PRESIDENCIA DE LA NACION
PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 648/2004
Apruébanse las estructuras organizativas de primer
nivel operativo de la Secretaría General y de la Casa Militar. Créanse
la Coordinación General de Asuntos Técnicos de la Unidad Presidente y
la Coordinación General de Asuntos Político Institucionales de la
Unidad Presidente. Modifícase el Decreto Nº 357/2002 y derógase el
Decreto Nº 2470/90 y sus modificatorios.
Bs. As., 26/5/2004
VISTO la Ley Nº 25.827 de Presupuesto de la
Administración Nacional para el ejercicio 2004, distribuido por la
Decisión Administrativa Nº 2 del 14 de enero de 2004 y los Decretos Nº
357 del 21 de febrero de 2002 y modificatorios, Nº 800 del 10 de mayo
de 2002, Nº 640 del 18 de abril de 2002, Nº 236 del 13 de marzo de 2000
y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios se
estableció la conformación organizativa y objetivos de, entre otras, la
SECRETARIA GENERAL, la CASA MILITAR, y LA COORDINACION GENERAL DE LA
UNIDAD PRESIDENTE, todas de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que por el Decreto Nº 800/02 se aprobó la estructura
organizativa de los primeros niveles operativos de la SECRETARIA
GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, con sus Organigramas,
Responsabilidades Primarias y Acciones y Dotación —Planta Permanente —.
Que por el Decreto Nº 640/02 se aprobó la estructura
organizativa de los primeros niveles operativos de la COORDINACION
GENERAL DE LA UNIDAD PRESIDENTE, con sus Organigramas,
Responsabilidades Primarias y Acciones y Dotación —Planta Permanente—.
Que por el Decreto Nº 236/00 se aprobó la estructura
organizativa de los primeros niveles operativos de la CASA MILITAR de
la PRESIDENCIA DE LA NACION, con sus Organigramas, Responsabilidades
Primarias y Acciones y Dotación —Planta Permanente y No Permanente —.
Que resulta prioritario conformar —en el ámbito de
la Presidencia de la Nación— un reajuste de estructuras que permita
lograr una mayor eficiencia en el proceso de toma de decisiones,
evitando superposiciones de estructuras y funciones.
Que resulta por lo tanto necesario efectuar una
reestructuración en la composición de los cargos aprobados para la
jurisdicción 20-01 – SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION,
en virtud de la Ley enunciada en el visto.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico
Permanente de la jurisdicción.
Que ha tomado intervención la SUBSECRETARIA DE LA
GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que el presente decreto se dicta en virtud de las
atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la Constitución
Nacional.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º— Sustitúyese del Anexo II al
Artículo 2º del Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios, —Objetivos—, el
Apartado I correspondiente a la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE
LA NACION, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle
obrante en la planilla que, como anexo al presente artículo, forma
parte integrante de la presente medida.
(Nota Infoleg: por art. 6°del[Decreto
N° 151/2015](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=257018)B.O. 18/12/2015 se
*transfieren el
Programa “Futbol para Todos” y el Programa “Automovilismo para Todos” y
sus unidades organizativas dependientes, desde la órbita de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.)*
Art. 2º— Sustitúyese del Anexo II al
Artículo 2º del Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios, — Objetivos—,
el Apartado X correspondiente a la CASA MILITAR de la PRESIDENCIA DE LA
NACION, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle
obrante en la planilla que, como anexo al presente artículo, forma
parte integrante de la presente medida.
Art. 3º— Apruébase la estructura
organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARIA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACION de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad
Primaria y Acciones, y Dotación, los que como Anexos Ia, Ib, Ic, II y
III forman parte integrante del presente.
Art. 4º— Apruébase la estructura
organizativa de primer nivel operativo de la CASA MILITAR de la
PRESIDENCIA DE LA NACION de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad
Primaria y Acciones, y Dotación, los que como Anexos IV, V y VI forman
parte integrante del presente.
Art. 5º— Suprímese la COORDINACION GENERAL
DE LA UNIDAD PRESIDENTE de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 6º— Derógase el Decreto Nº 2470 del 22
de noviembre de 1990 y sus modificatorios.
Art. 7º— Suprímese del Anexo I al artículo
1º y del Anexo II al artículo 2º del decreto Nº 357 y sus
modificatorios, —Objetivos— el Apartado XI correspondiente a la
COORDINACION GENERAL DE LA UNIDAD PRESIDENTE de la PRESIDENCIA DE LA
NACION.
Art. 8º— Créanse la COORDINACION GENERAL DE
ASUNTOS TECNICOS DE LA UNIDAD PRESIDENTE y la COORDINACION GENERAL DE
ASUNTOS POLITICO INSTITUCIONALES DE LA UNIDAD PRESIDENTE, ambas en el
ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION, incorporándose las mismas al
Anexo I —Organigrama de Aplicación— y al Anexo II —Objetivos— de los
artículos 1º y 2º del Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios, como
apartados XI y XI bis, respectivamente, los que quedarán redactados de
conformidad con el detalle obrante en las planillas que, como anexos al
presente artículo, forman parte integrante de la presente medida.
(Nota Infoleg:por art. 1° del[Decreto
N° 407/2015](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=244959)*B.O. 17/3/2015 se
suprimen la
COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS DE LA UNIDAD PRESIDENTE y la
COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS POLITICO INSTITUCIONALES DE LA UNIDAD
PRESIDENTE, que fueran creadas por el presente artículo y por art. 2°
de la misma norma se crea la
COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS Y POLITICOS DE LA UNIDAD
PRESIDENTE, en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION)*
Art. 9º— Apruébanse las estructuras
organizativas de primer nivel operativo de los organismos mencionados
en el artículo 8º, de acuerdo a los Organigramas, Responsabilidades
Primarias y Acciones y Dotación, los que como Anexos VII, VIII, IX, X,
XI y XII forman parte integrante del presente decreto.
Art. 10. — Establécese que el titular de la
COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS Y POLITICOS DE LA UNIDAD
PRESIDENTE, se denominará “Coordinador General de Asuntos Técnicos y
Políticos de la Unidad Presidente”, con rango y jerarquía equivalente a
la de Secretario.
(Artículo sustituido por art. 4°
del[Decreto
N° 407/2015](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=244959)B.O. 17/3/2015)
Art. 11. — Establécese que el cargo de Jefe
de la Casa Militar será desempeñado por un Oficial de las Fuerzas
Armadas, en actividad o en situación de retiro.
