EXTRADICION

Rango Decreto
Publicación 1998-05-27
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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EXTRADICION

Decreto 585/98

**Autorízase la entrega inmediata a la República

Italiana, de un ciudadano argentino.**

Bs. As., 19/5/98

B.O: 27/5/98

VISTO el expediente Nro. 904/94 del Registro de la Dirección

General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que el ciudadano argentino Néstor Eduardo GUARRIELLO (D.N.I.

Nro. 10.672.460) es requerido por el Tribunal de Venecia, REPUBLICA

ITALIANA, por los delitos de asociación ilícita

dedicada al trafico de sustancias estupefacientes y tráfico

agravado de sustancias estupefacientes.

Que por sentencia del 5 de Diciembre de 1997, el Juzgado Federal

Nro. 1 de La Plata, Provincia de BUENOS AIRES, declaró

procedente la extradición solicitada.

Que el Juzgado Federal Nro. 1 de Lomas de Zamora, Provincia de

BUENOS AIRES, en causa Nro. 4032 "GUARRIELLO, Néstor

Eduardo s/infracción artículos 292, 293 y 296 del

Código Penal" dictó el 30 de Septiembre de

1996 el procesamiento del nombrado sin prisión preventiva,

por encontrarlo -prima facie- y por semi plena prueba autor responsable

del delito de adulteración de documento público,

en grado de partícipe necesario, lo que obstaría

en principio a la extradición solicitada.

Que la Ley 24.767 en su artículo 39 faculta al PODER EJECUTIVO

NACIONAL a decidir sobre la conveniencia de la entrega o postergación,

aun ante la existencia de causas pendientes en la REPUBLICA ARGENTINA.

Que la postergación de la entrega conlleva la puesta inmediata

en libertad decretada en la citada causa N° 4032, permitiendo

así que el requerido se substraiga a la extradición

concedida.

Que el Tratado de Extradición entre la REPUBLICAARGENTINA

y la REPUBLICA ITALIANA, suscripto el 9 de Diciembre de 1987,

en su artículo 10, faculta la entrega de la persona sometida

a juicio en el Estado requerido.

Que los delitos por los cuales se concedió la extradición

son de una entidad evidente y significativamente más grave

que el que motiva la causa en trámite ante el Juzgado Federal

Nro. 1 de Lomas de Zamora, Provincia de BUENOS AIRES,

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y

CULTO, se expidió en ese sentido en virtud que dicha situación

está contemplada en el artículo 39, inc. a), segundo

párrafo, de la ley 24.767.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para dictar

la presente medida en virtud de las atribuciones emergentes de

los artículos 36 y 39 de la ley 24.767 y del artículo

10 del Tratado de Extradición citado, que fuera aprobado

por ley 23.719.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-Autorízase la entrega inmediata

del ciudadano argentino Néstor Eduardo GUARRIELLO (D.N.I.

Nro. 10.672.460) a la REPUBLICA ITALIANA, a los efectos de someterlo

a juicio por ante el Tribunal de Venecia, conforme la sentencia

dictada el 5 de Diciembre de 1997 por el Señor Juez Federal

Nro. 1 de La Plata, Provincia de BUENOS AIRES, Doctor Manuel Humberto

Blanco, en la causa Nro. 95.626.Tal entrega se efectuará

con la condición de que en caso de disponerse su libertad

en dicho país se informe el domicilio que fije el extraditado

y se lo restituya a la REPUBLICA ARGENTINA en la oportunidad en

que se lo requiera en la causa Nro. 4032, en trámite ante

el Juzgado Federal Nro. 1 de Lomas de Zamora, Provincia de BUENOS

AIRES.

Art. 2°-Comuníquese la decisión adoptada

a los Juzgados Federales en lo Criminal y Correccional N°

1 de Lomas de Zamora y N° 1 de La Plata, Provincia de BUENOS

AIRES, así como al Señor Procurador General de la

Nación.

Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge

A. Rodríguez.- Guido Di Tella.-Raúl E. Granillo

Ocampo

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