SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO
SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO
Decreto 518/2014
Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo.
Bs. As., 9/4/2014
VISTO el Expediente Nº 291/14 del registro de la SECRETARIA DE
PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL
NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el Decreto Nº 357 de fecha
21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios,
especialmente los Decretos Nº 1177 de fecha 16 de julio de 2012 y Nº 48
de fecha 14 de enero de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 357/02, sus modificatorios y
complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los
objetivos de las Unidades Organizativas establecidas en el citado
Organigrama.
Que por el Decreto Nº 1177/12, entre otras medidas, se aprobó la
estructura organizativa de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA
PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la
PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que a través del Decreto Nº 48/14 se transfirieron los objetivos
relativos a la lucha contra el narcotráfico de la mencionada Secretaría
a la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD, como así también la DIRECCION
NACIONAL DE ANALISIS Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO y sus unidades
dependientes relativas a la temática de la lucha contra el narcotráfico.
Que, en consecuencia, deviene menester la adecuación de la estructura
organizativa de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA
DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA
NACION, para optimizar el efectivo cumplimiento de sus objetivos
vigentes.
Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase la
estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARIA DE
PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL
NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de conformidad con el
Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexos la,
lb, Ic y II, forman parte integrante del presente Decreto.
Art. 2° — Facúltase al titular
de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION
Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION a
aprobar y modificar el Anexo de Dotación, de conformidad con los cargos
aprobados por las Leyes de Presupuesto de la Administración Pública
Nacional vigentes, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y
EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 3° — En el plazo de
SESENTA (60) días, a partir de la publicación del presente Decreto, el
titular de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA
DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA
NACION deberá aprobar el proyecto de estructura organizativa
correspondiente a las aperturas inferiores a las que se aprueban por el
presente Decreto, previendo un máximo de TREINTA Y TRES (33) cargos de
conducción, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO
PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4° — Hasta tanto se
concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por el presente
Decreto, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes
con nivel inferior a las que por el presente se aprueban, las que
transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la
fecha con sus respectivos niveles, grados de revista, funciones
ejecutivas y suplementos aprobados.
Art. 5° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos
asignados a la Jurisdicción 20 - 11 SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA
PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la
PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 6° — Derógase el Decreto Nº 1177 de fecha 16 de julio de 2012.
Art. 7° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F.
Randazzo.
(Nota Infoleg: porart. 1° delDecreto N° 33/2017*B.O. 13/1/2017 se sustituye la denominación de la SECRETARÍA PARA LA
PROGRAMACIÓN DE LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL
NARCOTRÁFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por la de SECRETARÍA DE
POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, debiendo considerarse sustituida tal
denominación cada vez que se hace referencia a la Secretaría citada en
primer lugar).*
(Nota Infoleg: porart. 5° delDecreto N° 33/2017B.O. 13/1/2017 *se
aprueba la estructura organizativa de primer nivel
operativo de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA
NACIÓN ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con el
Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexos I,
Ia, Ib, Ic y II, forman parte integrante del Decreto de referencia).*
ANEXO Ia
[IMG]
(Nota Infoleg*: por art. 1° del Decreto N° 15/2016
B.O. 6/1/2016 se transfiere la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO,
ANÁLISIS TÉCNICO Y CONTROL DEL USO DE PRECURSORES QUÍMICOS y sus
unidades organizativas dependientes, y la COORDINACIÓN DE ASUNTOS
REGISTRALES desde la órbita de la SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA
PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD.)*
ANEXO lb
[IMG]
ANEXO Ic
[IMG]
ANEXO II
PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de control interno
incorporado a la organización de la Secretaría, privilegiando las
pautas dictadas por la economía, eficiencia y eficacia, coordinando su
accionar con la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.
ACCIONES:
Establecer la planificación de la Auditoría Interna de la
Secretaría, conforme a las normas generales de Control Interno y
Auditoría Interna.
Elaborar el Plan General y el Plan Anual de Auditoría Interna.
Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos determinados por la auditoría superior.
Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios del Sistema de Control interno.
Tomar conocimiento integral de los actos y evaluar aquellos de
significativa trascendencia económica. Informar acerca de ellos y
formular las recomendaciones que correspondan a cada observación.
Verificar si en las erogaciones e ingresos de la Secretaría se
cumplen los principios contables y niveles presupuestarios de la
normativa vigente.
Constatar la confiabilidad de los antecedentes utilizados en la
elaboración de los informes y/o estados informativos contables.
Precisar la exactitud del registro de los activos y las medidas de resguardo adoptadas para su protección.
Emitir opinión, en el ámbito de su competencia, en todo estado informativo contable emitido por las unidades ejecutoras.
Producir informes periódicos sobre las auditorías desarrolladas y otros controles practicados.
Comunicar a las autoridades superiores y a la SINDICATURA GENERAL
DE LA NACION los desvíos que se detecten con las recomendaciones y/u
observaciones que se formulen.
Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.
Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION le
requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.
SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO
SUBSECRETARIA DE DISEÑO, MONITOREO Y EVALUACION DE ABORDAJE
TERRITORIAL, RELACIONES INTERNACIONALES Y CONTROL DE PRECURSORES
QUIMICOS
DIRECCION DE COOPERACION NACIONAL E INTERNACIONAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir al Subsecretario en el diseño de la política de cooperación y
financiamiento internacional, estableciendo los nexos pertinentes con
los organismos de cooperación técnica internacional o multilaterales de
crédito para el desarrollo de proyectos o programas en temas de su
incumbencia.
