ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2024-01-16
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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**ADMINISTRACIÓN

PÚBLICA NACIONAL**

Decreto 52/2024

**DECTO-2024-52-APN-PTE - Decreto N°

50/2019. Modificación.**

Ciudad de Buenos Aires, 15/01/2024

VISTO el Expediente N° EX-2023-152267991-APN-DGDYD#MJ, la Ley de

Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de

marzo de 1992 y sus modificatorios), el Decreto Nº 50 del 19 de

diciembre de 2019 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 8/23 se modificó en último término la Ley de

Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) estableciendo los

Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la

Nación y las Secretarías de Presidencia necesarias para posibilitar la

actividad del Presidente de la Nación.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de

la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que resulta necesario modificar el Organigrama de Aplicación, los

Objetivos y el ámbito jurisdiccional de actuación de los organismos

desconcentrados y descentralizados del MINISTERIO DE JUSTICIA.

Que, asimismo, por razones de gestión resulta conveniente modificar la

conformación organizativa del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente

de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del

MINISTERIO DE ECONOMÍA, han tomado la intervención que les compete.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese del ANEXO I -Organigrama de Aplicación de la

Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,

aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, el Apartado XIII, MINISTERIO DE

INFRAESTRUCTURA, por el siguiente:

“XIII.- MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD

SECRETARÍA DE CONCESIONES

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese del ANEXO I -Organigrama de Aplicación de la

Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,

aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, el Apartado XIV, MINISTERIO DE JUSTICIA, por

el siguiente:

“XIV.- MINISTERIO DE JUSTICIA

SECRETARÍA DE JUSTICIA

SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

ARTÍCULO 3°. - Sustitúyense del ANEXO II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, en el Apartado XIII, MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, los

Objetivos 1 y 3 de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS por los siguientes:

“1.- Intervenir en la elaboración, propuesta y ejecución de la política

nacional en todas las materias relacionadas con obras públicas de

infraestructura viales, hídricas y de saneamiento, y de prevención

sísmica, en especial en los programas de inversión y preinversión

pública de su competencia, y en la coordinación de los planes,

programas y proyectos relativos a dichas obras a nivel internacional,

nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y

municipal que correspondan a la Jurisdicción”.

“3.- Participar en la propuesta, elaboración y ejecución del marco

regulatorio y proyectos de programas a realizar en materia de obras

públicas de infraestructura hídrica, de prevención sísmica y de

planificación territorial de la inversión pública, como así también de

las que surjan de los entes desconcentrados y descentralizados, a nivel

internacional, regional, nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES y municipal, en coordinación con las demás áreas de la

Administración Pública Nacional con competencia en la materia”.

ARTÍCULO 4°.- Suprímense del ANEXO II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, en el Apartado XIII, MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, los

Objetivos de la SUBSECRETARÍA DE OBRAS DE ENERGÍA y de la SUBSECRETARÍA

DE OBRAS DE MINERÍA, ambas dependientes de la SECRETARÍA DE OBRAS

PÚBLICAS.

ARTÍCULO 5°.- Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, el Apartado XIV, MINISTERIO DE JUSTICIA, por el obrante

en la PLANILLA ANEXA (IF-2023-154384182-APN-MJ) al presente artículo,

que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 6°.- Sustitúyese del ANEXO III -Ámbitos jurisdiccionales en

los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,

aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, el Apartado XIV, MINISTERIO DE JUSTICIA, por

el siguiente:

“XIV.- MINISTERIO DE JUSTICIA

Organismos Desconcentrados

PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN

OFICINA ANTICORRUPCIÓN

SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA

MUSEO DE SITIO ESMA-EX CENTRO CLANDESTINO DE DETENCIÓN, TORTURA Y

EXTERMINIO

Organismos Descentralizados

INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO

(INADI)

UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

CENTRO INTERNACIONAL PARA LA PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS (CIPDH)

INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS (INAI)”.

ARTÍCULO 7º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las

áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las

aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría,

las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones y personal

con sus respectivos cargos, niveles, situación de revista y suplementos

vigentes a la fecha.

ARTÍCULO 8º.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias

correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas

por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos

presupuestarios previstos en las Jurisdicciones y Entidades de origen.

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Nicolás Posse

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/01/2024 N° 1914/24 v. 16/01/2024

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial)*

**PLANILLA

ANEXA AL ARTICULO 5°**

ANEXO II

XIV.- MINISTERIO DE JUSTICIA

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1.

Coordinar el gabinete de asesores del Ministro.

2.

Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a

dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el Ministro.

3.

Asistir al Ministro en las cuestiones vinculadas a los aspectos

logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus funciones

institucionales.

4.

Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las

áreas del Ministerio para optimizar la gestión.

5.

Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos,

herramientas y procedimientos para generar información de gestión en

coordinación con las áreas competentes.

6.

Asistir al Ministro en las relaciones institucionales de la

Jurisdicción y en el diseño e implementación de la planificación

estratégica de los proyectos y programas impulsados por la Jurisdicción.

7.

Entender en materia de prensa y difusión del Ministerio.

MINISTERIO DE JUSTICIA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.

Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la

Jurisdicción, así como también de los organismos a los que preste

asistencia, y en la evaluación de su cumplimiento, coordinando la

información proveniente de sus entidades descentralizadas.

2.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas en la formulación y programación de la ejecución

presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el

ejercicio financiero.

3.

Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos

de la Jurisdicción, así como también de los organismos a los que preste

asistencia.

4.

Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y

disciplinarios, como así también en las informaciones sumarias.

5.

Supervisar, en el ámbito de su competencia, el desarrollo e

implementación de los sistemas informáticos y de comunicaciones y sus

condiciones de seguridad.

6.

Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las

contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios y

demás adquisiciones destinadas a la Jurisdicción, así como también a

los organismos a los que preste asistencia, y coordinar la asignación y

uso de los bienes patrimoniales, manteniendo actualizado el sistema de

información respectivo.

7.

Entender en la gestión, seguimiento y registro de los actos

administrativos dictados por el Ministro y por los titulares de las

demás dependencias de la Jurisdicción.

8.

Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo, como así también de proyectos de

participación público-privada.

9.

Coordinar las actividades de auditoría y monitoreo de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo y/o proyectos de participación público

privada.

10.

Coordinar el accionar del servicio jurídico de la Jurisdicción e

intervenir en los proyectos de leyes, decretos, decisiones

administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas

vinculadas con la actividad sustantiva de la Jurisdicción.

MINISTERIO DE JUSTICIA

SECRETARÍA DE JUSTICIA

OBJETIVOS

1.

Asistir al Ministro en sus relaciones con el PODER JUDICIAL, el

MINISTERIO PÚBLICO, el DEFENSOR DEL PUEBLO y el CONSEJO DE LA

MAGISTRATURA.

2.

Asistir al Ministro en la competencia de la Jurisdicción en materia

de organización del PODER JUDICIAL y del MINISTERIO PÚBLICO y en el

nombramiento de los magistrados, conforme a los procedimientos y

recaudos previstos en la CONSTITUCIÓN NACIONAL y leyes complementarias.

3.

Asistir al Ministro en materia de apoyo y cooperación con las

provincias y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES para el

fortalecimiento de los sistemas de justicia y la modernización judicial.

4.

Asistir al Ministro en las relaciones y acciones de cooperación

vinculadas a la Comunidad Académica y a la Sociedad Civil en lo que es

materia de la Jurisdicción.

5.

Intervenir en la elaboración de anteproyectos de reforma y

actualización legislativa, en la definición de la política criminal,

como así también en el ordenamiento y compilación de normas jurídicas.

6.

Entender en la definición de la política criminal de la REPÚBLICA

ARGENTINA y las acciones a seguir en la materia.

7.

Intervenir en la elaboración de los decretos de competencia de la

Jurisdicción y en los proyectos de ley originados en otras áreas del

PODER EJECUTIVO NACIONAL sometidos a consideración del MINISTERIO DE

JUSTICIA, y en lo relacionado con el ejercicio constitucional de veto,

indulto y conmutación de penas.

8.

Intervenir en el diseño, planificación e implementación de políticas

públicas federales de acceso a la justicia, en los programas jurídicos,

sociales y de atención comunitaria, en los temas relacionados con los

métodos participativos de resolución de conflictos y en las acciones

encomendadas por el Decreto N° 1375/11 y por la Ley N° 27.372.

9.

Entender en el desarrollo de políticas comunes con organismos

internacionales y otros países, en materia de política criminal.

10.

Promover la eficacia, la eficiencia, la calidad, la capacitación de

los operadores, la modernización de los procesos, el desarrollo de

indicadores de gestión, la transparencia y el acceso a la información

pública en el área de su competencia.

11.

Fomentar la implementación de programas, el desarrollo de

protocolos de actuación y el uso de tecnología para mejorar la

prestación del servicio de justicia.

12.

Promover estudios e investigaciones y realizar estadísticas

referentes a cuestiones de diseño de sistemas de justicia,

modernización judicial y política criminal.

13.

Supervisar la coordinación de los Registros a cargo del MINISTERIO

DE JUSTICIA, realizada a través de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS

REGISTRALES.

14.

Asesorar al Ministro en la promoción del desarrollo consensuado de

políticas comunes con organismos internacionales y de otros países, en

lo que es materia de su competencia.

15.

Asistir al Ministro en los asuntos relativos al PROGRAMA NACIONAL

DE PROTECCIÓN A TESTIGOS E IMPUTADOS.

16.

Asistir al Ministro en la aplicación de los Convenios

Internacionales de Asistencia y Cooperación Jurídica.

17.

Asistir al Ministro en los asuntos internacionales de la

Jurisdicción.

SECRETARÍA DE JUSTICIA

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA CRIMINAL

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la definición de la política criminal de

la REPÚBLICA ARGENTINA y las acciones a seguir en la materia.

2.

Asistir en la elaboración de anteproyectos de reformas y

actualizaciones legislativas en las materias de su competencia.

3.

Coordinar el desarrollo de políticas comunes con organismos

internacionales y otros países, en materias de política criminal.

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