(Artículo sustituido por art. 3° del[*Decreto
N° 166/2011](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=179528)B.O. 23/2/2011)*
Art. 12. — Determínase que los cargos
correspondientes a las
Jefaturas de la Agrupación Seguridad e Inteligencia y de la Agrupación
Técnica de la CASA MILITAR serán desempeñadas por personal militar,
pudiendo ser ejercido indistintamente por cualquiera de las Fuerzas
Armadas. La designación será propuesta por el MINISTRO DE DEFENSA, de
acuerdo con las recomendaciones formuladas por los respectivos Estados
Mayores y aprobadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
(Artículo sustituido por art. 8° del[Decreto
N° 1167/2016](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=267602)B.O. 15/11/2016)
Art. 13. — Facúltase al Jefe de la Casa
Militar para determinar, guardando una adecuada relación con lo
establecido en el párrafo precedente, la jerarquía, antigüedad y
especialidad requeridas para cubrir los cargos del personal militar en
actividad, superior o subalterno.
Art. 14. — Establécese que los efectivos de la POLICÍA FEDERAL
ARGENTINA asignados a la División Custodia Presidencial, División
Custodia Vicepresidencial y Unidad Custodia Ex Mandatarios actuarán
bajo control operacional de la CASA MILITAR, a través de la Agrupación
Seguridad e Inteligencia; de la que recibirán las órdenes para su
empleo, actuando de conformidad con las leyes y reglamentos que rigen
al Personal de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA.
(Artículo sustituido por art. 3° delDecreto N° 735/2023*B.O. 9/12/2023. Vigencia: a partir del día
de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*
Art. 15. — Establécese que, en función de los términos que fija el
artículo 14, en los casos de desplazamientos terrestres dentro y fuera
del país, la custodia del Presidente de la Nación, del Vicepresidente
de la Nación, de los Ex Mandatarios y sus familiares directos estará a
cargo de la División Custodia Presidencial, de la División Custodia
Vicepresidencial y de la Unidad Custodia Ex Mandatarios
respectivamente, conforme las directivas y órdenes que imparta el Jefe
de la CASA MILITAR y las establecidas en el artículo 8º del Decreto Nº
3469 del 7 de mayo de 1963.
(Artículo sustituido por art. 3° delDecreto N° 735/2023*B.O. 9/12/2023. Vigencia: a partir del día
de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*
(Nota Infoleg: por art. 4° delDecreto N° 299/2024*B.O. 9/4/2024 se establece que el término “ex Mandatarios” al que se
hace referencia en los Decretos Nros. 648/04 y 50/19 y sus
modificatorios son los “expresidentes” de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*
Art. 16. — Establécese que corresponde al
Regimiento de Granaderos a Caballo "General San Martín" la seguridad
del Señor Presidente de la Nación y de su familia en el interior de la
Casa de Gobierno y de la Residencia Presidencial de Olivos, así como
también otros lugares de residencia transitoria del señor Presidente de
la Nación.
Art. 17. — Establécese que la Comisaría de la
Casa de Gobierno actuará bajo control operacional del Jefe de la Casa
Militar, de quien recibirá órdenes para su empleo en el interior del
edificio.
Art. 18. — La seguridad exterior de la Casa
de Gobierno corresponderá a la Policía Federal Argentina, en
coordinación con el Jefe de la Casa Militar.
Art. 19. — Hasta tanto se aprueben las
unidades de nivel inferior a las aprobadas por el presente conservarán
su vigencia las unidades existentes a la fecha, con la asignación de
los suplementos que les correspondiere.
Art. 20. — Transfiérese del ámbito de la
COORDINACION GENERAL DE UNIDAD PRESIDENTE, suprimida por el artículo 5º
del presente Decreto, a la COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS DE
LA UNIDAD PRESIDENTE, ambas de la PRESIDENCIA DE LA NACION, al personal
y cargos vacantes y financiados que se detallan en la planilla anexa al
presente artículo.
Art. 21. — Transfiérese del ámbito de la
COORDINACION GENERAL DE UNIDAD PRESIDENTE, suprimida por el artículo 5º
del presente Decreto, a la COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS
POLITICO-INSTITUCIONALES DE LA UNIDAD PRESIDENTE, ambas de la
PRESIDENCIA DE LA NACION, al personal y cargos vacantes y financiados
que se detallan en la planilla anexa al presente artículo.
Art. 22. — Transfiérese del ámbito de la
COORDINACION GENERAL DE UNIDAD PRESIDENTE, suprimida por el artículo 5º
del presente Decreto, a la SECRETARIA GENERAL, ambas de la PRESIDENCIA
DE LA NACION, al personal y cargos vacantes y financiados que se
detallan en la planilla anexa al presente artículo.
Art. 23. — Transfiérese del ámbito de la CASA
MILITAR a la SECRETARIA GENERAL, ambas de la PRESIDENCIA DE LA NACION,
al personal y cargos vacantes y financiados que se detallan en la
planilla anexa al presente artículo.
Art. 24. —Transfiérese del ámbito de la
SECRETARIA GENERAL a la CASA MILITAR, ambas de la PRESIDENCIA DE LA
NACION, al personal que se detalla en la planilla anexa al presente
artículo.
Art. 25. — Las transferencias dispuestas por
los artículos 20º, 21º, 22º, 23º y 24º del presente decreto
comprenderán, en lo pertinente, los respectivos cargos y créditos
presupuestarios. El personal afectado por la presente medida mantendrá
sus actuales niveles y grados de revista escalafonarios y, hasta tanto
se apruebe la estructura organizativa de las aperturas del segundo
nivel operativo de los organismos a los cuales han sido transferidos,
los suplementos y adicionales que tuviere asignados.
Art. 26. — Hasta tanto se aprueben las
unidades de nivel inferior a las aprobadas por el presente conservarán
su vigencia las unidades existentes, a la fecha, con la asignación de
los suplementos que les correspondiere.
Art. 27. — Facúltase a la SECRETARIA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION a realizar las
adecuaciones emergentes de lo dispuesto por el presente decreto. Hasta
tanto se efectúen, la atención de las erogaciones resultantes de las
transferencias de personal y de los cargos vacantes y financiados se
efectuará con cargo a los créditos presupuestarios de los organismos de
origen.
Art. 28. — El gasto que demande el
cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos
asignados a la jurisdicción 20-01 – SECRETARIA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 29. — Comuníquese, publíquese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. —
Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández.
Planilla Anexa al Artículo 1
SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
OBJETIVOS
Asistir en forma directa al Presidente de la
Nación en las atribuciones que le asigna el artículo 99 de la
CONSTITUCION NACIONAL, en lo relativo a las actividades de su
competencia.
Efectuar el seguimiento y la verificación del
cumplimiento de las directivas emanadas del Presidente de la Nación y
realizar las tareas especiales que éste le encomiende, asesorándolo,
además, sobre el diseño y actualización de la política del PODER
EJECUTIVO NACIONAL en el contexto de la realidad mundial y nacional,
así como también en materia de consolidación del proceso democrático.
Asistir al Presidente de la Nación para el diseño
de políticas públicas y en la relación con organizaciones y sectores
representativos de la comunidad.
Supervisar el cumplimiento de los objetivos y
metas establecidos por el Presidente de la Nación.
Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la
elaboración del mensaje al HONORABLE CONGRESO NACIONAL, sobre el Estado
de la Nación.
Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la
elaboración de los mensajes, discursos y declaraciones públicas cuando
se lo requiera.
Efectuar el seguimiento de los temas que sean
considerados prioritarios por el Presidente de la Nación, informando su
desarrollo y resultado.
Coordinar el análisis desde el punto de vista
Político, de todas las disposiciones que sean sometidas al PODER
EJECUTIVO NACIONAL.
Coordinar sus tareas con las de las distintas
Secretarías de la Presidencia de la Nación, con las de la Jurisdicción
Jefe de Gabinete de Ministros y con las de los Ministros Secretarios,
con el objeto de optimizar el resultado de la acción de gobierno.
Coordinar el funcionamiento de las Comisiones
Nacionales de asesoramiento o simples asesorías permanentes o
transitorias, sin funciones ejecutivas, que dependan directamente del
PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Coordinar y controlar la ejecución de las
políticas fijadas por el Estado Nacional para el sector de la
radiodifusión que se implementen a través del COMITE FEDERAL DE
RADIODIFUSION.
Asistir en la coordinación de las relaciones
entre el Presidente y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.
Administrar y ejecutar el Presupuesto de la
Jurisdicción.
Asistir en materia presupuestaria, a las áreas
presidenciales de su propia jurisdicción y a las que no cuenten con
servicio administrativo financiero propio.
Conducir los aspectos logísticos y
administrativos relacionados con los viajes del Señor Presidente y con
la flota presidencial de aeronaves, y determinar las prioridades
presupuestarias para el área.
Intervenir en la asistencia presupuestaria para
los viajes presidenciales.
Conducir la administración de todos los recursos
humanos, materiales, informáticos, de comunicaciones y financieros
afectados a la Jurisdicción, y asimismo coordinar esos recursos
materiales, informáticos, de comunicaciones y financieros con las áreas
de la PRESIDENCIA DE LA NACION que forman parte de su jurisdicción, y
las que no cuenten con servicio administrativo propio.
Asistir al Señor Presidente de la Nación y a su
esposa en todo lo concerniente al ceremonial, protocolo, audiencias y
designación de comitivas y asuntos de índole privada, requiriendo de
los organismos de la Administración Pública Nacional la colaboración
necesaria para el cumplimiento de sus funciones.
SUBSECRETARIA GENERAL
OBJETIVOS:
Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA
DE LA NACION en lo relativo a las actividades que aseguren la
coherencia política de la acción de gobierno y en la coordinación del
asesoramiento requerido para el establecimiento de objetivos, políticas
y criterios de gestión.
Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA
DE LA NACION en los asuntos relativos a su competencia específica, en
especial los vinculados a políticas de interés para el PODER EJECUTIVO
NACIONAL, que le sean requeridos y representarlo cuando así se le
encomiende.
Verificar el cumplimiento de las instrucciones
emanadas del Presidente de la Nación que le encomiende al Secretario
del área.
Coordinar la obtención, análisis y
sistematización de la información para el diseño de políticas públicas.
Asistir al Secretario General de la Presidencia
de la Nación en la relación con las organizaciones y sectores
políticos, sociales, económicos y representativos de la comunidad a
nivel nacional, provincial y municipal.
Entender en el diseño y administración de un
sistema de información que permita el seguimiento de la acción de
gobierno.
Elaborar e implementar estudios, programas y
proyectos especiales que le encomiende el Secretario General de la
PRESIDENCIA DE LA NACION.
Realizar el análisis político de los asuntos que
el Presidente de la Nación solicite al Secretario del área, o de
aquellas disposiciones que se sometan a consideración del Primer
Magistrado.
Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA
DE LA NACION en la coordinación del funcionamiento de las Comisiones
Nacionales de asesoramiento o simples asesorías permanentes o
transitorias, sin funciones ejecutivas, que dependan directamente del
PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Intervenir en la determinación de objetivos a
alcanzar y sistematización de logros, en relación a los viajes
presidenciales, como asimismo en la obtención de información necesaria.
Asistir al Secretario General en todo lo
atinente a la coordinación del ceremonial, el protocolo y las
audiencias presidenciales.
Representar al Secretario General de la
PRESIDENCIA DE LA NACION cuando así se lo encomiende.
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
OBJETIVOS:
Asesorar y coordinar la ejecución de las tareas
que le encomiende el Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION
y en particular aquellas destinadas a asegurar la eficacia de la
gestión y el mejor cumplimiento de sus atribuciones.
Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA
DE LA NACION en el diseño de la política presupuestaria de la
jurisdicción.
Asistir a las unidades ejecutoras de las
distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de
la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten
durante el ejercicio financiero.
Efectuar la coordinación administrativa,
financiera y de recursos humanos de todas las áreas integrantes de la
jurisdicción y de las entidades descentralizadas dependientes, así como
la planificación de las actividades de administración.
Coordinar la obtención, sistematización y
presentación del asesoramiento que se requiera para el cumplimiento de
las funciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL y para el establecimiento de
objetivos, políticas y criterios de gestión.
Asistir al Secretario General en la
administración de los recursos humanos, informáticos, materiales y
financieros de la SECRETARIA GENERAL, y asimismo a las Secretarías y
organismos de la PRESIDENCIA DE LA NACION a los cuales brinde apoyo
administrativo.
Coordinar el seguimiento y trámite de los pedidos
de informe que el Presidente de la Nación solicite al Jefe de Gabinete
de Ministros, a los Ministros Secretarios y demás organismos de la
Administración Pública Nacional.
Asistir técnica y administrativamente al
Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION, en la coordinación
del funcionamiento de las Comisiones Nacionales de asesoramiento o
simples asesorías permanentes o transitorias, sin funciones ejecutivas,
que dependan directamente del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de
la documentación administrativa, determinando para cada trámite, las
unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender
en el tema respectivo.
Asistir en la preparación de la información y el
seguimiento de actividades derivadas de los viajes presidenciales.
Administrar la Intendencia de la Casa de
Gobierno y la Residencia Presidencial de Olivos.
Proveer y coordinar los sistemas informáticos y
de comunicaciones de la Presidencia de la Nación.
Asistir técnica, logística y administrativamente
al Secretario General en todo lo atinente a la coordinación de los
viajes del Señor Presidente y la flota presidencial de aeronaves.
Planilla Anexa al Artículo 2
CASA MILITAR
OBJETIVOS
Proveer la seguridad del señor Presidente de la
Nación y sus familiares directos, como así también de la Casa de
Gobierno, Residencia Presidencial de Olivos y otros lugares de
residencia transitoria del señor Presidente y su familia.
Atender el ceremonial militar de la PRESIDENCIA
DE LA NACION y coordinar lo atinente al ceremonial y protocolo del
Regimiento de Granaderos a Caballo General San Martín.
Proveer los servicios de movilidad aérea del
señor Presidente de la Nación y los de la CASA MILITAR.
Planilla Anexa al Artículo 8
COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS DE LA
UNIDAD PRESIDENTE
OBJETIVOS
Asistir al Señor Presidente en la respuesta a las
demandas que se dirigen hacia su persona, tanto cuando se encuentra en
sus lugares habituales como trasladándose, resolviéndolas
apropiadamente o derivándolas a los organismos correspondientes.
COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS POLITICO
INSTITUCIONALES DE LA UNIDAD PRESIDENTE
OBJETIVOS
Asistir al Señor Presidente en el análisis,
programación, planificación y seguimiento de las distintas políticas de
gestión institucional en el orden nacional y su impacto en las acciones
de gobierno.
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ANEXO Ib
*(Anexo
sustituido por art. 1° del*[Decreto
N° 2215/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=205047)B.O. 21/11/2012)
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*(DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN
INSTITUCIONAL incorporada por art. 1° del*[Decreto
N° 484/2016](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=259407)B.O. 15/3/2016)
ANEXO Ic
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ANEXO II
SECRETARIA GENERAL
UNIDAD AUDITORIA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de
control interno incorporado a la organización de la jurisdicción,
privilegiando las pautas dictadas por la economía, eficiencia y
eficacia.
ACCIONES:
Establecer la planificación de la Auditoría
Interna de la Jurisdicción, conforme a las normas generales de Control
Interno y Auditoría Interna.
Elaborar el Plan General y el Plan Anual de la
Auditoría Interna.
Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes
y procedimientos determinados por la autoridad superior.
Asesorar en la determinación de las normas y
procedimientos propios del Sistema de Control Interno.
Tomar conocimiento integralmente de los actos y
evaluar aquellos de significativa trascendencia económica, informar
acerca de ellos y formular las recomendaciones que correspondan a cada
observación.
Verificar si en las erogaciones e ingresos de la
Jurisdicción se cumplen los principios contables y niveles
presupuestarios de la normativa legal vigente.
Constatar la confiabilidad de los antecedentes
utilizados en la elaboración de los informes y/o estados informativos
contables.
Precisar la exactitud del registro de los activos
y las medidas de resguardo adoptadas para su protección.
Emitir opinión, en el ámbito de su competencia,
en todo estado informativo contable emitido por las unidades ejecutoras.
Producir informes periódicos sobre las
auditorías desarrolladas y otros controles practicados.
Comunicar a las autoridades superiores y a la
SINDICATURA GENERAL DE LA NACION de los desvíos que se detecten con las
recomendaciones y/u observaciones que se formulen.
Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y
observaciones realizadas.
Informar sobre los temas que la SINDICATURA
GENERAL DE LA NACION le requiera en lo atinente al desarrollo de sus
actividades.
ANEXO II
SUBSECRETARIA GENERAL
DIRECCION MUSEO CASA ROSADA
*(Responsabilidad
Primaria y Acciones sustituidas por art. 2° del*[Decreto
N° 2215/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=205047)B.O. 21/11/2012)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en las actividades de investigación, conservación,
restauración, difusión y acrecentamiento del patrimonio histórico
vinculado con la Primera magistratura y sus gestiones de gobierno.
ACCIONES:
Procurar la conservación y restauración de los objetos
histórico-artísticos de los presidentes argentinos.
Conducir investigaciones y estudios de la temática histórica propia
del Museo y de los edificios de la Casa Rosada y la Residencia
Presidencial de Olivos.
Efectuar la difusión del Patrimonio Histórico a través de
experiencias museográficas y educativas, conferencias y publicaciones.
SUBSECRETARIA GENERAL
DIRECCION GENERAL DE CEREMONIAL
*(Responsabilidad
Primaria y Acciones sustituidas por art. 2° del*[Decreto
N° 610/2014](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=229564)B.O. 07/05/2014)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Organizar y atender el desarrollo de los actos y ceremonias a las que
asista laseñora Presidenta de la Nación y las acciones de igual
naturaleza que se cumplan en la PRESIDENCIA DE LA NACION.
ACCIONES:
Asistir al Subsecretario General en la organización y desarrollo de
todo acto y ceremonia que se lleve a cabo en la PRESIDENCIA DE LA
NACION, a los que asista la Primera Magistrada.
Asistir al Subsecretario General en el protocolo de los actos
oficiales, la organización y desarrollo de todo acto, ceremonia o
reunión que se lleve a cabo en la PRESIDENCIA DE LA NACION, y coordinar
con la Casa Militar las tareas relacionadas con el ceremonial militar
vinculado con la señora Presidenta de la Nación.
Organizar los actos de presentación de credenciales a la señora
Presidenta de la Nación o al señor Vicepresidente de la Nación.
Intervenir en la organización y desarrollo de todo acto, ceremonia o
reunión que se realice fuera de la PRESIDENCIA DE LA NACION, cuando
asista la señora Presidenta de la Nación o quien la misma envíe en su
representación, coordinando con los Ministerios y los Organismos
correspondientes.
Tramitar las invitaciones que reciba la señora Presidenta de la
Nación y los requerimientos que se le formulen en materia de trofeos,
premios, becas y presidencias honorarias.
Organizar los aspectos vinculados con su responsabilidad específica
en los viajes que realice la señora Presidenta de la Nación al interior
del país, y colaborar con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO en los aspectos vinculados con los viajes que realice al exterior
y con las visitas de personalidades extranjeras a nuestro país.
Elaborar y mantener actualizado el registro de autoridades
nacionales y confeccionar, en cada caso, el orden de precedencia
protocolar en coordinación con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO, cuando incluya al cuerpo diplomático extranjero.
Participar —en el aspecto protocolar— en la organización de las
reuniones de gabinete, reuniones especiales y acuerdos en los que
intervenga la señora Presidenta de la Nación, efectuando las
invitaciones correspondientes.
Participar —en el aspecto protocolar— en la organización de las
reuniones especiales, ceremonias, actos y viajes que realicen los
familiares directos de la Primera Magistrada.
SUBSECRETARIA GENERAL
DIRECCION GENERAL DE AUDIENCIAS
*(Responsabilidad
Primaria y Acciones sustituidas por art. 2° del*[Decreto
N° 2215/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=205047)B.O. 21/11/2012)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Tramitar las solicitudes de audiencias
formuladas a la Señora Presidenta de la Nación, tanto en el país como
en el exterior, y asesorar al Secretario General respecto del temario,
importancia y prioridad de las mismas.
ACCIONES:
Asistir al Subsecretario General en el asesoramiento al Primer
Magistrado con relación al temario, importancia y prioridad de las
audiencias, así como en relación a los antecedentes de las personas a
las que se hubiera concedido audiencia.
Tramitar y administrar las audiencias solicitadas a la señora
Presidenta de la Nación, tanto en el país como en sus viajes al
exterior, a fin de lograr eficiencia en su diligenciamiento.
Organizar y mantener un sistema de información relacionado con las
solicitudes de audiencias y su materialización.
Atender las delegaciones y personalidades que concurran a
entrevistarse con la Señora Presidenta de la Nación, tanto en el país
como en el exterior.
