INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA

Rango Decreto
Publicación 2025-08-12
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA

Decreto 571/2025

DECTO-2025-571-APN-PTE - Estructura organizativa. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 11/08/2025

VISTO el Expediente Nº EX-2025-87025628-APN-DGDAGYP#MEC, el Decreto-Ley

N° 21.680 del 4 de diciembre de 1956 (texto ordenado por Resolución del

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA N° 567/61) y sus

modificatorios, el Decreto N° 462 del 7 de julio de 2025 y la

Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA N° 513 del

22 de mayo de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto-Ley N° 21.680/56 se creó el INSTITUTO NACIONAL DE

TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA) como organismo autárquico para impulsar,

vigorizar y coordinar el desarrollo de la investigación y extensión

agropecuaria y acelerar la tecnificación y el mejoramiento de la

empresa agraria y de la vida rural, desarrollando capacidades para el

sector agroindustrial y participando en redes que fomentan la

cooperación interinstitucional, la generación de conocimientos y

tecnologías al servicio de la sociedad, a través de sus sistemas de

extensión, información y comunicación.

Que por el Decreto N° 462/25 se dispuso la transformación del INSTITUTO

NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA), entonces organismo

descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA,

GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en un organismo

desconcentrado dependiente de la referida Secretaría.

Que, asimismo, por el precitado decreto se estableció que la conducción

de dicho organismo, ahora desconcentrado, estaría a cargo de un

Presidente, el que sería asistido por un Consejo Técnico que

establecería los lineamientos científico-técnicos del organismo.

Que la sustitución del artículo 4° y la derogación del artículo 8°,

ambos, del Decreto-Ley Nº 21.680/56 se realizaron con el objeto de

dotar al organismo de mayor agilidad operativa para la toma de

decisiones en el marco de su transformación institucional, modificando

la conducción del organismo y las funciones asignadas a su Presidente.

Que los lineamientos establecidos por el entonces Consejo Directivo eran operativizados por la citada Dirección Nacional.

Que las actuales funciones del Presidente del Instituto resultan

superpuestas con las oportunamente asignadas a la Dirección Nacional en

su carácter de órgano ejecutivo del Instituto.

Que el Presidente del referido Instituto Nacional, en cumplimiento de

las funciones conferidas mediante el artículo 4° del Decreto-Ley Nº

21.680/56, en las que se lo facultó a proponer la estructura

organizativa de dicho organismo, elaboró el Informe

IF-2025-82610586-APN-INTA#MEC en el que impulsa la supresión de la

citada Dirección Nacional de la estructura organizativa del Instituto.

Que, atento lo señalado, las razones operativas que justificaban la

existencia de la mencionada Dirección Nacional han desaparecido.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE

TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE

DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO y la OFICINA NACIONAL DE

PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE

HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les

compete.

Que el servicio jurídico correspondiente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Suprímese la Dirección Nacional de la estructura

organizativa del primer nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DE

TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA), organismo desconcentrado dependiente de

la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE

ECONOMÍA, aprobada por la Resolución N° 513 del 22 de mayo de 2019 de

dicho organismo.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que todas aquellas disposiciones de la

Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA N° 513/19

en las que se menciona a la Dirección Nacional del INSTITUTO NACIONAL

DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA deberán entenderse referidas al Presidente

del citado Instituto.

ARTÍCULO 3°.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las

áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las

aperturas estructurales existentes de primer nivel operativo y

aperturas de nivel inferior de la Dirección Nacional suprimida por el

presente acto, las que mantendrán las acciones, cargos, dotaciones y

suplementos vigentes a la fecha.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Luis Andres Caputo

e. 12/08/2025 N° 57526/25 v. 12/08/2025

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