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JUSTICIA MILITAR

Texto vigente a fecha 1970-01-02

JUSTICIA MILITAR

Decreto 61/98

**Gendarmería Nacional. Destitución y baja de un

oficial.**

Bs. As., 15/1/98

B.O.: 26/01/98

VISTO el Expediente Nº 421.983/97 - registro del Ministerio

del Interior -, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 20 de mayo de 1997, el TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL

FEDERAL DE POSADAS, resolvió condenar al Segundo Comandante

(R) D. Carlos Aníbal ALVAREZ (DNI 13.875.855), a la pena

de TRES (3) años de prisión - ejecución condicional

y costas -, como participe necesario en el delito de "Contrabando

Calificado de Exportación en Grado de Tentativa",

previsto en los artículos 886, 863, 865, inciso c),871

y 872 del Código Aduanero y, 29, inciso 3º y 26 del

Código Penal.

Que la condena impuesta en sede judicial, entraña la destitución

del causante, conforme lo establecido por los artículos

49, inciso e) de la Ley Nº 19.349 (Ley de la GENDARMERIA

NACIONAL ARGENTINA), 538 y 546 del Código de Justicia Militar.

Que en el presente caso ha tomado intervención la DIRECCION

DE ASUNTOS JURIDICOS de la GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA y, la

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que la presente medida se dicta en función de lo establecido

en el artículo 552 del Código de Justicia Militar

y 99, incisos 1 y 12 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Destitúyese y dése

de baja de GENDARMERIA NACIONAL, a partir del 20 de mayo de 1997,

al Segundo Comandante (R) D. Carlos Aníbal ALVAREZ (DNI

13.875.855).

Art. 2º-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivase.-

MENEM.- Carlos V. Corach.