EMERGENCIA

Rango Decreto
Publicación 2018-06-12
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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EMERGENCIA

Decreto 517/2018

Cadena de producción de peras y manzanas. Prórroga.

Ciudad de Buenos Aires, 11/06/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-16619503-APN-DGD#MA, la Ley N° 27.354 y

sus modificatorias y el Decreto N° 1125 de fecha 29 de diciembre de

2017, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 27.354 y sus modificatorias se declaró en

emergencia económica, productiva, financiera y social por el término de

TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días a la cadena de producción de

peras y manzanas de las Provincias del NEUQUÉN, RÍO NEGRO, MENDOZA, SAN

JUAN y LA PAMPA.

Que, asimismo, se facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a instrumentar

regímenes especiales de prórroga y de facilidades para el pago de las

obligaciones impositivas y de la seguridad social por parte de la

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS organismo autárquico en la

órbita del MINISTERIO DE HACIENDA y de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA

SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), organismo descentralizado en la órbita del

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que mediante el Decreto N° 1125 de fecha 29 de diciembre de 2017 se

adoptaron las medidas conducentes a la instrumentación de los

beneficios especiales previstos en la citada Ley Nº 27.354 y sus

modificatorias.

Que por el artículo 3° de la mencionada Ley se facultó al PODER

EJECUTIVO NACIONAL a prorrogar por igual término la vigencia de la

misma.

Que los beneficios mencionados están permitiendo a los integrantes de

la cadena de producción de peras y manzanas de las citadas provincias

recomponer su situación económica y financiera, no obstante lo cual, la

coyuntura actual determina la conveniencia de prorrogar la vigencia de

la Ley N° 27.354 y sus modificatorias a fin de continuar con el proceso

de recuperación sectorial.

Que advirtiéndose que en el Anexo I (IF-2017-35801295-APN-SECAGYP#MA)

que forma parte integrante del citado Decreto N° 1125/17 no fueron

incluidos los actores de la cadena productiva que prestan servicios de

frío, resulta necesario modificar tal Anexo a fin de subsanar aquella

omisión.

Que los servicios jurídicos competentes han tomado intervención.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas

por el artículo 99, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el

artículo 3° de la Ley N° 27.354 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Prorrógase por el término de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO

(365) días la emergencia económica, productiva, financiera y social a

la cadena de producción de peras y manzanas de las Provincias del

NEUQUÉN, RÍO NEGRO, MENDOZA, SAN JUAN y LA PAMPA, declarada por la Ley

N° 27.354 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el Anexo I (IF-2017-35801295-APN-SECAGYP#MA)

que forma parte integrante del Decreto N° 1125 de fecha 29 de diciembre

de 2017 por el Anexo I (IF-2018-27609781-APN-SECAGYP#MA) que forma

parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Las disposiciones del presente decreto entrarán en

vigencia desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín

Oficial y surtirán efecto a partir del vencimiento del plazo fijado en

el artículo 1° de la Ley N° 27.354 y sus modificaciones.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña - Luis Miguel

Etchevehere - Nicolás Dujovne

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 12/06/2018 N° 41955/18 v. 12/06/2018

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial)*

[IMG]

ANEXO I

R.G. N° 3.537/2013 -CLAE-

DETALLE DE ACTIVIDADCLAEGRUPOCULTIVOS PERENNES

12Cultivo de manzana y pera12311

Cultivo de frutas de pepita n.c.p. (Incluye membrillo, níspero,etc.)12319

SERVICIOS DE APOYO AGRÍCOLA Y PECUARIOS

16Servicios de contratistas de mano de obra agrícola (Incluye la poda de árboles, transplante, cosecha manual de citrus, algodón,etc.)16130

Servicios

de post cosecha (Incluye servicios de lavado de papas,

acondicionamiento, limpieza, etc, de granos antes de ir a los mercados

primarios), (Excluye los servicios deprocesamiento de semillas para su siembra)16140

PREPARACIÓN DE FRUTAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES

103Preparación de conservas de frutas, hortalizas y legumbres103011

Elaboración y envasado de dulces, mermeladas y jaleas103012

Elaboración

de jugos naturales y sus concentrados, de frutas, hortalizas y

legumbres (No incluye la elaboración de jugos para diluir o en polvo

llamados "sintéticos" o de un contenido en jugos naturales inferior al

50% actividad 110492)103020

Elaboración de frutas, hortalizas y legumbres congeladas103030

Elaboración de frutas deshidratadas o desecadas, preparaciónn.c.p. de frutas103099

ELABORACIÓN DE BEBIDAS

110Elaboración de sidra y otras bebidas alcohólicas fermentadas110290

VENTA AL POR MAYOR DE ALIMENTOS, BEBIDAS YTABACO

463Venta al por mayor y empaque de frutas, de legumbres y hortalizas frescas463140

Venta al por mayor de frutas, legumbres y cereales secos y enconserva463191

SERVICIOS DE ALMACENAMIENTO Y DEPOSITO

522Servicios de almacenamiento y depósito en cámaras frigoríficas522020

Servicios de almacenamiento y depósito n.c.p.522099

[IMG]

R.G. N° 3.537/2013 -CLAE-
DETALLE DE ACTIVIDAD CLAE GRUPO
CULTIVOS PERENNES 12
Cultivo de manzana y pera 12311
Cultivo de frutas de pepita n.c.p. (Incluye membrillo, níspero,etc.) 12319
SERVICIOS DE APOYO AGRÍCOLA Y PECUARIOS 16
Servicios de contratistas de mano de obra agrícola (Incluye la poda de árboles, transplante, cosecha manual de citrus, algodón,etc.) 16130
Servicios
de post cosecha (Incluye servicios de lavado de papas,
acondicionamiento, limpieza, etc, de granos antes de ir a los mercados
primarios), (Excluye los servicios deprocesamiento de semillas para su siembra) 16140
PREPARACIÓN DE FRUTAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES 103
Preparación de conservas de frutas, hortalizas y legumbres 103011
Elaboración y envasado de dulces, mermeladas y jaleas 103012
Elaboración
de jugos naturales y sus concentrados, de frutas, hortalizas y
legumbres (No incluye la elaboración de jugos para diluir o en polvo
llamados "sintéticos" o de un contenido en jugos naturales inferior al
50% actividad 110492) 103020
Elaboración de frutas, hortalizas y legumbres congeladas 103030
Elaboración de frutas deshidratadas o desecadas, preparaciónn.c.p. de frutas 103099
ELABORACIÓN DE BEBIDAS 110
--- --- ---
Elaboración de sidra y otras bebidas alcohólicas fermentadas 110290
VENTA AL POR MAYOR DE ALIMENTOS, BEBIDAS YTABACO 463
Venta al por mayor y empaque de frutas, de legumbres y hortalizas frescas 463140
Venta al por mayor de frutas, legumbres y cereales secos y enconserva 463191
SERVICIOS DE ALMACENAMIENTO Y DEPOSITO 522
Servicios de almacenamiento y depósito en cámaras frigoríficas 522020
Servicios de almacenamiento y depósito n.c.p. 522099

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