← Texto vigente · Historial

MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA

Texto vigente a fecha 1970-01-02

MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA

Decreto 567/2015

Prorrógase designación del Director Nacional de Estudios.

Bs. As., 13/4/2015

VISTO el Expediente N° 1175/11 del registro del MINISTERIO DE CIENCIA,

TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, las Leyes Nros. 26.338 y 27.008,

los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, 491 del 12 de marzo

de 2002, 712 del 10 de junio de 2013 y 715 del 19 de mayo de 2014, la

Decisión Administrativa N° 85 del 10 de septiembre de 2008, lo

propuesto por el Señor Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación

Productiva, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.008, aprobatoria del Presupuesto

de Gastos y Recursos de la Administración Pública Nacional para el

Ejercicio 2015 se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la

Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes

financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan

con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del JEFE DE

GABINETE DE MINISTROS o del PODER EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con

lo dispuesto por el artículo 10 de esa misma ley.

Que mediante el Decreto N° 491/02, se estableció entre otras medidas,

que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración

Pública, centralizada y descentralizada, en cargosde planta permanente

y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a

propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que mediante el Decreto N° 712/13 prorrogado por su similar N° 715/14,

se efectuó la designación transitoria del Ingeniero Crisólogo Martín

VILLANUEVA (D.N.I. N° 23.329.522) por el término de CIENTO OCHENTA

(180) días hábiles, en UN (1) cargo Nivel A - Grado 0, Función

Ejecutiva Nivel I, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP),

aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por

el Decreto N° 2098/08, de Director Nacional de Estudios, de la

SUBSECRETARIA DE ESTUDIOS Y PROSPECTIVA del MINISTERIO DE CIENCIA,

TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.

Que no ha sido posible cumplimentar el proceso de selección previsto

para la cobertura del mencionado cargo en el plazo establecido, por lo

que se considera imprescindible proceder a la prórroga de dicha

designación transitoria, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días

hábiles a partir del dictado de la presente medida, a fin de asegurar

el normal desenvolvimiento operativo de este Ministerio.

Que la persona propuesta ha cumplido satisfactoriamente con los requisitos de experiencia e idoneidad para el cargo aludido.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL

DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION

PRODUCTIVA y la ex SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes

de los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y 1° del

Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° —Prorrógase por el

término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir del dictado de la

presente medida, la designación transitoria efectuada en los términos

del Decreto N° 712/2013 prorrogado por su similar N° 715/14 del

Ingeniero Crisólogo Martín VILLANUEVA (D.N.I. N° 23.329.522) en el

cargo de Director Nacional de Estudios, dependiente de la SUBSECRETARIA

DE ESTUDIOS Y PROSPECTIVA del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E

INNOVACION PRODUCTIVA, Nivel A - Grado 0, autorizándose el pago de

Función Ejecutiva Nivel I del Sistema Nacional de Empleo Público

(SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial

homologado por el Decreto N° 2098/08.

Art. 2° — El cargo deberá ser

cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección

vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,

Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo

Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público

homologado por Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA

(180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande

el financiamiento de la presente medida será atendido con las partidas

específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la

Jurisdicción 71 - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION

PRODUCTIVA.

Art. 4° —Comuníquese,

publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — José L. S.

Barañao.