PRESIDENCIA DE LA NACION

Rango Decreto
Publicación 2004-05-31
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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PRESIDENCIA DE LA NACION

Decreto 648/2004

Apruébanse las estructuras organizativas de primer

nivel operativo de la Secretaría General y de la Casa Militar. Créanse

la Coordinación General de Asuntos Técnicos de la Unidad Presidente y

la Coordinación General de Asuntos Político Institucionales de la

Unidad Presidente. Modifícase el Decreto Nº 357/2002 y derógase el

Decreto Nº 2470/90 y sus modificatorios.

Bs. As., 26/5/2004

Ver Antecedentes Normativos

VISTO la Ley Nº 25.827 de Presupuesto de la

Administración Nacional para el ejercicio 2004, distribuido por la

Decisión Administrativa Nº 2 del 14 de enero de 2004 y los Decretos Nº

357 del 21 de febrero de 2002 y modificatorios, Nº 800 del 10 de mayo

de 2002, Nº 640 del 18 de abril de 2002, Nº 236 del 13 de marzo de 2000

y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios se

estableció la conformación organizativa y objetivos de, entre otras, la

SECRETARIA GENERAL, la CASA MILITAR, y LA COORDINACION GENERAL DE LA

UNIDAD PRESIDENTE, todas de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que por el Decreto Nº 800/02 se aprobó la estructura

organizativa de los primeros niveles operativos de la SECRETARIA

GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, con sus Organigramas,

Responsabilidades Primarias y Acciones y Dotación —Planta Permanente —.

Que por el Decreto Nº 640/02 se aprobó la estructura

organizativa de los primeros niveles operativos de la COORDINACION

GENERAL DE LA UNIDAD PRESIDENTE, con sus Organigramas,

Responsabilidades Primarias y Acciones y Dotación —Planta Permanente—.

Que por el Decreto Nº 236/00 se aprobó la estructura

organizativa de los primeros niveles operativos de la CASA MILITAR de

la PRESIDENCIA DE LA NACION, con sus Organigramas, Responsabilidades

Primarias y Acciones y Dotación —Planta Permanente y No Permanente —.

Que resulta prioritario conformar —en el ámbito de

la Presidencia de la Nación— un reajuste de estructuras que permita

lograr una mayor eficiencia en el proceso de toma de decisiones,

evitando superposiciones de estructuras y funciones.

Que resulta por lo tanto necesario efectuar una

reestructuración en la composición de los cargos aprobados para la

jurisdicción 20-01 – SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION,

en virtud de la Ley enunciada en el visto.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico

Permanente de la jurisdicción.

Que ha tomado intervención la SUBSECRETARIA DE LA

GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que el presente decreto se dicta en virtud de las

atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la Constitución

Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º— Sustitúyese del Anexo II al

Artículo 2º del Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios, —Objetivos—, el

Apartado I correspondiente a la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE

LA NACION, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle

obrante en la planilla que, como anexo al presente artículo, forma

parte integrante de la presente medida.

(Nota Infoleg: por art. 6°del[Decreto

N° 151/2015](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=257018)B.O. 18/12/2015 se

*transfieren el

Programa “Futbol para Todos” y el Programa “Automovilismo para Todos” y

sus unidades organizativas dependientes, desde la órbita de la JEFATURA

DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.)*

Art. 2º— Sustitúyese del Anexo II al

Artículo 2º del Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios, — Objetivos—,

el Apartado X correspondiente a la CASA MILITAR de la PRESIDENCIA DE LA

NACION, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle

obrante en la planilla que, como anexo al presente artículo, forma

parte integrante de la presente medida.

Art. 3º— Apruébase la estructura

organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARIA GENERAL de la

PRESIDENCIA DE LA NACION de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad

Primaria y Acciones, y Dotación, los que como Anexos Ia, Ib, Ic, II y

III forman parte integrante del presente.

Art. 4º— Apruébase la estructura

organizativa de primer nivel operativo de la CASA MILITAR de la

PRESIDENCIA DE LA NACION de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad

Primaria y Acciones, y Dotación, los que como Anexos IV, V y VI forman

parte integrante del presente.

Art. 5º— Suprímese la COORDINACION GENERAL

DE LA UNIDAD PRESIDENTE de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 6º— Derógase el Decreto Nº 2470 del 22

de noviembre de 1990 y sus modificatorios.