ACCIONES:
Coordinar, con las demás dependencias de la Secretaría, con otras
jurisdicciones de orden nacional y/o provincial y con Agencias y
Organismos Internacionales, la gestión de programas y proyectos de
cooperación técnico financiera de la jurisdicción.
Vincular los programas y proyectos con financiamiento externo con
los programas permanentes de la Secretaría, estimulando la
comunicación, la interacción y el intercambio entre ellos.
Realizar la coordinación general y brindar asistencia técnica en las
cuestiones vinculadas con la formulación, evaluación y presentación de
proyectos y programas para solicitar financiamiento externo de
organismos de cooperación o multilaterales de crédito.
Asesorar en la elaboración de convenios, acuerdos y otros
instrumentos legales de cooperación técnica y financiera, de carácter
bilateral o multilateral, formulando recomendaciones para su aplicación
y cumplimiento.
Gestionar y tramitar las adhesiones del ESTADO NACIONAL a planes y
programas internacionales en materia de drogadicción, realizados con
organismos internacionales gubernamentales y no gubernamentales.
Promover la realización en la REPUBLICA ARGENTINA de seminarios,
congresos y otros encuentros de carácter internacional vinculados con
su cometido, así como asegurar la participación de la Secretaría en
actividades internacionales similares organizadas en otros países.
Asistir a los niveles provinciales y municipales, promoviendo
acciones de capacitación en el desarrollo de proyectos y programas para
lograr fortalecer los niveles de cooperación y asistencia financiera
internacional.
Contribuir al cumplimiento de las responsabilidades emergentes de la
participación del país en los organismos internacionales y mecanismos
de cooperación especializados en la problemática de las drogas.
Fortalecer la cooperación internacional en la problemática de las
drogas, promoviendo una activa participación en los organismos
internacionales y mecanismos de cooperación especializados en la
problemática de las drogas.
Asistir al Subsecretario en el seguimiento y control de avance de
los convenios nacionales e internacionales suscriptos por la Secretaría
informando periódicamente su situación.
SUBSECRETARIA DE DISEÑO, MONITOREO Y EVALUACION DE ABORDAJE
TERRITORIAL, RELACIONES INTERNACIONALES Y CONTROL DE PRECURSORES
QUIMICOS
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO, ANALISIS TECNICO Y CONTROL DEL USO DE PRECURSORES QUIMICOS
(Nota Infoleg*: por art. 1° del Decreto N° 15/2016
B.O. 6/1/2016 se transfiere la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO,
ANÁLISIS TÉCNICO Y CONTROL DEL USO DE PRECURSORES QUÍMICOS y sus
unidades organizativas dependientes, y la COORDINACIÓN DE ASUNTOS
REGISTRALES desde la órbita de la SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA
PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD.)*
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir a la Subsecretaría en la planificación y ejecución de los
planes y programas de acción conjunta para la detección del tráfico
ilícito de precursores químicos, coordinando su implementación con
otros organismos con competencia en la materia.
ACCIONES:
Asistir a las autoridades en la elaboración de planes y programas de
acción conjunta tendientes a evitar el tráfico ilícito de precursores
químicos.
Requerir a los organismos competentes, recopilar y almacenar, a
nivel nacional, los datos estadísticos relativos a los delitos
reprimidos por la Ley Nº 23.737 y sus delitos conexos.
Responder a los requerimientos de los Organismos internacionales
especializados en materia de tráfico ilícito de precursores químicos,
en coordinación con la Dirección de Cooperación Nacional e
Internacional.
Impulsar la actualización de listas de precursores químicos, realizando los estudios que la materia requiera.
Efectuar investigaciones técnicas en las materias de su competencia,
aportando información a los organismos competentes sobre modalidades
delictivas vinculadas al tráfico ilícito de precursores químicos.
Establecer criterios de evaluación de impacto de los planes y
programas de acción conjunta desarrollados contra el tráfico ilícito de
precursores químicos, promoviendo la investigación y evaluación de
resultados en el campo del control del narcotráfico en articulación con
el Observatorio Argentino de Drogas.
Asistir a la Subsecretaría en la coordinación con los Poderes
Legislativo y Judicial, con el MINISTERIO DE SEGURIDAD y las
autoridades provinciales en la materia, y con el MINISTERIO PUBLICO
FISCAL, en las acciones destinadas a brindar a esos Organismos del
Estado información útil tendiente a evitar el tráfico ilícito de
precursores químicos.
Realizar el seguimiento y evaluación de las políticas contra el tráfico ilícito de precursores químicos.
Aprobar el Plan Federal de Inspecciones de Precursores Químicos,
previa participación de las áreas técnicas competentes de la Secretaría
en materia de Precursores Químicos.
Efectuar el análisis y la evaluación respecto del tráfico ilícito de precursores químicos.
Elaborar proyectos de legislación específicos e investigaciones en las materias de su competencia.
Fiscalizar la operatoria con precursores químicos, generando las acciones necesarias para evitar su tráfico ilícito.
SUBSECRETARIA DE DISEÑO, MONITOREO Y EVALUACION DE ABORDAJE
TERRITORIAL, RELACIONES INTERNACIONALES Y CONTROL DE PRECURSORES
QUIMICOS
DIRECCION NACIONAL DE DIAGNOSTICO TERRITORIAL Y ABORDAJE ESTRATEGICO INTERACTORAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir a la Subsecretaría en el diseño y la implementación de un Plan
Estratégico de Abordaje Territorial y de programas para la detección de
zonas críticas del país en lo que refiere al uso indebido de drogas,
legales e ilegales, y sus adicciones, articulando el despliegue de
recursos entre la Secretaría y el MINISTERIO DE SEGURIDAD, el
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el MINISTERIO DEL INTERIOR Y
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.