORIAL AMPLIO (DPPEESA).

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA

ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del

MINISTERIO DE HACIENDA, suscriba el Contrato de Préstamo ARG-42/2019,

así como toda otra documentación relacionada con la operatoria del

citado Préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de

Hacienda para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA

ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo y acuerde las

modificaciones que sean convenientes para la ejecución del “Programa

Federal de Infraestructura Regional”, siempre y cuando no constituyan

cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en

un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral

pactado.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de

interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de

Préstamo ARG-42/2019 propuesto para ser suscripto son los usuales que

se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los

propósitos y objetivos para los que será destinado el mencionado

Préstamo.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en el artículo 53

de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o.

2014).

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo ARG-42/2019 a

celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL

DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), por un monto de hasta

DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO VEINTE MILLONES (USD 120.000.000),

destinado a financiar parcialmente el “Programa Federal de

Infraestructura Regional”, que consta de las Estipulaciones Especiales

integradas por SIETE (7) Capítulos, de las Normas Generales integradas

por ONCE (11) Capítulos y UN (1) Anexo Único, que como Anexo I

(IF-2019-64789885-APN-SSRFI#MHA) integra esta medida. Asimismo, se

adjunta como Anexo II (IF-2019-08159854-APN-SSRFI#MHA) la “Política

para la Adquisición de Bienes, Obras y Servicios en Operaciones

Financiadas por FONPLATA”.

ARTÍCULO 2º.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda, o al funcionario

o funcionarios que éste designe, a suscribir, en nombre y

representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo ARG

42/2019 y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba

por el artículo 1º de este decreto.

ARTÍCULO 3º.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda, o al funcionario

o funcionarios que éste designe, a convenir y suscribir, en nombre y

representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de

Préstamo ARG-42/2019, cuyo Modelo se aprueba por el artículo 1º de esta

medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales en el objeto o

destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o

introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.

ARTÍCULO 4º.- Desígnanse como “Organismos Co-Ejecutores” del “Programa

Federal de Infraestructura Regional” al FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE

INFRAESTRUCTURA REGIONAL (FFFIR), actuante en la órbita del MINISTERIO

DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA y al MINISTERIO DE HACIENDA, a

través de la DIRECCIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS ESPECIALES CON ENFOQUE

SECTORIAL AMPLIO (DPPEESA), quedando ambos facultados para realizar

todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del

mencionado Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en

el Modelo de Contrato de Préstamo ARG-42/2019 que se aprueba por el

artículo 1° de esta medida.
ARTÍCULO 5º.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda y al señor

Ministro del Interior, Obras Públicas y Vivienda, o al funcionario o

funcionarios que éstos designen, a convenir y suscribir, en nombre y

representación de la REPÚBLICA ARGENTINA la documentación adicional que

fuere menester para la implementación del financiamiento del “Programa

Federal de Infraestructura Regional”, así como también a convenir y

suscribir sus modificaciones.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña - Nicolas Dujovne -

Rogelio Frigerio

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 24/07/2019 N° 53858/19 v. 24/07/2019

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link: AnexoI, AnexoII)*