Art. 7º— Suprímese del Anexo I al artículo

1º y del Anexo II al artículo 2º del decreto Nº 357 y sus

modificatorios, —Objetivos— el Apartado XI correspondiente a la

COORDINACION GENERAL DE LA UNIDAD PRESIDENTE de la PRESIDENCIA DE LA

NACION.

Art. 8º— Créanse la COORDINACION GENERAL DE

ASUNTOS TECNICOS DE LA UNIDAD PRESIDENTE y la COORDINACION GENERAL DE

ASUNTOS POLITICO INSTITUCIONALES DE LA UNIDAD PRESIDENTE, ambas en el

ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION, incorporándose las mismas al

Anexo I —Organigrama de Aplicación— y al Anexo II —Objetivos— de los

artículos 1º y 2º del Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios, como

apartados XI y XI bis, respectivamente, los que quedarán redactados de

conformidad con el detalle obrante en las planillas que, como anexos al

presente artículo, forman parte integrante de la presente medida.

(Nota Infoleg:por art. 1° del[Decreto

N° 407/2015](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=244959)*B.O. 17/3/2015 se

suprimen la

COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS DE LA UNIDAD PRESIDENTE y la

COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS POLITICO INSTITUCIONALES DE LA UNIDAD

PRESIDENTE, que fueran creadas por el presente artículo y por art. 2°

de la misma norma se crea la

COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS Y POLITICOS DE LA UNIDAD

PRESIDENTE, en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION)*

Art. 9º— Apruébanse las estructuras

organizativas de primer nivel operativo de los organismos mencionados

en el artículo 8º, de acuerdo a los Organigramas, Responsabilidades

Primarias y Acciones y Dotación, los que como Anexos VII, VIII, IX, X,

XI y XII forman parte integrante del presente decreto.

Art. 10. — Establécese que el titular de la

COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS Y POLITICOS DE LA UNIDAD

PRESIDENTE, se denominará “Coordinador General de Asuntos Técnicos y

Políticos de la Unidad Presidente”, con rango y jerarquía equivalente a

la de Secretario.

(Artículo sustituido por art. 4°

del[Decreto

N° 407/2015](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=244959)B.O. 17/3/2015)

Art. 11. — Establécese que el cargo de Jefe

de la Casa Militar será desempeñado por un Oficial de las Fuerzas

Armadas, en actividad o en situación de retiro.

(Artículo sustituido por art. 3° del[*Decreto

N° 166/2011](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=179528)B.O. 23/2/2011)*

Art. 12. — Determínase que los cargos

correspondientes a las

Jefaturas de la Agrupación Seguridad e Inteligencia y de la Agrupación

Técnica de la CASA MILITAR serán desempeñadas por personal militar,

pudiendo ser ejercido indistintamente por cualquiera de las Fuerzas

Armadas. La designación será propuesta por el MINISTRO DE DEFENSA, de

acuerdo con las recomendaciones formuladas por los respectivos Estados

Mayores y aprobadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

(Artículo sustituido por art. 8° del[Decreto

N° 1167/2016](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=267602)B.O. 15/11/2016)

Art. 13. — Facúltase al Jefe de la Casa

Militar para determinar, guardando una adecuada relación con lo

establecido en el párrafo precedente, la jerarquía, antigüedad y

especialidad requeridas para cubrir los cargos del personal militar en

actividad, superior o subalterno.

Art. 14. — Establécese que los efectivos de la POLICÍA FEDERAL

ARGENTINA asignados a la División Custodia Presidencial, División

Custodia Vicepresidencial y Unidad Custodia Ex Mandatarios actuarán

bajo control operacional de la CASA MILITAR, a través de la Agrupación

Seguridad e Inteligencia; de la que recibirán las órdenes para su

empleo, actuando de conformidad con las leyes y reglamentos que rigen

al Personal de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA.

(Artículo sustituido por art. 3° delDecreto N° 735/2023*B.O. 9/12/2023. Vigencia: a partir del día

de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

Art. 15. — Establécese que, en función de los términos que fija el

artículo 14, en los casos de desplazamientos terrestres dentro y fuera

del país, la custodia del Presidente de la Nación, del Vicepresidente

de la Nación, de los Ex Mandatarios y sus familiares directos estará a

cargo de la División Custodia Presidencial, de la División Custodia

Vicepresidencial y de la Unidad Custodia Ex Mandatarios

respectivamente, conforme las directivas y órdenes que imparta el Jefe

de la CASA MILITAR y las establecidas en el artículo 8º del Decreto Nº

3469 del 7 de mayo de 1963.

