CONTRATOS

Rango Decreto
Publicación 2021-08-23
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CONTRATOS

Decreto 538/2021

DCTO-2021-538-APN-PTE - Aprobación.

Ciudad de Buenos Aires, 22/08/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-58596982-APN-SSRFID#SAE y el Modelo de

Contrato de Préstamo BCIE N° 2280 propuesto para ser suscripto entre la

REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

(BCIE), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BCIE Nº 2280 el BANCO

CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE) se compromete a asistir

financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA, con el fin de cooperar en la

ejecución del “Programa de Fortalecimiento de las Acciones de

Protección contra las Violencias por Motivos de Género” por un monto de

hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA MILLONES (USD 50.000.000).

Que el objetivo general del Programa consiste en fortalecer las

acciones de prevención, asistencia integral, protección y acceso a la

justicia de las personas en situación de violencias por motivos de

género.

Que el referido Programa se estructura en SEIS (6) componentes: (i)

“Acceso a derechos y recursos tecnológicos para personas en situación

de violencia de género”, (ii) “Infraestructura y equipamiento para la

atención integral”, (iii) “Administración”, (iv) “Supervisión y

Auditoría”, v) “Imprevistos y escalamientos” y vi) “Comisión BCIE”.

Que la ejecución del programa y la utilización de los recursos serán

llevadas a cabo por el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD

a través de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS CONTRA LA VIOLENCIA POR RAZONES

DE GÉNERO, la cual tendrá competencia primaria en la materia, y de la

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, que será la responsable de la

coordinación administrativa. Asimismo, el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

será el subejecutor encargado de la construcción de Centros

Territoriales de Atención Integral. Por su parte, la SECRETARÍA DE

ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN actuará como

subejecutora y quedará bajo su responsabilidad la ejecución de los

recursos de evaluación del Programa en coordinación con el MINISTERIO

DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA

ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio de la

SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,

suscriba el Contrato de Préstamo BCIE N° 2280, así como toda otra

documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.

Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Secretario de

Asuntos Estratégicos para que, en nombre y representación de la

REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BCIE N° 2280 y

acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del

“Programa de Fortalecimiento de las Acciones de Protección contra las

Violencias por Motivos de Género”, siempre y cuando no constituyan

cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos ni deriven en un

incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral

pactado.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de

interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de

Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en

este tipo de contratos con el BCIE y resultan adecuados a los

propósitos y objetivos para los que será destinado el mencionado

Préstamo.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo contemplado en el

artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en el artículo 53

de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o.

2014).

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BCIE N° 2280

a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO CENTROAMERICANO DE

INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), por un monto de hasta DÓLARES

ESTADOUNIDENSES CINCUENTA MILLONES (USD 50.000.000), destinado a

financiar parcialmente el “Programa de Fortalecimiento de las Acciones

de Protección contra las Violencias por Motivos de Género” compuesto

por QUINCE (15) Artículos y DIECISÉIS (16) Anexos, que integra la

presente medida como ANEXO I (IF-2021-66037118-APN-SSRFID#SAE).

ARTÍCULO 2º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN o al funcionario o a la funcionaria, o

funcionarios o funcionarias que este designe a suscribir, en nombre y

representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BCIE

N° 2280 y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba

por el artículo 1º del presente decreto.

ARTÍCULO 3º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN o al funcionario o a la funcionaria, o

funcionarios o funcionarias que este designe a convenir y suscribir, en

nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al

Contrato de Préstamo BCIE N° 2280, cuyo modelo se aprueba por el

artículo 1º de la presente medida, siempre que no constituyan cambios

sustanciales en el objeto o destino de los fondos ni deriven en un

incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento

arbitral pactado.

ARTÍCULO 4º.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Programa de

Fortalecimiento de las Acciones de Protección contra las Violencias por

Motivos de Género” al MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD a

través de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS CONTRA LA VIOLENCIA POR RAZONES DE

GÉNERO, la cual tendrá competencia primaria en la materia, y de la

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, que será la responsable de la

coordinación administrativa. Asimismo, el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

será el subejecutor encargado de la construcción de Centros

Territoriales de Atención Integral. Por su parte, la SECRETARÍA DE

ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN actuará como

subejecutora y quedará bajo su responsabilidad la ejecución de los

recursos de evaluación del Programa en coordinación con el MINISTERIO

DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD; y estarán todas las mencionadas

dependencias facultadas para realizar todas las operaciones y

contrataciones necesarias para la ejecución del mencionado Programa,

conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de

Contrato de Préstamo BCIE N° 2280 que se aprueba en el artículo 1° de

esta medida.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Martín Guzmán

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 23/08/2021 N° 59667/21 v. 23/08/2021

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link: Anexos)*

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.