SERVICIO EXTERIOR

Rango Decreto
Publicación 2018-07-03
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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SERVICIO EXTERIOR

Decreto 612/2018

Establécese Representación Diplomática.

Ciudad de Buenos Aires, 02/07/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2017-15104374-APN-DDMEAPYA#MRE, y

CONSIDERANDO:

Que por la Declaración Conjunta de fecha 27 de julio de 1993 se

establecieron relaciones diplomáticas entre la REPÚBLICA ARGENTINA y

los ESTADOS FEDERADOS DE MICRONESIA.

Que, desde entonces, no se ha asignado la concurrencia diplomática y la

circunscripción consular de los ESTADOS FEDERADOS DE MICRONESIA a

ninguna Representación Argentina.

Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, luego de realizadas

las evaluaciones pertinentes, considera conveniente establecer la

concurrencia diplomática ante los ESTADOS FEDERADOS DE MICRONESIA, en

la Embajada de la República en JAPÓN.

Que en el mismo sentido, resulta necesario modificar la circunscripción

consular de la Sección Consular de la Embajada de la República en

JAPÓN, para que incorpore el territorio de los ESTADOS FEDERADOS DE

MICRONESIA.

Que la asignación propuesta redundará en una mejor atención de las

relaciones bilaterales entre la REPÚBLICA ARGENTINA y los ESTADOS

FEDERADOS DE MICRONESIA, facilitando la promoción de los vínculos

políticos, económicos y culturales.

Que los ESTADOS FEDERADOS DE MICRONESIA y JAPÓN han sido debidamente

notificados de la intención de la REPÚBLICA ARGENTINA de ejercer la

concurrencia diplomática con los ESTADOS FEDERADOS DE MICRONESIA desde

la Embajada de la República en JAPÓN, conforme lo establecido en la

CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE RELACIONES DIPLOMÁTICAS de fecha 18 de abril

de 1961 y la circunscripción consular con los ESTADOS FEDERADOS DE

MICRONESIA desde la Sección Consular de la Embajada de la República en

JAPÓN, conforme lo establecido en la CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE

RELACIONES CONSULARES, aprobadas por el Decreto Ley Nº 7672 de fecha 13

de septiembre de 1963 y la Ley Nº 17.081, respectivamente.

Que los ESTADOS FEDERADOS DE MICRONESIA y JAPÓN, luego de haber sido

notificados en debida forma de acuerdo con lo establecido en el

artículo 5 de la citada CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE RELACIONES

DIPLOMÁTICAS, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la

referida CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE RELACIONES CONSULARES, no se han

opuesto expresamente.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR y la

SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES Y CULTO han tomado intervención en el ámbito de sus

respectivas competencias.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE

RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su

competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Establécese la Representación Diplomática de la REPÚBLICA

ARGENTINA ante los ESTADOS FEDERADOS DE MICRONESIA, asignándose tal

función a la Embajada de la República en JAPÓN.

ARTÍCULO 2°.- Modifícase la circunscripción consular de la Sección

Consular de la Embajada de la República en JAPÓN, la cual incorporará

el territorio de los ESTADOS FEDERADOS DE MICRONESIA.

ARTÍCULO 3°.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente

decreto se imputarán a las respectivas partidas del presupuesto de la

Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Jorge Marcelo Faurie

e. 03/07/2018 N° 47570/18 v. 03/07/2018

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