(Artículo sustituido por art. 3° delDecreto N° 735/2023*B.O. 9/12/2023. Vigencia: a partir del día

de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

(Nota Infoleg: por art. 4° delDecreto N° 299/2024*B.O. 9/4/2024 se establece que el término “ex Mandatarios” al que se

hace referencia en los Decretos Nros. 648/04 y 50/19 y sus

modificatorios son los “expresidentes” de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

Art. 16. — Establécese que corresponde al

Regimiento de Granaderos a Caballo "General San Martín" la seguridad

del Señor Presidente de la Nación y de su familia en el interior de la

Casa de Gobierno y de la Residencia Presidencial de Olivos, así como

también otros lugares de residencia transitoria del señor Presidente de

la Nación.

Art. 17. — Establécese que la Comisaría de la

Casa de Gobierno actuará bajo control operacional del Jefe de la Casa

Militar, de quien recibirá órdenes para su empleo en el interior del

edificio.

Art. 18. — La seguridad exterior de la Casa

de Gobierno corresponderá a la Policía Federal Argentina, en

coordinación con el Jefe de la Casa Militar.

Art. 19. — Hasta tanto se aprueben las

unidades de nivel inferior a las aprobadas por el presente conservarán

su vigencia las unidades existentes a la fecha, con la asignación de

los suplementos que les correspondiere.

Art. 20. — Transfiérese del ámbito de la

COORDINACION GENERAL DE UNIDAD PRESIDENTE, suprimida por el artículo 5º

del presente Decreto, a la COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS DE

LA UNIDAD PRESIDENTE, ambas de la PRESIDENCIA DE LA NACION, al personal

y cargos vacantes y financiados que se detallan en la planilla anexa al

presente artículo.

Art. 21. — Transfiérese del ámbito de la

COORDINACION GENERAL DE UNIDAD PRESIDENTE, suprimida por el artículo 5º

del presente Decreto, a la COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS

POLITICO-INSTITUCIONALES DE LA UNIDAD PRESIDENTE, ambas de la

PRESIDENCIA DE LA NACION, al personal y cargos vacantes y financiados

que se detallan en la planilla anexa al presente artículo.

Art. 22. — Transfiérese del ámbito de la

COORDINACION GENERAL DE UNIDAD PRESIDENTE, suprimida por el artículo 5º

del presente Decreto, a la SECRETARIA GENERAL, ambas de la PRESIDENCIA

DE LA NACION, al personal y cargos vacantes y financiados que se

detallan en la planilla anexa al presente artículo.

Art. 23. — Transfiérese del ámbito de la CASA

MILITAR a la SECRETARIA GENERAL, ambas de la PRESIDENCIA DE LA NACION,

al personal y cargos vacantes y financiados que se detallan en la

planilla anexa al presente artículo.

Art. 24. —Transfiérese del ámbito de la

SECRETARIA GENERAL a la CASA MILITAR, ambas de la PRESIDENCIA DE LA

NACION, al personal que se detalla en la planilla anexa al presente

artículo.

Art. 25. — Las transferencias dispuestas por

los artículos 20º, 21º, 22º, 23º y 24º del presente decreto

comprenderán, en lo pertinente, los respectivos cargos y créditos

presupuestarios. El personal afectado por la presente medida mantendrá

sus actuales niveles y grados de revista escalafonarios y, hasta tanto

se apruebe la estructura organizativa de las aperturas del segundo

nivel operativo de los organismos a los cuales han sido transferidos,

los suplementos y adicionales que tuviere asignados.

Art. 26. — Hasta tanto se aprueben las

unidades de nivel inferior a las aprobadas por el presente conservarán

su vigencia las unidades existentes, a la fecha, con la asignación de

los suplementos que les correspondiere.

Art. 27. — Facúltase a la SECRETARIA DE

HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION a realizar las

adecuaciones emergentes de lo dispuesto por el presente decreto. Hasta

tanto se efectúen, la atención de las erogaciones resultantes de las

transferencias de personal y de los cargos vacantes y financiados se

efectuará con cargo a los créditos presupuestarios de los organismos de

origen.

Art. 28. — El gasto que demande el

cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos

asignados a la jurisdicción 20-01 – SECRETARIA GENERAL de la

PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 29. — Comuníquese, publíquese, dése a la

Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. —

Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández.

Planilla Anexa al Artículo 1

SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA

OBJETIVOS

1.

