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DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Texto vigente a fecha 1970-01-02

DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 5337/1971

Bs. As., 18/11/1971

VISTO, lo propuesto por el señor Secretario de Informaciones de Estado, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a la nueva estructura orgánica de la Secretaría de

Informaciones de Estado es necesario modificar el Plantel Básico de la

misma, efectuando los cambios de carrera necesarios y habilitando las

vacantes mínimas indispensables para hacer frente a las tareas

específicas derivadas de las mismas.

Que la política seguida en esta Secretaría está orientada a reajustar

los Cuadros, disminuyendo los administrativos en beneficio de los

operacionales.

Que atento a lo dispuesto en el Decreto Nº 234/69 cuando se modifican,

suprimiendo o agregando dotaciones en estructuras, el Decreto

correspondiente debe tener el carácter de rectificatorio.

Que estas modificaciones propuestas deben tener vigencia a partir del 1° de enero de 1972.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas, por la Ley Nº 17.614,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Rectifícase a

partir del 1° de enero de 1972, el Plantel Básico y el Agrupamiento

Funcional de la Secretaría de Informaciones de Estado aprobado por

Decreto “S” Nº 1.859 de fecha 18 de junio de 1971, según planillas que

forman parte del presente Decreto (Anexos 1 y 2).

Art. 2º —El Ministerio de

Haciendas y Finanzas coordinará con la Secretaría de Informaciones de

Estado los reajustes presupuestarios que correspondan a fin de proveer

los fondos necesarios para el cumplimiento del presente Decreto.

Art. 3º —El presente Decreto es clasificado de “SECRETO”, regístrese y archívese en la Secretaría de Informaciones de Estado. — LANUSSE.


NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767