ARRENDAMIENTOS Y APARCERIAS RURALES
ARRENDAMIENTOS Y APARCERIAS RURALES
Decreto N° 54
Bs. As., 22/10/73
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación N° 20.543, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
PERON.
José B. Gelbard.
Benito P. Llambí.
Antonio J. Benítez.
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