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MINISTERIO DE CULTURA

Texto vigente a fecha 1970-01-02

MINISTERIO DE CULTURA

Decreto 568/2015

Dase por prorrogada designación del Director Nacional de Artes.

Bs. As., 13/4/2015

VISTO el expediente CUDAP N° 487/15 del registro del MINISTERIO DE

CULTURA y el Decreto N° 2461 de fecha 15 de diciembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 2461/14 fue designado con carácter transitorio el

señor Rodolfo GARCÍA como DIRECTOR NACIONAL DE ARTES de la SECRETARÍA

DE GESTIÓN CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA.

Que, no habiendo podido procederse a la cobertura del mencionado cargo

en forma definitiva, y manteniéndose vigentes las razones que dieron

lugar al dictado del Decreto N° 2461/14, el MINISTERIO DE CULTURA

solicita se prorrogue la designación del citado funcionario, en los

mismos términos del nombramiento original.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del organismo de origen.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por

el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y de conformidad

con lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dase por

prorrogada desde su vencimiento, a partir del día 14 de marzo de 2015,

y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación

transitoria del señor Rodolfo GARCÍA (D.N.I. N° 4.545.381), como

DIRECTOR NACIONAL DE ARTES de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL del

MINISTERIO DE CULTURA, en un cargo de la Planta Permanente Nivel A,

Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva

I del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto N°

2098/08, cuya designación original fuera efectuada por el Decreto N°

2461/14, con autorización excepcional por no reunir los requisitos

mínimos establecidos en el artículo 14 del Anexo del citado Convenio.

Art. 2° — El cargo involucrado

deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección

vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,

Capítulos III, IV y VIII, y IV del Sistema Nacional de Empleo Público

(SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados

a partir del día 14 de marzo de 2015.

Art. 3° — El gasto que demande

el cumplimiento del presente decreto será atendido con las partidas

específicas del presupuesto de la Jurisdicción 72 del MINISTERIO DE

CULTURA.

Art. 4° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Teresa A.

Sellarés.