Asistir en forma directa al Presidente de la

Nación en las atribuciones que le asigna el artículo 99 de la

CONSTITUCION NACIONAL, en lo relativo a las actividades de su

competencia.

2.

Efectuar el seguimiento y la verificación del

cumplimiento de las directivas emanadas del Presidente de la Nación y

realizar las tareas especiales que éste le encomiende, asesorándolo,

además, sobre el diseño y actualización de la política del PODER

EJECUTIVO NACIONAL en el contexto de la realidad mundial y nacional,

así como también en materia de consolidación del proceso democrático.

3.

Asistir al Presidente de la Nación para el diseño

de políticas públicas y en la relación con organizaciones y sectores

representativos de la comunidad.

4.

Supervisar el cumplimiento de los objetivos y

metas establecidos por el Presidente de la Nación.

5.

Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la

elaboración del mensaje al HONORABLE CONGRESO NACIONAL, sobre el Estado

de la Nación.

6.

Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la

elaboración de los mensajes, discursos y declaraciones públicas cuando

se lo requiera.

7.

Efectuar el seguimiento de los temas que sean

considerados prioritarios por el Presidente de la Nación, informando su

desarrollo y resultado.

8.

Coordinar el análisis desde el punto de vista

Político, de todas las disposiciones que sean sometidas al PODER

EJECUTIVO NACIONAL.

9.

Coordinar sus tareas con las de las distintas

Secretarías de la Presidencia de la Nación, con las de la Jurisdicción

Jefe de Gabinete de Ministros y con las de los Ministros Secretarios,

con el objeto de optimizar el resultado de la acción de gobierno.

10.

Coordinar el funcionamiento de las Comisiones

Nacionales de asesoramiento o simples asesorías permanentes o

transitorias, sin funciones ejecutivas, que dependan directamente del

PODER EJECUTIVO NACIONAL.

11.

Coordinar y controlar la ejecución de las

políticas fijadas por el Estado Nacional para el sector de la

radiodifusión que se implementen a través del COMITE FEDERAL DE

RADIODIFUSION.

12.

Asistir en la coordinación de las relaciones

entre el Presidente y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

13.

Administrar y ejecutar el Presupuesto de la

Jurisdicción.

14.

Asistir en materia presupuestaria, a las áreas

presidenciales de su propia jurisdicción y a las que no cuenten con

servicio administrativo financiero propio.

15.

Conducir los aspectos logísticos y

administrativos relacionados con los viajes del Señor Presidente y con

la flota presidencial de aeronaves, y determinar las prioridades

presupuestarias para el área.

16.

Intervenir en la asistencia presupuestaria para

los viajes presidenciales.

17.

Conducir la administración de todos los recursos

humanos, materiales, informáticos, de comunicaciones y financieros

afectados a la Jurisdicción, y asimismo coordinar esos recursos

materiales, informáticos, de comunicaciones y financieros con las áreas

de la PRESIDENCIA DE LA NACION que forman parte de su jurisdicción, y

las que no cuenten con servicio administrativo propio.

18.

Asistir al Señor Presidente de la Nación y a su

esposa en todo lo concerniente al ceremonial, protocolo, audiencias y

designación de comitivas y asuntos de índole privada, requiriendo de

los organismos de la Administración Pública Nacional la colaboración

necesaria para el cumplimiento de sus funciones.

SUBSECRETARIA GENERAL

OBJETIVOS:

1.

Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA

DE LA NACION en lo relativo a las actividades que aseguren la

coherencia política de la acción de gobierno y en la coordinación del

asesoramiento requerido para el establecimiento de objetivos, políticas

y criterios de gestión.

2.

Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA

DE LA NACION en los asuntos relativos a su competencia específica, en

especial los vinculados a políticas de interés para el PODER EJECUTIVO

NACIONAL, que le sean requeridos y representarlo cuando así se le

encomiende.

3.

Verificar el cumplimiento de las instrucciones

emanadas del Presidente de la Nación que le encomiende al Secretario

del área.

4.

Coordinar la obtención, análisis y

sistematización de la información para el diseño de políticas públicas.

5.

Asistir al Secretario General de la Presidencia

de la Nación en la relación con las organizaciones y sectores

políticos, sociales, económicos y representativos de la comunidad a

nivel nacional, provincial y municipal.

6.

Entender en el diseño y administración de un

sistema de información que permita el seguimiento de la acción de

gobierno.

7.

Elaborar e implementar estudios, programas y

proyectos especiales que le encomiende el Secretario General de la

PRESIDENCIA DE LA NACION.

