MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Rango Decreto
Publicación 1966-08-19
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

OBRAS PUBLICAS

Decreto N° 624/1966

**SALTO GRANDE. — Créase una Comisión

Interministerial que tendrá a su cargo la coordinación y definición de

aspectos complementarios del proyecto de Salto Grande y del Convenio

del 30/12/46.**

Bs. As., 9/8/66

VISTO lo informado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto

en el Expediente D.D.N. N° 25.594/66 referente a la necesidad urgente

de integrar y reestructurar la Comisión Interministerial que tenía a su

cargo la coordinación y definición, a nivel superior, de algunos

aspectos complementarios de los acuerdos internacionales relativos a

las obras de Salto Grande, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno argentino invitó oportunamente al Gobierno de la

República Oriental del Uruguay para intercambiar las conclusiones y

decisiones a que han llegado ambas partes en la materia, a fin de

formar el material de antecedentes que necesitaría el Banco Mundial o

cualquier otro organismo financiero para expedirse ante el

requerimiento de colaboración por ambos gobiernos;

Que el Gobierno de la República Oriental del Uruguay ha aceptado este

procedimiento y designado la respectiva Comisión, la que ha efectuado

los

estudios pertinentes;

Que es propósito del Gobierno de la República Argentina llevar adelante

las obras programadas, para satisfacer las demandas de su mercado

energético, en especial las emergentes de los convenios

internacionales, cumpliendo las obras de Salto Grande con ambas

premisas;

Por ello,

El Presidente de la Nación Argentina,

Decreta:

Artículo 1° — Créase una Comisión Interministerial presidida por el

señor Ministro Secretario en el Departamento de Relaciones Exteriores y

Culto, doctor D. Nicanor Ernesto Costa Méndez; e integrada por los

señores Ministro Secretario en el Departamento de Economía, doctor D.

Jorge Néstor Salimei; Secretario de Estado de Hacienda, Contador

Publico Nacional don Francisco Rodolfo Aguilar; Secretario de Estado de

Energía y Combustibles, Ingeniero don Luis María Gotelli; Secretario de

Estado de Obras Públicas, Ingeniero don Esteban Guaia; Subsecretario de

Relaciones Exteriores, doctor don Jorge Adolfo Mazzinghi; Subsecretario

de Energía y Combustibles, Ingeniero don Juan Pedro Thibaud; Presidente

del Banco Central, doctor don Felipe Santino Tami; Secretario Ejecutivo

del Consejo Nacional de Desarrollo, y los Delegados de la Delegación

Argentina ante la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande, señores

Ingeniero don Alberto Luis Grandi, Capitán de Fragata (R.E.) don Emilio

Sánchez Panizza y General de Brigada (R.E.) don Héctor Alberto Repetto.

Art. 2° — Esta Comisión tendrá a su cargo la coordinación y definición

de algunos aspectos complementarios, vinculados a la realización del

proyecto de Salto Grande y al Convenio del 30 de diciembre de 1946, y a

estos mismos fines tratará con su similar del Gobierno de la República

Oriental del Uruguay.

Art. 3° — Por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto se

convendrá con el Gobierno de la República Oriental del Uruguay la

oportunidad de las reuniones conjuntas de las citadas comisiones.

Art. 4° — El presente decreto será refrendado por los señores Ministros

Secretarios en los Departamentos de Relaciones Exteriores y Culto, de

Economía y de Obras y Servicios Públicos int. y firmado por los señores

Secretarios de Estado de Hacienda, de Energía y Combustibles y de Obras

Públicas.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

ONGANIA. — Nicanor E. Costa Méndez. — Jorge N. Salimei. — Francisco R. Aguilar. — Luis M. Gotelli. — Esteban Guaia.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.