AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO

Rango Decreto
Publicación 2017-07-18
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO

Decreto 519/2017

Desígnase Presidente.

Ciudad de Buenos Aires, 17/07/2017

VISTO, la Ley Nº 26.168 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada Ley Nº 26.168 y modificaciones se creó la AUTORIDAD

DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR), como ente de derecho público

interjurisdiccional en el ámbito de la ex SECRETARÍA DE AMBIENTE Y

DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (actual

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE), estableciéndose entre

otros aspectos, su ámbito de actuación, integración y competencias.

Que en virtud del Decreto N° 2 de fecha 2 de enero de 2017 que

sustituyó el artículo 2° de la citada Ley disponiendo, entre otras

cuestiones, que la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR)

estará compuesta por OCHO (8) integrantes y que su Presidente tendrá

rango y jerarquía de Secretario y será designado por el PODER EJECUTIVO

NACIONAL.

Que la Licenciada Dorina Soledad BONETTI (D.N.I. N° 22.904.546), reúne

las condiciones requeridas para ser designada como Presidenta de la

referida AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR).

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE

AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE ha tomado la intervención de su

competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas

por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo

2° de la Ley N° 26.168 y sus modificaciones.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase, con rango y jerarquía de Secretario, a la

Licenciada Dorina Soledad BONETTI(D.N.I. N° 22.904.546) en el cargo de

Presidente de la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR).

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Sergio Alejandro Bergman.

e. 18/07/2017 N° 51527/17 v. 18/07/2017

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