OBRAS PUBLICAS

Rango Decreto
Publicación 1998-05-19
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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OBRAS PUBLICAS

Decreto 581/98

**Apruébanse la adjudicación por el sistema de

Concesión de Obra Pública con pago de peaje de la

construcción, conservación, mantenimiento, administración

y explotación de la obra de la Conexión Física

entre las ciudades de Rosario, Provincia de Santa Fe, y Victoria,

Provincia de Entre Ríos y el Contrato de Concesión

suscripto con el consorcio integrado por Impregilo Sociedad por

Acciones, Iglys S.A., Hochtief Aktiengesellechaft Vorm. Gebr.

Helfmann, Techint Compañia Técnica Internacional

S.A.C. e I. y Benito Roggio e Hijos S.A.**

Bs. As., 14/5/98

B.O: 19/5/98

VISTO el Expediente N° 561-025748/95 del Registro del MINISTERIO

DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 17.520, modificada por su similar N° 23.696

permite que a través del régimen de concesión

de obra pública con pago de peaje se encare la construcción,

conservación, mantenimiento, administración y explotación

de obras de las características de la Conexión Física

entre las ciudades de ROSARIO. Provincia de SANTA FE, y VICTORIA,

Provincia de ENTRE RIOS.

Que por el Decreto N° 855 del 6 de diciembre de 1995 modificado

por su similar N° 650 del 15 de julio de 1997 se dispuso

llevar adelante esa tarea, fijándose las pautas fundamentales

a que debía ajustarse la correspondiente concesión

de obra.

Que por Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y

SERVICIOS PUBLICOS N° 815 del 23 de julio de 1997 se dispuso

el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional

para la adjudicación de la Concesión de Obra Pública

para la construcción, conservación, mantenimiento,

administración y explotación de la obra Conexión

Física entre la ciudades de ROSARIO, Provincia de SANTA

FE, y VICTORIA, Provincia de ENTRE RIOS.

Que por la Resolución citada en el considerando precedente

se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones que estableció

el proceso conforme al cual se llevó a cabo la selección

del Postulante Ganador.

Que por Resolución N° 13 de la SECRETARIA DE OBRAS

PUBLICAS dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS

PUBLICOS de fecha 19 de setiembre de 1997 resultaron calificados

en condiciones de ofertar los siguientes consorcios: a) DRAGADOS

Y CONSTRUCCIONES S.A. y otros, b) IMPREGILO SOCIEDAD POR ACCIONES

y otros c) INGENIEROS CIVILES ASOCIADOS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE y otros, y d) TRITURADOS BASALTICOS Y DERIVADOS SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE y otros.

Que por Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y

SERVICIOS PUBLICOS N° 1076 de fecha 25 de septiembre de 1997

se aprobó el texto definitivo del Contrato de Concesión

de la obra que se licita, que los Postulantes Calificados entregaron

firmados juntamente con sus ofertas.

Que por Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y

SERVICIOS PUBLICOS N° 1309 del 13 de noviembre de 1997 se

declaró como Postulante Ganador al consorcio integrado

por: IMPREGILO SOCIEDAD POR ACCIONES, IGLYS SOCIEDAD ANONIMA,

-HOCHTIEF AKTIENGESELLSCHAFT VORM. GEBR. HELFMANN, TECHINT COMPAÑIA

TECNICA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL

y BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA, habida cuenta que ajustó

la totalidad de la documentación técnico-económica

acompañada a los requerimientos del Pliego y sus Circulares

y presentó la mejor Oferta.

Que el día 28 de enero de 1998, el Señor Ministro

de Economía y Obras y Servicios Públicos, Doctor

Roque Benjamín FERNANDEZ, suscribió, en su carácter

de Autoridad de Aplicación el pertinente Contrato de Concesión,

cuya partida presupuestaria fuera aprobada por la Ley N°

24.938, ad referendum del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que conforme a lo establecido en Artículo 5° del Contrato

de Concesión el Postulante Ganador procedió a constituir

la Sociedad Concesionaria cuyo Estatuto fuera aprobado por Resolución

N° 839 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

de fecha 23 de marzo de 1998 e inició los trámites

por ante la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA dependiente del MINISTERIO

DE JUSTICIA.

Que todo lo actuado en la licitación de marras se ha ajustado

a lo dispuesto por las leyes y demás actos administrativos

citados en los considerandos precedentes.

Que corresponde, en consecuencia, la aprobación del Contrato

de Concesión que ha sido suscripto por el Postulante Ganador

y el Señor Ministro de Economía y Obras y Servicios

Públicos ad referendum del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION ha tomado la intervención

que le compete.

Que, por otra parte, está previsto que dentro de los CINCO

(5) días de publicado en el Boletín Oficial el presente

Decreto, la Sociedad Concesionaria deberá tener constituidas

todas las garantías contractuales correspondientes.

Que ha tomado la intervención que le compete asimismo,

la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA

Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS dictaminando sin observaciones.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas

por la Ley N° 17.520, modificada por su similar N° 23.696

y por el Artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-Apruébase la adjudicación

por el sistema de Concesión de Obra Pública con

pago de peaje de la construcción, conservación,

mantenimiento, administración y explotación de la

obra de la Conexión Física entre las ciudades de

ROSARIO, Provincia de SANTA FE y VICTORIA, Provincia de ENTRE

RIOS, resultante de la Licitación Pública Nacional

e Internacional dispuesta por Resolución N° 815 del

23 de julio de 1997 del MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRAS Y SERVICIOS

PUBLICOS, y todo lo actuado por el citado ministerio.

Art. 2°-Apruébase el Contrato de Concesión

suscripto por el Señor Ministro de Economía y Obras

y Servicios Públicos con el consorcio integrado por: IMPREGILO

SOCIEDAD POR ACCIONES, IGLYS SOCIEDAD ANONIMA, HOCHTIEF AKTIENGESELLSCHAFT

VORM. GEBR, HELFMANN, TECHINT COMPAÑIA TECNICA INTERNACIONAL SOCIEDAD

ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL y BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD

ANONIMA que en fotocopia autenticada forma parte integrante del

presente decreto como Anexo I.

Art. 3°-Facúltase al MINISTERIO DE ECONOMIA

Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a efectuar las modificaciones a dicho

Contrato de Concesión que eventualmente resultarán

necesarias, las que deberán ser congruentes con los documentos

y objetivos que rigieron la Licitación.

Art. 4°-Facúltase al Señor Secretario

de Obras Públicas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y

SERVICIOS PUBLICOS a realizar las interpretaciones y aclaraciones

que demande el Contrato de Concesión que se aprueba por

el presente decreto.

Art. 5°-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-MENEM.-Jorge A. Rodríguez.- Roque B. Fernández.-

Carlos V. Corach.

NOTA:Este Decreto se pública sin el Anexo I. La

documentación no publicada puede ser consultada en la Sede

Central del Boletín Oficial (Suipacha 767, Capital

Federal).

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.