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DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Texto vigente a fecha 1970-01-02

**DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 5763/1958**

Bs. As., 24/4/1958

VISTO el presente expediente DGI.5.228, corresponde

110, Nº 9/58 “S” - - - - - - - - - - (M.G.), lo

propuesto por el señor Ministro de Aeronáutica, interinamente a cargo

de la Cartera de Guerra, y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Ingenieros solicita en estos actuados la

aprobación de la Orden de Trabajo Nº 14008 de fecha 7 de febrero de

1958;

Que la misma fué aprobada ad-referendum del Poder Ejecutivo Nacional

por la Comisión Administrativa de la expresada Repartición, según

Resolución Nº 370, del 9 de abril de 1958;

Que el Tribunal de Cuentas de la Nación por intermedio de su Delegación

en la Dirección General de Ingenieros ha prestado su conformidad a

estas actuaciones, según Informe Nº 1916/1958;

Que la solicitud formulada está encuadrada dentro de lo establecido en

el Articulo 5°, Apartado A.,2° y Apartado B.,2° de la Reglamentación de

la Ley 12737, aprobada por Decreto Nº 1434, de fecha 22 de enero

de 1947 (B.M.P.955) y modificada por Decreto Nº 23313, de fecha 8 de

agosto de 1947 (B.M.P.1110),

EL PRESIDENTE PROVISIONAL DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase la

Orden de Trabajo Nº 14008, de fecha 7 de febrero de 1958, preparada por

la Dirección General de Ingenieros, referente a la ejecución de los

trabajos inherentes al Relevamiento de la Carta Geológica Militar y de

Agua, de carácter secreto, en las fronteras fijadas por la

Superioridad, e impresión de cartas, a cargo de la Dirección General de

Ingenieros.

Art. 2° — La suma de

OCHOCIENTOS MIL PESOS MONEDA NACIONAL - ($ 800.000,00 m/n.) a que

asciende estimadamente el monto de la citada Orden de Trabajo, se

imputará a: 5 - 29 - D.G.I. - 3 - 4 - 1 - 2 - 1 - Presupuesto General

de la Nación - Ejercicio - 1957/58, Decreto Nº 16990/57.

Art. 3° — Comuníquese, tomen

nota la Dirección General de Ingenieros del Ministerio de Guerra, el

Tribunal de Cuentas de la Nación y la Contaduría General de la Nación y

vuelva a la citada repartición militar, para su archivo. — ARAMBURU.