ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Decreto 617/2001
Transfiérese al citado Organismo al ámbito del Ministerio de Economía. Derógase el Decreto Nº 90/2001.
Bs. As., 11/5/2001
VISTO la Ley Nº 25.414, y el Decreto Nº 90 del 25 de enero de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado Decreto Nº 90/01 se dispuso la transferencia de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS a la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que en esta instancia, por razones operativas, la especificidad de los cometidos asignados al MINISTERIO DE ECONOMIA y para una mejor aplicación de la normativa impositiva recientemente dictada, resulta conveniente que la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS actué en el ámbito de la citada Cartera de Estado.
Que ello se dispone en el marco de las facultades otorgadas por la Ley Nº 25.414.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la Constitución Nacional y el artículo 1º de la Ley Nº 25.414.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA: