MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Rango Decreto
Publicación 2014-04-30
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 592/2014

Dase por designado el Director Nacional de Formación en Derechos Humanos.

Bs. As., 23/4/2014

VISTO el Expediente Nº S04:0033598/2013 del registro del MINISTERIO DE

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, las Leyes Nros. 26.784 y 26.895, los

Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002

y 2098 del 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895, se

estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración

Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a

la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a

dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o

del PODER EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el

artículo 10 de las citadas leyes.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos,

que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración

Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente

y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a

propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS solicita la cobertura

transitoria del cargo vacante financiado de Director Nacional de

Formación en Derechos Humanos, Nivel A - Grado 0, con Función Ejecutiva

Nivel I, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del

SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto

Nº 2098/08, dependiente de la SUBSECRETARIA DE PROMOCION DE DERECHOS

HUMANOS de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS.

Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria

resulta necesario designar a la persona que se propone con carácter de

excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de las Leyes Nros. 26.784 y

26.895, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos

mínimos de acceso al Nivel A establecidos en el artículo 14 del

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº

2098/08.

Que la persona propuesta reúne los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño del cargo a cubrir.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del citado

Ministerio para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba

por el presente.

Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto Nº 601/02.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, de

los artículos 7° y 10 de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895, y del

artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° —Dase por

designado transitoriamente, a partir del 29 de julio de 2013 y por el

término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la

fecha del presente decreto, al licenciado Matías Facundo MORENO (D.N.I.

Nº 24.674.288), en el cargo de Director Nacional de la DIRECCION

NACIONAL DE FORMACION EN DERECHOS HUMANOS de la SUBSECRETARIA DE

PROMOCION DE DERECHOS HUMANOS de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Nivel A - Grado 0 del

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº

2098/08, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva

Nivel I del referido Convenio, con carácter de excepción a lo dispuesto

por el artículo 7° de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895, y con

autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso

al Nivel A establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

Art. 2° —El cargo involucrado

deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de

selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los

Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de

Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

(SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de

CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del

presente decreto.

Art. 3° — El gasto que demande

el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos

asignados a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS

HUMANOS.

Art. 4° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Julio C.

Alak.

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