MONUMENTOS HISTORICOS NACIONALES

Rango Decreto
Publicación 2004-05-12
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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MONUMENTOS HISTORICOS NACIONALES

Decreto 570/2004

Decláranse monumentos históricos nacionales al

edificio que, entre los años 1901 y 1996, fuera Sede de la Biblioteca

Nacional, actual Centro Nacional de la Música y al edificio conocido

como "Palais de Glace", sede de las Salas Nacionales de Exposición.

Bs. As., 10/5/2004

VISTO, el Expediente Nº 4537/2003 del registro de la

SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, por el que se

propone la declaración como monumento histórico nacional de los

inmuebles que son sede del CENTRO NACIONAL DE LA MUSICA y de las SALAS

NACIONALES DE EXPOSICION, en la Ciudad de BUENOS AIRES, y,

CONSIDERANDO:

Que el 7 de septiembre de 1810 la Junta Provisional

de Gobierno firmó el decreto de fundación de una BIBLIOTECA PUBLICA,

propiciado por su secretario, el doctor Mariano MORENO, quien fue

nombrado protector, designándose como bibliotecarios al doctor

Saturnino SEGUROLA y a fray Cayetano RODRIGUEZ.

Que el acervo inicial se conformó con el legado del

señor Obispo de la Ciudad de BUENOS AIRES don Manuel AZAMOR y RAMIREZ,

con los libros de los jesuitas expulsos que se conservaban en el

Colegio de San Carlos de BUENOS AIRES y con aquéllos que fueron

confiscados a los conspiradores de la ciudad de CORDOBA.

Que dicha Biblioteca —abierta al público el 16 de

marzo de 1812— tuvo su primera sede en un sector de la que luego se

conocería como "Manzana de las Luces", en la esquina de las actuales

calles PERU y MORENO de la Ciudad de BUENOS AIRES y fue dirigida por

prestigiosos hombres de la cultura, entre ellos Manuel MORENO

(1822-1828); Marcos SASTRE (1852-1853); José MARMOL (1858-1871); Paul

GROUSSAC (1885-1929) y, más recientemente, por Jorge Luis BORGES

(1955-1973).

Que, producida la federalización de BUENOS AIRES, el

organismo pasó a depender de la Nación, con el nombre de BIBLIOTECA

NACIONAL y, atento a que las instalaciones resultaban insuficientes,

por gestión del entonces director Paul GROUSSAC se le cedió el edificio

ubicado en la calle MEXICO Nº 560 de la Ciudad de BUENOS AIRES

—destinado, en principio, a la Lotería Nacional de Beneficencia—, el

cual fue proyectado en 1899 por el arquitecto italiano Carlos MORRA,

quien al año siguiente adaptó dicho inmueble para sus nuevas funciones

y dirigió las obras que fueron inauguradas el 27 de diciembre de 1901,

con la asistencia del Presidente de la República, General Julio

Argentino ROCA.

Que la fachada, de carácter académico, fue ampliada

en el año 1906 por obra del mismo arquitecto MORRA, extendiéndose hacia

la calle PERU sin perder su unidad, y presenta un cuerpo central a modo

de falso pórtico de un templo de orden monumental de estilo corintio,

apoyado sobre un basamento revestido en granito gris, coronado con un

frontis triangular de fondo liso con la leyenda "BIBLIOTECA NACIONAL"

en el friso.

Que el "piano nobile" presenta CINCO (5) puertas en

arcos de medio punto, TRES (3) de ellas en el cuerpo central, enlazadas

por un entablamento liso en el arranque de los arcos.

Que el vestíbulo está cubierto con bóvedas de

crucería sostenidas por pares de columnas jónicas de fuste liso, en

estuco símil mármol color rosa, capiteles dorados y policromados, arcos

fajones ornamentados y policromados; y que el solado se destaca por sus

mosaicos calcáreos con intrincados dibujos.

Que la gran sala de lectura —hoy llamada "Sala

Williams"— es de planta cuadrada con los ángulos achaflanados, de

triple altura; está rodeada de estanterías y de un balcón continuo en

el primer piso, y está coronada por un cielorraso a modo de cúpula con

grandes ventanas que iluminan el recinto junto con el gran vitral

central, decorado con estatuas de gusto modernista en el arranque de

las pechinas, molduras en los nervios y medallones de mosaico dorado

con los nombres del fundador y varios directores.

Que la "Sala Guastavino", en planta baja y la "Sala

Ginastera" en el primer piso —antes unidas por un balcón— fueron

independizadas en oportunidad de la adaptación del edificio a su nuevo

uso como CENTRO NACIONAL DE LA MUSICA en el año 1997, aunque conservan

elementos que remiten al proyecto originario, como las columnas del

nivel inferior y las ventanas y el cielorraso del superior.

Que la escalera principal se destaca por su baranda

de hierro forjado y los elementos de bronce simulando "bolilleros"

—símbolos del primer destino del edificio—; y que el espacio que la

alberga, rodeado de columnas jónicas, está coronado por TRES (3)

bóvedas vaídas con grandes óculos que permiten ver otras cúpulas

superpuestas cerradas por vitrales.

Que en el primer piso, sobre el frente, se

encuentran oficinas, entre las que se destaca el despacho del director

sobre el eje compositivo; y que éste se conserva casi intacto con

muchos de sus elementos de equipamiento originales.

Que en la década de 1940 se construyeron TRES (3)

niveles de oficinas en el sector ampliado durante el año 1906, no

percibidos en la fachada.