Realizar las derivaciones a los organismos correspondientes, de
aquellas solicitudes cuyo tenor no hiciera necesaria la concreción de
entrevista directa con la Señora Presidenta de la Nación.
Efectuar la derivación y seguimiento de los requerimientos
planteados por solicitudes de audiencia no concedidas, informando al
causante de las gestiones realizadas, a efectos de brindar solución a
aquéllos.
Confeccionar y difundir la agenda del Primer Mandatario, coordinando
con las distintas áreas una mejor organización del tiempo de la Señora
Presidenta de la Nación.
SUBSECRETARIA GENERAL
DIRECCION GENERAL DE ACCION DE GOBIERNO
*(Dirección,
Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 2° del*[Decreto
N° 2215/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=205047)B.O. 21/11/2012)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asesorar en la instrumentación de los
planes relacionados con el desarrollo de las políticas públicas
emanadas de las propuestas efectuadas al Poder Ejecutivo Nacional.
ACCIONES:
Analizar los temas prioritarios de la agenda gubernamental
seleccionados por la Subsecretaría General, investigando las hipótesis
potenciales de evolución de las políticas involucradas en la agenda de
referencia.
Asistir en la definición de las áreas prioritarias que requieran el
accionar del gobierno nacional.
Vincular las actividades de seguimiento de la gestión de las
políticas públicas con las áreas de responsabilidad similar.
Asesorar en materia de diseño de políticas públicas poniendo el
énfasis en la definición de objetivos.
Colaborar en el aprestamiento de todos los datos relevantes
destinados a satisfacer las necesidades de información del Primer
Magistrado en ocasión de los viajes presidenciales.
Intervenir en la preparación de las actividades atinentes al área
registradas en la agenda presidencial.
Desarrollar las actividades de apoyo y asesoramiento
normativo-jurídico de la Jurisdicción, previa intervención de su
servicio jurídico permanente.
Efectuar el análisis y evaluación de las demandas remitidas a la
Primera Magistratura a fin de proponer las recomendaciones jurídicas no
vinculantes necesarias que fortalezcan la capacidad de respuesta de la
gestión de gobierno, previa intervención de su servicio jurídico
permanente.
Colaborar en la elaboración del mensaje presidencial de apertura de
Sesiones Ordinarias de la Honorable Asamblea Legislativa, y sus anexos.
Intervenir en la implementación, diseño, organización y ejecución
de los programas culturales a desarrollarse en el ámbito de la Casa de
Gobierno.
Intervenir en la organización y desarrollo de las visitas guiadas a
la Casa de Gobierno.
SUBSECRETARIA GENERAL
DIRECCION GENERAL DE PROGRAMAS DE GOBIERNO
*(Responsabilidad
Primaria y Acciones sustituidas por art. 3° del*[Decreto
N° 610/2014](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=229564)B.O. 07/05/2014)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asesorar y participar en el desarrollo
e implementación de acciones de coordinación y concertación que cubran
las necesidades propias del organismo; así como intervenir en lo
atinente a la cooperación interinstitucional, todo ello a fin de llevar
a cabo los programas de gobierno establecidos.
ACCIONES:
Coordinar la obtención, relevamiento y análisis de los datos
necesarios para la ejecución de programas de gobierno, intervenir en su
implementación y su posterior evaluación.
Realizar estudios de diagnóstico jurídico que sustenten el accionar
del área.
Organizar seminarios, conferencias, congresos y encuentros
nacionales e internacionales relacionados con la responsabilidad
primaria del área, cuando le sea requerido.
Coordinar el desarrollo de actividades tendientes a fomentar la
cooperación horizontal interinstitucional.
Asesorar legalmente respecto de trámites institucionales del
Organismo que no requieran de dictamen del Servicio Jurídico Permanente
de la Jurisdicción.
Elaborar los actos administrativos atinentes a su responsabilidad
primaria.
Intervenir, en lo atinente a su competencia, en la tramitación
relativa a organismos descentralizados en los que la Secretaría General
posea competencias delegadas por la Primera Magistratura.
Participar en la planificación, organización e implementación de las
unidades organizativas que se creen en respuesta a necesidades
planteadas por el Sr. Secretario General para el mejor cumplimiento de
los objetivos de la SECRETARIA GENERAL.
Intervenir en la comunicación horizontal con las unidades
organizativas del ámbito de la SECRETARIA GENERAL, así como con los
restantes Ministerios y Secretarías.
Asesorar en la implementación del Decreto N° 1172/03.
Intervenir en la gestión del proyecto TECNOPOLIS del Bicentenario,
Ciencia, Tecnología y Arte, Parque Temático Interactivo.
Intervenir en la gestión del proyecto Casa Patria Grande Presidente
Néstor Carlos Kirchner.
Intervenir en la gestión del proyecto Museo del Bicentenario.
Viabilizar las solicitudes de Declaración de Interés Nacional,
según lo establecido en la normativa vigente.
Elaborar los informes periódicos elevados a la Jefatura de Gabinete
de Ministros, así como la Memoria Anual del organismo.
Atender en todo lo atinente a
padrinazgos, ahijados presidenciales, coordinación de ceremonias de
bautismo y designación de representantes de la Primera Mandataria en
los mismos.
Elaborar acuerdos y/o convenios que
le sean requeridos, tanto con entidades públicas y/o privadas,
entidades nacionales y/o extranjeras en el ámbito de su competencia.
SUBSECRETARÍA GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN INSTITUCIONAL
*(Dirección Responsabilidad Primaria y
Acciones incorporadas por art. 1° del*[Decreto
N° 484/2016](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=259407)B.O. 15/3/2016)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir a las autoridades competentes en el análisis y otorgamiento de
propuestas de producción de eventos que por sus alcances amerite la
promoción de políticas públicas.
ACCIONES:
Asistir y asesorar, conjuntamente con las áreas competentes, a los
distintos órganos de Gobierno sobre las estrategias y acciones de
inclusión de políticas públicas, a través de la producción de eventos,
proveyéndoles el soporte y recursos técnicos necesarios.
Optimizar los costos de producción de eventos, cuando participen las
diferentes áreas de Gobierno.
Asistir en la coordinación de audiencias con las áreas de la
Administración Pública Nacional, Provincial, Municipal y de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, a efectos de establecer estrategias de
divulgación de sus planes de gestión que incluyan acciones de
producción de eventos.
Realizar el seguimiento y control de avance de los aspectos
relacionados con la materialización, de las propuestas de producción de
eventos, en coordinación con las áreas competentes.
Analizar los resultados de la comunicación de las acciones de
producción de eventos que se lleven a cabo, aplicando procesos de
mejora continua y optimización del uso de recursos y estrategias.
ANEXO II
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOS
HUMANOS Y ORGANIZACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Administrar las políticas y la aplicación de las
normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su
capacitación y desarrollo y el análisis, planificación y diseño
organizacional, procurando mejorar los niveles de productividad y
satisfacción laboral y la calidad en las prestaciones de los servicios
a cargo de la SECRETARIA GENERAL.
