EDUCACION SUPERIOR
Ministerio de Cultura y Educación
UNIVERSIDAD PROVINCIAL DE MAR DEL PLATA
Decreto N° 605/1970
Inclúyese en su plan de estudios la carrera de psicología y el Curso de doctorado en psicología.
Bs. As., 12/8/70.
VISTO las constancias del Expediente número 56.540/68 del Registro del
Ministerio de Cultura y Educación y lo aconsejado por dicho
Departamento de Estado en el Expediente número 79.904/69, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1.351/70 obrante en el Expediente N° 56.540/68, se
autoriza a la Universidad Provincial de Mar del Plata a funcionar bajo
el régimen de la Ley 17.778;
Que en la nómina contenida en el artículo 2° del citado decreto, por el
que se aprueban en su estructura general los planes de estudios
en el establecimiento, no se menciona la carrera de Psicología;
Que la Universidad Provincial de Mar del Plata, por nota del 14 de
abril del corriente año, solicita la inclusión de dicha carrera y sus
correspondientes título y grados, medida sin duda procedente, atento el
dictamen producido por la Dirección Nacional de Altos Estudios y,
obrante a fs. 3103:3109 del Expediente N° 56.540/68;
Que el Ministerio de Cultura y Educación aconseja proceder de conformidad con el pedido efectuado;
Que la medida se encuadra en las disposiciones de la Ley N° 17.778 y del Decreto N° 1.617/69:
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° - Inclúyase la
carrera de Psicología y el Curso de Doctorado en Psicología e la nómina
contenida en el artículo 2° de Decreto N° 1.351/70, por el que se
autoriza a la Universidad Provincial de Mar del Plata a funcionar bajo
el régimen de la Ley N° 17.778.
Art. 2° - Comuníquese, publiquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
LEVINGSTON.
José L. Cantini.
Eduardo F. Mc Loughlin.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.