Que hacia el año 1910, en el predio comprendido

entre las actuales calles POSADAS, Avenida ALVEAR, Pasaje Eduardo

SCHIAFFINO y Avenida del LIBERTADOR GENERAL SAN MARTIN, se levantó el

PALAIS DE GLACE, destinado a albergar una pista de patinaje sobre hielo

—entretenimiento de moda entre la alta burguesía porteña—, que incluía

confitería, palcos, reservados, y un gran sótano para alojar las

maquinarias productoras de hielo.

Que, a cinco años de inaugurado, dicho edificio se

transformó en un elegante salón de baile, donde el tango fue adoptado

por la élite porteña, y en el que actuaron las orquestas de los

maestros FRANCISCO CANARO, ROBERTO FIRPO, JULIO DE CARO, y el pianista

JUAN CARLOS COBIAN.

Que en el año 1931 el Municipio de la Ciudad de

BUENOS AIRES cedió el referido inmueble al entonces MINISTERIO DE

EDUCACION Y JUSTICIA DE LA NACION para albergar a la DIRECCION NACIONAL

DE BELLAS ARTES y un año después se realizó allí el I Salón Nacional de

Bellas Artes y el XXII Salón Nacional de Artes Plásticas.

Que el edificio originalmente presentaba un aspecto

de rotonda de una planta, elevada un medio nivel sobre el terreno, con

los accesos enmarcados por columnas clásicas y coronados por cubiertas

de mansarda, siendo una pieza original dentro del vocabulario

arquitectónico del eclecticismo en su variante "Beaux-Arts".

Que, para cumplir con su nueva función, dicho

inmueble fue remodelado por el arquitecto Alejandro BUSTILLO, quien

entre los años 1932 y 1935 transformó la sala circular en salón de

exposiciones y modificó radicalmente su aspecto exterior, simplificando

su ornato y eliminando mansardas; y que de esa intervención el edificio

resultó transformado en un exponente menor del severo y tardío

neoclasicismo propio de su autor.

Que el espacio central —de aproximadamente TREINTA

METROS (30 m.) de diámetro— se caracteriza por su cúpula rebajada con

un gran lucernario central y está rodeado por columnas jónicas de las

que arrancan arcos moldurados que —sin transición— sostienen la cúpula.

Que hasta el año 1954 el referido inmueble funcionó

como Sala de Exposiciones; que por un breve período fue Estudio Anexo

del Canal 7 de Televisión; y que a partir del año 1960 se transformó en

sede del Salón Nacional y de las SALAS NACIONALES DE EXPOSICION.

Que una modificación edilicia realizada entre los

años 1979 y 1982 incorporó un entrepiso a este espacio, generando un

corte visual y espacial en el ámbito principal del edificio,

materializado con hormigón armado.

Que la planta baja consta, además, de un anillo de

locales secundarios que rodean a la rotonda y otros que surgen de

manera radial hasta completar un volumen de planta aproximadamente

rectangular.

Que el 14 de diciembre del año 2000 se inauguró la

Sala Permanente del Patrimonio de SALAS NACIONALES DE EXPOSICION,

patrimonio conformado por las obras que obtuvieron la máxima distinción

en los sucesivos salones nacionales, adquisiciones y donaciones.

Que el referido inmueble está emplazado en el Barrio

de La Recoleta, formando parte de un circuito turístico cultural

característico de la Ciudad de BUENOS AIRES.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la

SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la

debida intervención.

Que la COMISION NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS aconseja su declaratoria.

Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido por el artículo 4º de la Ley Nº 12.665 y su modificatoria.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Declárase monumento

histórico nacional al edificio que, entre los años 1901 y 1996, fuera

sede de la BIBLIOTECA NACIONAL, actual sede del CENTRO NACIONAL DE LA

MUSICA en la calle MEXICO Nº 560/62/64/68/84 en la Ciudad de BUENOS

AIRES (Datos Catastrales: Circunscripción 13, Sección 2, Manzana 29,

Parcela 4).

(Nota Infoleg: por art. 1° de laResolución N° 1/2024*de la Secretaría de Cultura B.O. 8/11/2024, se establece denominar con el nombre “BIBLIOTECA JORGE LUIS BORGES,

CENTRO DE ESTUDIOS BORGEANOS”, al edificio de la EX BIBLIOTECA

NACIONAL, sito en la calle México Nº 564 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES.)*

Art. 2º — Declárase monumento

histórico nacional al edificio sede de las SALAS NACIONALES DE

EXPOSICION, conocido como "PALAIS DE GLACE", con acceso principal por

la calle POSADAS Nº 1725 en la Ciudad de BUENOS AIRES (Datos

catastrales: Circunscripción 19, Sección 11, Manzana 68B, Parcela s/nº).

Art. 3º — La COMISION NACIONAL DE

MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS realizará las gestiones y

procedimientos establecidos en los artículos 4º y 6º de la Ley Nº

12.665, modificada por la Ley Nº 24.252; artículos 1º y 2º del Decreto

Nº 9830/51, y en los artículos 8º (modificado por el Decreto Nº

144.643/43) y 10 de su Decreto Reglamentario Nº 84.005/41, notificando

a las partes interesadas los alcances y contenidos de las disposiciones

citadas y las responsabilidades previstas en el artículo 8º de la Ley

citada en primer término y en los artículos 40, 41 y 42 de su

reglamentación, así como también practicará las inscripciones

correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese,

dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —

KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.