ACCIONES:
Atender todo lo vinculado con la administración
de los recursos humanos de la Jurisdicción, y demás Secretarías y
organismos de la PRESIDENCIA DE LA NACION a los cuales asiste.
Controlar la adecuada aplicación de la
legislación en materia de recursos humanos y de la higiene y seguridad
laboral.
Asegurar el mejoramiento de los niveles de
desarrollo y especialización técnico-operativa del personal, procurando
elevar la calidad del servicio.
Desempeñar la coordinación institucional para la
evaluación de los puestos de trabajo, proponiendo las modificaciones
adecuadas.
Intervenir en los pases y cambios de lugar de
trabajo del personal, tanto dentro como fuera de la Jurisdicción.
Organizar estudios analíticos y diagnósticos de
la organización.
Efectuar propuestas de reingeniería
organizacional a requerimiento del Secretario General.
Entender en todo lo relacionado con la prestación
de la asistencia y el control médico al personal de la Jurisdicción y
de los organismos a los cuales se brinda apoyo.
Establecer relaciones con los representantes
gremiales, administrando los acuerdos resultantes de los convenios y
negociaciones colectivas.
Integrar la delegación Jurisdiccional de la
Comisión Permanente de Carrera.
ANEXO II
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Atender la gestión económico-financiera, contable,
patrimonial y de servicios de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA
de la NACION y de las Secretarías y organismos a los cuales asiste.
ACCIONES:
Prever el estudio y la elaboración del proyecto
de presupuesto anual de gastos e inversiones de la Jurisdicción.
Conducir la ejecución presupuestaria y la gestión
administrativo-contable de la Jurisdicción.
Efectuar el procesamiento contable integral de
las operaciones, centralizando y evaluando la información resultante.
Controlar el movimiento efectivo de fondos y
valores.
Organizar la contabilidad patrimonial de la
Jurisdicción, realizando el registro y control de los bienes
patrimoniales asignados.
Ejecutar las acciones necesarias para la
adquisición de materiales, suministros, máquinas y equipos, así como la
contratación de servicios tendientes a satisfacer los requerimientos de
los distintos usuarios.
ANEXO II
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE LOGISTICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Operar y supervisar el sistema de comunicaciones y
telefonía de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y en los lugares de
permanencia habitual y transitoria del Señor Presidente de la Nación;
dirigir y optimizar la utilización de Tecnologías de la Información y
las Comunicaciones informáticas de la Presidencia de la Nación y de los
organismos a los cuales brinda su apoyo; entender en todo lo
relacionado con el funcionamiento y mantenimiento con la flota
presidencial de aeronaves; asegurando para todo ello la confiabilidad y
la eficiencia necesaria para el buen cumplimiento de todas las
actividades.
ACCIONES:
Dirigir el servicio de comunicaciones de la
Presidencia de la Nación y de los organismos relacionados, asegurar los
enlaces de la Red de Presidencia y Gobernaciones de Provincias, operar
los medios radiotelefónicos, radiotelegráficos, electrónicos y móviles
que permitan comunicarse al Señor Presidente de la Nación dentro y
fuera de sus sedes habituales, y al personal de Presidencia de la
Nación y los organismos relacionados
Organizar y controlar en todos sus aspectos los
recursos informáticos actuales y por crearse de la Presidencia de la
Nación.
Elaborar anualmente el plan de Tecnologías de la
información y las Comunicaciones de la Presidencia de la Nación
Intervenir en todas las cuestiones relacionadas
con la gestión de mantenimiento y operación de la Flota Presidencial de
Aeronaves, a efectos de verificar la racionalidad y eficiencia de los
gastos en el área.
Verificar el cumplimiento de las normas legales y
de las políticas y estándares establecidos por la Administración
Pública Nacional en el organismo.
ANEXO II
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
ADMINISTRACION GENERAL DE LA RESIDENCIA PRESIDENCIAL
DE OLIVOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Conducir el funcionamiento integral de la Residencia
Presidencial de Olivos, administrar sus recursos humanos y económicos y
prestar la atención directa al Presidente de la Nación durante su
permanencia en el área.
ACCIONES:
Organizar las distintas actividades de la
Residencia a fin de que se puedan cumplir eficientemente.
Atender todo lo vinculado con el funcionamiento
de los sectores reservados para el Presidente de la Nación y de los
destinados a actos y reuniones oficiales.
Coordinar con las Direcciones Generales de
Administración de Recursos Humanos y Organización y de Administración
las gestiones relacionadas con el régimen laboral del personal, su
carrera administrativa y con la contratación de los servicios y
suministros requeridos.
Proveer conjuntamente con la CASA MILITAR de la
PRESIDENCIA DE LA NACION y con la Comisaría de la Casa de Gobierno los
servicios de custodia para el Presidente de la Nación durante su
permanencia en el área y en sus desplazamientos fuera de la misma.
Participar, en coordinación con la Dirección
General de Ceremonial y la Dirección General de Audiencias, en todo lo
relacionado con los actos oficiales, las reuniones protocolares y las
audiencias que se realicen en la Residencia Presidencial de Olivos.
ANEXO II
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION DE DESPACHO, MESA DE ENTRADAS Y ARCHIVO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en la recepción y registro de la
documentación ingresada y emanada de la jurisdicción. Protocolizar y
custodiar los actos administrativos producidos por las autoridades del
área.
ACCIONES:
Organizar y controlar el registro de la totalidad
de la correspondencia, expedientes y documentación recepcionada, en
circulación y despachada por todas las áreas de la SECRETARIA GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION.
Protocolizar los actos
administrativos-individuales o conjuntos - emanados del Secretario
General, Subsecretarios y funcionarios con facultades para resolver.
Orientar el trámite de la documentación,
elaborando los informes, providencias y notas correspondientes.
Mantener un archivo sistematizado de los
Boletines Oficiales, como fuente informativa y de consulta, y toda la
documentación de la Jurisdicción, de acuerdo a la normativa vigente.
ANEXO II
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
ADMINISTRACION DE SERVICIOS GENERALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en todo lo relacionado con los servicios
generales necesarios para el funcionamiento de la PRESIDENCIA DE LA
NACION y de los organismos a los cuales se asiste desde la SECRETARIA
GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, administrar los servicios de
mantenimiento y funcionamiento de la Casa de Gobierno y las sedes
administrativas de la PRESIDENCIA DE LA NACION existentes o a crearse,
administrar los servicios de cochera y transporte terrestre y la
distribución de servicios de telefonía móvil.
ACCIONES
Organizar y controlar las actividades
relacionadas con el mantenimiento de inmuebles, conservación de bienes
muebles, los servicios generales y el de transporte terrestre
correspondientes a la SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
y a las Secretarías y organismos a los cuales asiste.
Coordinar los trabajos, y verificar el
cumplimiento de los servicios requeridos.
