SECRETARIA GENERAL

Rango Decreto
Publicación 2016-04-12
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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SECRETARÍA GENERAL

Decreto 576/2016

Designación.

Bs. As., 11/04/2016

VISTO el Expediente CUDAP N° S01: 0042862/2016 del registro de la

SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, los Decretos Nros.

648 del 26 de mayo de 2004 y sus modificatorios, 561 del 3 de abril de

2008, 407 del 16 de marzo de 2015 y 255 del 24 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 648/04 y sus modificatorios, se aprobó la

estructura organizativa de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE

LA NACIÓN.

Que por el artículo 8° del citado decreto, se creó la COORDINACIÓN

GENERAL DE ASUNTOS TÉCNICOS DE LA UNIDAD PRESIDENTE y la COORDINACIÓN

GENERAL DE ASUNTOS POLÍTICO INSTITUCIONALES DE LA UNIDAD PRESIDENTE.

Que por el Decreto N° 561/08 se creó, con dependencia directa del

Coordinador General de Asuntos Técnicos de la Unidad Presidente, el

cargo extraescalafonario de Subcoordinador de Asuntos Técnicos con

rango y jerarquía de Subsecretario y se establecieron sus funciones.

Que por el Decreto N° 407/15 se suprimieron la COORDINACIÓN GENERAL DE

ASUNTOS TÉCNICOS DE LA UNIDAD PRESIDENTE y LA COORDINACIÓN GENERAL DE

ASUNTOS POLÍTICO INSTITUCIONALES DE LA UNIDAD PRESIDENTE y se creó la

COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS Y POLÍTICOS DE LA UNIDAD

PRESIDENTE en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Asimismo, se estableció que el cargo de Subcoordinador de Asuntos

Técnicos, creado por Decreto N° 561/08 tendrá dependencia directa del

Coordinador General de Asuntos Técnicos y Políticos de la Unidad

Presidente, manteniéndose en su totalidad los alcances y disposiciones

de dicho Decreto.

Que por el Decreto N° 255/15 se aprobó la nueva conformación

organizativa de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

disponiendo la transferencia, con sus unidades organizativas

dependientes, de la COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS TÉCNICOS Y

POLÍTICOS DE LA UNIDAD PRESIDENTE, de la órbita de la PRESIDENCIA DE LA

NACIÓN a la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA

NACIÓN, y modificando su denominación a COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS

PRESIDENCIALES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que en esta instancia resulta necesario modificar la denominación de la

SUBCOORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS TÉCNICOS, por la de SUBCOORDINADOR

GENERAL DE ASUNTOS PRESIDENCIALES y adecuar sus cometidos.

Que la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION DE EMPLEO PUBLICO dependiente de

la SECRETARIA DE EMPLEO PUBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha

tomado la intervención de su competencia.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE

ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la

SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN

NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Modifícase la

denominación del cargo extraescalafonario de Subcoordinador de Asuntos

Técnicos, el cual pasará a denominarse Subcoordinador General de

Asuntos Presidenciales, dependiente de la COORDINACION GENERAL DE

ASUNTOS PRESIDENCIALES de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA

NACIÓN.

Art. 2° — Apruébanse las

funciones del Subcoordinador General de Asuntos Presidenciales,

dependiente de la COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS PRESIDENCIALES de la

SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con

el detalle obrante en la Planilla anexa al presente artículo.

Art. 3° — Desígnase, a partir

del 1 de enero de 2016, a Da. María Lucía BONETTO (D.N.I. N°

31.807.979) en el entonces cargo extraescalafonario de Subcoordinadora

de Asuntos Técnicos, actual cargo extraescalafonario de Subcoordinadora

General de Asuntos Presidenciales, dependientes de la COORDINACIÓN

GENERAL DE ASUNTOS PRESIDENCIALES de la SECRETARÍA GENERAL de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con rango y jerarquía de Subsecretario.

Art. 4° — Incorpórase con

carácter de excepción, el cargo citado en el artículo 1° de la presente

medida, en los artículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso c) de la

Planilla Anexa al artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477 del

16 de septiembre de 1998 y sus modificatorios.

Art. 5° — El gasto que demande

el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las

partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 20 - 01

SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.

Planilla Anexa al Artículo 2°

SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS PRESIDENCIALES

SUBCOORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS PRESIDENCIALES

FUNCIONES

1.

Organizar y atender el desarrollo de las actividades vinculadas a

las funciones específicas de la Coordinación General de Asuntos

Presidenciales, que particularmente se le encomienden.

2.

Asistir al Coordinador General de Asuntos Presidenciales en todo lo

vinculado a sus funciones específicas dirigidas al Presidente de la

Nación y al Secretario General de la Presidencia de la Nación.

3.

Coordinar con el Director General de Ceremonial la asistencia

protocolar al Presidente de la Nación en actos oficiales, ceremonias y

reuniones que se lleven a cabo en Presidencia de la Nación, como así

también, las que se realicen fuera de la misma.

4.

Coordinar con la Dirección General de Audiencias, las audiencias

solicitadas al Presidente de la Nación dentro y fuera del país.

5.

Colaborar con la ejecución de las funciones específicas de la Dirección General de Logística.

6.

Coordinar juntamente con la Administración General de la Residencia

Presidencial de Olivos la ejecución de sus funciones específicas.

7.

Colaborar con las áreas que se encuentran en la órbita de la

Coordinación General de Asuntos Presidenciales en el desarrollo de sus

funciones específicas.

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