CONTRATOS

Rango Decreto
Publicación 2024-07-05
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CONTRATOS

Decreto 582/2024

DECTO-2024-582-APN-PTE - Autorízase donación.

Ciudad de Buenos Aires, 04/07/2024

VISTO el Expediente Nº EX-2018-27209478-APN-DNCMD#MD, la Resolución del

MINISTERIO DE DEFENSA Nº 305 del 23 de abril de 2012, el ACUERDO DE

PRÉSTAMO DE USO SIN CARGO ENTRE EL MINISTERIO DE DEFENSA DE LA

REPÚBLICA ARGENTINA Y EL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL DE LA REPÚBLICA

DEL ECUADOR del 20 de abril de 2012 y el ACUERDO DE PRÉSTAMO DE USO SIN

CARGO ENTRE EL MINISTERIO DE DEFENSA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y EL

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR del 18 de

enero de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 20 de abril de 2012 se suscribió el ACUERDO DE PRÉSTAMO

DE USO SIN CARGO ENTRE EL MINISTERIO DE DEFENSA DE LA REPÚBLICA

ARGENTINA Y EL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL

ECUADOR en virtud del cual el MINISTERIO DE DEFENSA de la REPÚBLICA

ARGENTINA hizo entrega en calidad de comodato o préstamo de uso al

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL de la REPÚBLICA DEL ECUADOR, que aceptó

a su más entera conformidad, de UNA (1) Planta Potabilizadora de Agua

por Ósmosis Inversa de 600 lts hs. por el plazo de UN (1) año contado a

partir de la fecha de entrega y recepción, prorrogable por otro término

igual.

Que mediante la Resolución Nº 305 de fecha 23 de abril del año 2012 el

MINISTRO DE DEFENSA autorizó al ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO a

exportar la planta potabilizadora mencionada ut-supra.

Que con fecha 18 de enero del año 2018 se celebró un nuevo ACUERDO DE

PRÉSTAMO DE USO SIN CARGO ENTRE EL MINISTERIO DE DEFENSA DE LA

REPÚBLICA ARGENTINA Y EL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL DE LA REPÚBLICA

DEL ECUADOR por el que se fijó un nuevo plazo de DOS (2) años a partir

de su suscripción, con renovación automática de UN (1) año más, salvo

solicitud de finalización por cualquiera de las partes.

Que en los Acuerdos precedentemente mencionados el MINISTERIO DE

DEFENSA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR expresó su intención de

incrementar la capacidad de sus Fuerzas Armadas en materia de

potabilización del agua, destinando la planta potabilizadora para

realizar pruebas y ensayos, asistir a la sociedad civil y contribuir al

desarrollo industrial y tecnológico y comprometiéndose a no modificar

el destino mencionado ni utilizar dicha planta potabilizadora en

ninguna acción de guerra ni en actividades relacionadas con armas de

destrucción en masa.

Que la Dirección de Asuntos Bilaterales y Multilaterales del MINISTERIO

DE DEFENSA solicitó al EJÉRCITO ARGENTINO se inicie el procedimiento

administrativo correspondiente para la evaluación de la cesión

definitiva de UNA (1) Planta Potabilizadora de Agua por Ósmosis Inversa

de 600 lts hs. y sus accesorios a la REPÚBLICA DEL ECUADOR.

Que la SECRETARÍA GENERAL DEL EJÉRCITO manifestó que no habría

impedimentos para continuar con el trámite del correspondiente

expediente con el fin de realizar la cesión definitiva por parte del

Poder Ejecutivo Nacional a la REPÚBLICA DEL ECUADOR.

Que la Agregaduría de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutica de la

EMBAJADA de la REPÚBLICA ARGENTINA en la REPÚBLICA DEL ECUADOR informó

que la Planta Potabilizadora se encuentra actualmente en funcionamiento

y en óptimas condiciones de operatividad.

Que han tomado intervención las áreas competentes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que las DIRECCIONES GENERALES DE ASUNTOS JURÍDICOS del ESTADO MAYOR

GENERAL DEL EJÉRCITO y del MINISTERIO DE DEFENSA han tomado la

intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por

el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo

S/N° de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto

(t.o. 2014) –correspondiente al artículo 76 de la Ley N° 27.431

incorporado por el artículo 125 de la citada Ley-, así como también por

el artículo 32 del Reglamento de Bienes Muebles y Semovientes del

Estado, texto ordenado aprobado por la Resolución AABE N° 3/24.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase la donación a título gratuito a favor del

Gobierno de la REPÚBLICA DEL ECUADOR de UNA (1) Planta Potabilizadora

de Agua por Ósmosis Inversa de 600 lts hs. y sus accesorios, la cual

quedará perfeccionada una vez suscripto por las partes el Contrato de

Donación.

ARTÍCULO 2º.- Desígnase al MINISTERIO DE DEFENSA como Organismo

Ejecutor del Contrato de Donación, quedando facultado para celebrar los

actos necesarios para su correcta implementación.

ARTÍCULO 3º.- Facúltase al señor Ministro de Defensa a suscribir en

nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA el Contrato de

Donación correspondiente, y a convenir y suscribir modificaciones al

mismo.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndase al Agregado de Defensa, Militar, Naval y

Aeronáutico a la EMBAJADA de la REPÚBLICA ARGENTINA en la REPÚBLICA DEL

ECUADOR la ejecución de todas las acciones conducentes a la donación

autorizada por el artículo 1º del presente decreto. En caso de no haber

Agregado en esa jurisdicción, cumplirá tal función un funcionario

perteneciente al Servicio Exterior de la Nación acreditado en la misma.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Guillermo Francos - Luis Petri

e. 05/07/2024 N° 43593/24 v. 05/07/2024

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