Controlar, custodiar y distribuir los bienes
almacenados en los depósitos.
Organizar y controlar los servicios de cocina y
atención a los comedores presidencial y de funcionarios.
Entender en la administración y distribución de
servicios de telefonía celular, de acuerdo a las normas vigentes.
[IMG]
(*Nota
Infoleg: por art. 2°del*[Decreto
N° 484/2016](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=259407)*B.O. 15/3/2016 se
incorpora al
Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el cargo de Director General de la DIRECCIÓN
GENERAL DE PROMOCIÓN INSTITUCIONAL con Nivel de Ponderación I del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.), homologado por Decreto
N° 2098/08 y sus modificatorios y complementarios.)*
[IMG]
ANEXO IV
(Anexo sustituido por art. 1° del[*Decreto
N° 2128/2008](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=148505)B.O. 18/12/2008)*
[IMG]
ANEXO V
CASA MILITAR
EDECANES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Ejercer la seguridad inmediata del señor Presidente
de la Nación y asistirlo en todas las funciones oficiales, prestándole
inmediata colaboración en ellas.
ACCIONES:
Asistir al señor Presidente de la Nación en sus
traslados aéreos, ceremonias, actos y atención de las personas que
tengan audiencia cuando el señor Presidente así lo disponga.
Efectuar las tareas expresamente encomendadas por
el Presidente de la Nación o el Jefe de la Casa Militar.
Ejercer la representación del señor Presidente de
la Nación en todos aquellos actos o ceremonias que él disponga.
ANEXO V
CASA MILITAR
AGRUPACION TECNICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Planificar, coordinar y supervisar los servicios
técnico-administrativos, presupuestarios y patrimoniales de la Casa
Militar.
ACCIONES:
Efectuar el registro y control de los recursos
patrimoniales a cargo de la Casa Militar, incluyendo el patrimonio y
recursos afectados a la flota presidencial.
Brindar apoyo técnico y administrativo al
organismo, con la coordinación y asistencia de las áreas de competencia
específica de la SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION.
Dirigir el despacho del organismo
Brindar los servicios de asistencia inmediata al
Jefe de la Casa Militar.
Presentar al Jefe de la Casa Militar y a la
SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION anualmente la
formulación presupuestaria del organismo.
ANEXO V
CASA MILITAR
AGRUPACION SEGURIDAD E INTELIGENCIA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Planificar, ejecutar y supervisar las acciones de
seguridad, coordinando los requerimientos de inteligencia y
contrainteligencia necesarios para preservar en forma permanente la
integridad física del señor Presidente de la Nación y sus familiares
directos, como así también la de los integrantes de la Casa de Gobierno
y Residencia Presidencial de Olivos.
ACCIONES:
Planificar, coordinar y supervisar la seguridad
personal del señor Presidente de la Nación y sus familiares directos en
toda circunstancia, tiempo y lugar.
Organizar, coordinar y supervisar las tareas
relacionadas con la seguridad de los elementos subordinados a través de
la Casa Militar: Regimiento de Granaderos a Caballo "General San
Martín", Fuerza de Seguridad, Policía Federal y Provincial.
Coordinar los aspectos vinculados con las
acciones de inteligencia y contrainteligencia necesarias, juntamente
con la Secretaría de Inteligencia de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Coordinar e integrar el personal y medios
técnicos propios y asignados, con el personal y medios de los lugares
que visite el señor Presidente de la Nación, en los traslados que éste
realice fuera del lugar habitual de su residencia, en el país o en el
extranjero designándose a tal efecto un Jefe Militar de Seguridad quien
hará ejecutar las tareas asignadas, conforme a las directivas
impartidas por el Jefe de la Casa Militar.
Coordinar todo lo relacionado con el ceremonial
militar de la Presidencia de la Nación y Residencia Presidencial de
Olivos y de otros lugares de residencia transitoria, dentro y fuera del
país, del señor Presidente de la Nación o cuando éste lo disponga.
Elaborar y supervisar el cumplimiento de las
normas de acceso a la Casa de Gobierno, Residencia Presidencial de
Olivos y otros lugares de residencia transitoria del señor Presidente
de la Nación; incluyendo el otorgamiento de credenciales y/o
distintivos identificatorios, según corresponda.
CASA MILITAR DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
AGRUPACION SEGURIDAD E INTELIGENCIA
DIRECCION DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
(Acciones incorporadas por art. 2° del[*Decreto
N° 2128/2008](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=148505)B.O. 18/12/2008)*
ACCIONES
Planificar la asignación del personal para la
atención al público en los accesos a la Casa de Gobierno, Museo y
Residencia Presidencial de Olivos considerando las necesidades del
sector.
Proponer la distribución del personal civil, en
los actos y comisiones a realizarse con la presencia del Primer
Mandatario.
Participar en la confección de las directivas
específicas para el cumplimiento de las actividades de la Agrupación.
Ejecutar el control de gestión de los recursos
asignados a la Agrupación, para el mejoramiento de la calidad en la
prestación de los servicios, a los fines de brindar una respuesta
adecuada en la atención al público.
Elaborar los cursos específicos para el personal
civil de la Agrupación, coordinando con los organismos de capacitación
intervinientes, su implementación y desarrollo.
Colaborar en la planificación de los cursos para
el Personal Militar asignado a la Agrupación.
Mantener y controlar la preservación de los
elementos patrimoniales asignados a la Agrupación.
Asesorar y asistir al Jefe de Agrupación en los
temas que sean de su competencia y en todo lo relacionado con los
servicios de seguridad brindados por la Agrupación Seguridad e
Inteligencia.
ANEXO V
CASA MILITAR
AGRUPACION AEREA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Planificar, coordinar, ejecutar y supervisar las
actividades relacionadas con los traslados aéreos del señor Presidente
de la Nación y los que expresamente se ordene para los integrantes del
Poder Ejecutivo Nacional y personalidades nacionales y extranjeras,
dentro y fuera del territorio nacional.
ACCIONES:
Asegurar la disponibilidad del material aéreo de
dotación, planificando, coordinando, ejecutando y supervisando el
mantenimiento y las inspecciones de las aeronaves, equipos y sistemas
asociados, con personal propio o a través de organismos o talleres
especializados.
Planificar, coordinar y supervisar los traslados
aéreos del señor Presidente de la Nación y los que expresamente se
ordenen, a realizarse con material aéreo ajeno al de dotación.
Coordinar y supervisar, en oportunidad de
traslados aéreos del señor Presidente de la Nación, las medidas de
seguridad en tierra y el control de explosivos en aeronaves, cargas y
equipajes, en conjunción con los organismos especializados de la Fuerza
Aérea.
Requerir, coordinar y supervisar los servicios de
apoyo al vuelo y de aprovisionamiento de aeronaves, para la atención
directa de pasajeros en los vuelos que se realicen dentro y fuera del
país.
