CONTRATOS

Rango Decreto
Publicación 2021-09-10
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CONTRATOS

Decreto 606/2021

DCTO-2021-606-APN-PTE - Aprobación.

Ciudad de Buenos Aires, 09/09/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-65974090-APN-SSRFID#SAE y el Modelo de

Contrato de Préstamo BID N° 5295/OC-AR propuesto para ser suscripto

entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO

(BID), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5295/OC-AR el

BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir

financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la

ejecución del Programa “Apoyo a Poblaciones Vulnerables a través del

Plan Argentina contra el Hambre en el marco de la pandemia de

COVID-19”, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS

MILLONES (USD 200.000.000).

Que el objetivo general del citado Programa es contribuir a asegurar

niveles mínimos de calidad de vida de las personas vulnerables frente a

la crisis causada por la pandemia de COVID-19.

Que el objetivo específico es apoyar niveles mínimos de ingreso de personas afectadas por la pandemia.

Que para la ejecución del Programa se desarrollará UN (1) componente:

Protección mediante el uso de programas de transferencias monetarias

existentes.

Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del

financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE DESARROLLO

SOCIAL a través de la Dirección General de Programas y Proyectos

Especiales y Cooperación Internacional de la SECRETARÍA DE GESTIÓN

ADMINISTRATIVA del citado Ministerio.

Que, por su parte, la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a través de la Dirección de Programas y

Proyectos Especiales con Enfoque Sectorial Amplio, actuará como

subejecutora y quedará bajo su responsabilidad la ejecución de la

agenda de evaluación del Programa.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA

ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio de la

SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,

suscriba el Contrato de Préstamo BID N° 5295/OC-AR, así como toda otra

documentación relacionada con la operatoria de dicho Préstamo.

Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Secretario de

Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN para que, en nombre

y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de

Préstamo BID N° 5295/OC-AR y acuerde las modificaciones que sean

convenientes para la ejecución del Programa “Apoyo a Poblaciones

Vulnerables a través del Plan Argentina contra el Hambre en el marco de

la pandemia de COVID-19”, siempre y cuando no constituyan cambios

sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en un

incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral

pactado.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de

interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de

Préstamo BID N° 5295/OC-AR propuesto para ser suscripto son los usuales

que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los

propósitos y objetivos para los que será destinado el mencionado

Préstamo.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y

por el artículo 53 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de

Presupuesto (t.o. 2014).

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID N°

5295/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO

INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DÓLARES

ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (USD 200.000.000), destinado a

financiar el Programa “Apoyo a Poblaciones Vulnerables a través del

Plan Argentina contra el Hambre en el marco de la pandemia de COVID-19”

que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por SEIS (6)

Capítulos, de las Normas Generales integradas por DOCE (12) Capítulos y

de UN (1) Anexo Único, que como ANEXO I

(IF-2021-61828572-APN-SSRFID#SAE) forma parte integrante de esta

medida. Asimismo, forman parte integrante de la presente medida como

ANEXO II (IF-2021-52118301-APN-SSRFID#SAE) y ANEXO III

(IF-2021-52118085-APN-SSRFID#SAE) las “Políticas para la Adquisición de

Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo” y

las “Políticas para la Selección y Contratación de Consultores

Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”,

respectivamente, ambas correspondientes a la edición de mayo de 2019.

ARTÍCULO 2°.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o

funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir, en nombre y

representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID

N° 5295/OC-AR y su documentación adicional, conforme al Modelo que se

aprueba en el artículo 1º de este decreto.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o

funcionarios o funcionarias que este designe, a convenir y suscribir,

en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al

Contrato de Préstamo BID N° 5295/OC-AR, cuyo modelo se aprueba por el

artículo 1º de esta medida, siempre que no constituyan cambios

sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un

incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento

arbitral pactado.

ARTÍCULO 4°.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del Programa “Apoyo a

Poblaciones Vulnerables a través del Plan Argentina contra el Hambre en

el marco de la pandemia de COVID-19” al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

a través de la Dirección General de Programas y Proyectos Especiales y

Cooperación Internacional de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

del citado Ministerio. Asimismo, la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS

de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a través de la Dirección de Programas y

Proyectos Especiales con Enfoque Sectorial Amplio actuará como

subejecutora, quedará bajo su responsabilidad la ejecución de la agenda

de evaluación del Programa y todas ellas estarán facultadas para

realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la

ejecución del mencionado Programa, conforme las normas y procedimientos

contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo que se aprueba por el

artículo 1° de la presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Martín Guzmán

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 10/09/2021 N° 66385/21 v. 10/09/2021

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)*

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.