Planificar y supervisar el funcionamiento de los
helipuertos (Casa de Gobierno, Residencia Presidencial de Olivos y
otros), Hangar Aeroparque y módulos de mantenimiento Aeroparque y
Palomar.
Coordinar y supervisar, conforme lo establecido
en la Directiva de Instrucción de Unidades y la Directiva de
Adscripción de la Fuerza Aérea Argentina, la instrucción aérea y el
nivel de adiestramiento de las tripulaciones de vuelo, proponiendo los
periódicos relevos del personal de pilotos, mecánicos de aeronaves y
radiooperadores.
CASA MILITAR DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
AGRUPACION SEGURIDAD E INTELIGENCIA
DIRECCION DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
(Acciones incorporadas por art. 2° del[*Decreto
N° 2128/2008](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=148505)B.O. 18/12/2008)*
ACCIONES
Planificar la asignación del personal para la
atención al público en los accesos a la Casa de Gobierno, Museo y
Residencia Presidencial de Olivos considerando las necesidades del
sector.
Proponer la distribución del personal civil, en
los actos y comisiones a realizarse con la presencia del Primer
Mandatario.
Participar en la confección de las directivas
específicas para el cumplimiento de las actividades de la Agrupación.
Ejecutar el control de gestión de los recursos
asignados a la Agrupación, para el mejoramiento de la calidad en la
prestación de los servicios, a los fines de brindar una respuesta
adecuada en la atención al público.
Elaborar los cursos específicos para el personal
civil de la Agrupación, coordinando con los organismos de capacitación
intervinientes, su implementación y desarrollo.
Colaborar en la planificación de los cursos para
el Personal Militar asignado a la Agrupación.
Mantener y controlar la preservación de los
elementos patrimoniales asignados a la Agrupación.
Asesorar y asistir al Jefe de Agrupación en los
temas que sean de su competencia y en todo lo relacionado con los
servicios de seguridad brindados por la Agrupación Seguridad e
Inteligencia.
ANEXO VI
(Anexo sustituido por art. 3° del[*Decreto
N° 2128/2008](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=148505)B.O. 18/12/2008)*
[IMG]
[IMG]
ANEXO VIII
PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIO PRIVADO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en todo lo atinente al despacho del Sr.
Presidente de la Nación, y asistir al Primer Magistrado en lo que éste
solicite.
ACCIONES:
Realizar la tramitación y el seguimiento de las
gestiones que se le asignen, informando permanentemente sobre las
acciones iniciadas y los resultados obtenidos.
Presentar la carpeta de firma de los asuntos
asignados a su nivel.
Supervisar el desarrollo de las tareas asignadas
al Secretario Adjunto y Adscripto para Asuntos Especiales.
Coordinar la secretaría privada del señor
Presidente de la Nación.
Asistir a la Dirección de Documentación
Presidencial en lo relativo al trámite de la correspondencia dirigida
al señor Presidente de la Nación.
ANEXO VIII
PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIO ADJUNTO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en lo atinente al despacho del Sr.
Presidente de la Nación que le sea encomendado, y asistir al Primer
Magistrado en lo que éste o el Secretario Privado solicite.
ACCIONES:
Asistir al Secretario Privado en el cumplimiento
de todas sus funciones.
Evaluar el contenido de la información diaria de
los medios gráficos destacando aquélla que se estime de interés para
conocimiento y consideración del señor Presidente de la Nación.
Prestar asistencia a la esposa del Primer
Magistrado en las tareas inherentes a su función.
ANEXO VIII
PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIO ADSCRIPTO PARA ASUNTOS ESPECIALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en lo atinente al despacho del Sr.
Presidente de la Nación que le sea encomendado, y asistir al Primer
Magistrado en lo que éste o el Secretario Privado solicite.
ACCIONES:
Analizar los asuntos que le sean expresamente
encomendados.
Elaborar informes y recomendaciones sobre los
asuntos que analice, para su posterior elevación a la consideración del
señor Presidente de la Nación.
ANEXO VIII
PRESIDENCIA DE LA NACION
COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS DE LA
UNIDAD PRESIDENTE
DIRECCION DE DOCUMENTACION PRESIDENCIAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en el tratamiento de la documentación y las
demandas por vía oral o escrita dirigidas al señor Presidente de la
Nación.
ACCIONES:
Entender en la canalización de la demanda de
índole social y asistencial que se plantee ante la Presidencia de la
Nación.
Tramitar los requerimientos formulados al señor
Presidente de la Nación vinculados con temas sociales y/o
asistenciales, coordinando con los distintos sectores de la
Administración la derivación de las solicitudes según sus competencias,
organizando y manteniendo un sistema de información y seguimiento.
Recibir y clasificar la documentación remitida al
señor Presidente de la Nación.
Analizar la documentación que deba ser sometida a
consideración del señor Presidente de la Nación.
Realizar el seguimiento y control de la
documentación.
Derivar la documentación a los organismos que
corresponda según la materia.
Asistir al Coordinador General y al Secretario
Privado en lo relativo al trámite de la correspondencia dirigida al
señor Presidente de la Nación.
[IMG]
[IMG]
ANEXO XI
PRESIDENCIA DE LA NACION
COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS POLITICO
INSTITUCIONALES DE LA UNIDAD PRESIDENTE
DIRECCION GENERAL DE ANALISIS POLITICO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir al Coordinador General en el análisis y
evaluación de las distintas políticas de gestión institucional en el
orden nacional y su impacto en las acciones de gobierno.
ACCIONES:
Realizar análisis e informes periódicos que
permitan evaluar el impacto de las diversas políticas de gobierno y de
la gestión institucional
Analizar y evaluar los temas que le sean
expresamente encomendados, realizando informes y sugerencias sobre los
puntos que analice, elevándolos a consideración del Coordinador General
Asistir en la propuesta de lineamientos de
políticas interinstitucionales relacionadas con los gobiernos
provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO XI
PRESIDENCIA DE LA NACION
COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS POLITICO
INSTITUCIONALES DE LA UNIDAD PRESIDENTE
DIRECCION GENERAL DE ASISTENCIA TECNICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir al Coordinador General en los aspectos
técnicos necesarios para el desarrollo de su tarea específica.
ACCIONES:
Brindar apoyo técnico al Coordinador General
Confeccionar y protocolizar las resoluciones
encomendadas por el Coordinador General, y dirigir el despacho de la
Coordinación General
[IMG]
Antecedentes Normativos
*-
Anexo II, Dirección General de Programas de Gobierno, Dirección,
Responsabilidad Primaria y**Acciones
incorporadas por art. 2° del*[Decreto
N° 2215/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=205047)B.O. 21/11/2012;
*-
Anexo II, Dirección General de Ceremonial, Responsabilidad Primaria y Acciones
sustituidas por art. 2° del*[Decreto
N° 2215/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=205047)B.O. 21/11/2012;
- Artículo 12 sustituido por art. 4° del[*Decreto
N° 166/2011](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=179528)B.O. 23/2/2011.*
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.
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