8.

Realizar el análisis político de los asuntos que

el Presidente de la Nación solicite al Secretario del área, o de

aquellas disposiciones que se sometan a consideración del Primer

Magistrado.

9.

Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA

DE LA NACION en la coordinación del funcionamiento de las Comisiones

Nacionales de asesoramiento o simples asesorías permanentes o

transitorias, sin funciones ejecutivas, que dependan directamente del

PODER EJECUTIVO NACIONAL.

10.

Intervenir en la determinación de objetivos a

alcanzar y sistematización de logros, en relación a los viajes

presidenciales, como asimismo en la obtención de información necesaria.

11.

Asistir al Secretario General en todo lo

atinente a la coordinación del ceremonial, el protocolo y las

audiencias presidenciales.

12.

Representar al Secretario General de la

PRESIDENCIA DE LA NACION cuando así se lo encomiende.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

OBJETIVOS:

1.

Asesorar y coordinar la ejecución de las tareas

que le encomiende el Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION

y en particular aquellas destinadas a asegurar la eficacia de la

gestión y el mejor cumplimiento de sus atribuciones.

2.

Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA

DE LA NACION en el diseño de la política presupuestaria de la

jurisdicción.

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las

distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de

la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten

durante el ejercicio financiero.

4.

Efectuar la coordinación administrativa,

financiera y de recursos humanos de todas las áreas integrantes de la

jurisdicción y de las entidades descentralizadas dependientes, así como

la planificación de las actividades de administración.

5.

Coordinar la obtención, sistematización y

presentación del asesoramiento que se requiera para el cumplimiento de

las funciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL y para el establecimiento de

objetivos, políticas y criterios de gestión.

6.

Asistir al Secretario General en la

administración de los recursos humanos, informáticos, materiales y

financieros de la SECRETARIA GENERAL, y asimismo a las Secretarías y

organismos de la PRESIDENCIA DE LA NACION a los cuales brinde apoyo

administrativo.

7.

Coordinar el seguimiento y trámite de los pedidos

de informe que el Presidente de la Nación solicite al Jefe de Gabinete

de Ministros, a los Ministros Secretarios y demás organismos de la

Administración Pública Nacional.

8.

Asistir técnica y administrativamente al

Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION, en la coordinación

del funcionamiento de las Comisiones Nacionales de asesoramiento o

simples asesorías permanentes o transitorias, sin funciones ejecutivas,

que dependan directamente del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

9.

Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de

la documentación administrativa, determinando para cada trámite, las

unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender

en el tema respectivo.

10.

Asistir en la preparación de la información y el

seguimiento de actividades derivadas de los viajes presidenciales.

11.

Administrar la Intendencia de la Casa de

Gobierno y la Residencia Presidencial de Olivos.

12.

Proveer y coordinar los sistemas informáticos y

de comunicaciones de la Presidencia de la Nación.

13.

Asistir técnica, logística y administrativamente

al Secretario General en todo lo atinente a la coordinación de los

viajes del Señor Presidente y la flota presidencial de aeronaves.

Planilla Anexa al Artículo 2

CASA MILITAR

OBJETIVOS

1.

Proveer la seguridad del señor Presidente de la

Nación y sus familiares directos, como así también de la Casa de

Gobierno, Residencia Presidencial de Olivos y otros lugares de

residencia transitoria del señor Presidente y su familia.

2.

Atender el ceremonial militar de la PRESIDENCIA

DE LA NACION y coordinar lo atinente al ceremonial y protocolo del

Regimiento de Granaderos a Caballo General San Martín.

3.

Proveer los servicios de movilidad aérea del

señor Presidente de la Nación y los de la CASA MILITAR.

Planilla Anexa al Artículo 8

COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS DE LA

UNIDAD PRESIDENTE

OBJETIVOS

Asistir al Señor Presidente en la respuesta a las

demandas que se dirigen hacia su persona, tanto cuando se encuentra en

sus lugares habituales como trasladándose, resolviéndolas

apropiadamente o derivándolas a los organismos correspondientes.

COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS POLITICO

INSTITUCIONALES DE LA UNIDAD PRESIDENTE

OBJETIVOS

Asistir al Señor Presidente en el análisis,

programación, planificación y seguimiento de las distintas políticas de

gestión institucional en el orden nacional y su impacto en las acciones

de gobierno.

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ANEXO Ib

*(Anexo

sustituido por art. 1° del*[Decreto

N° 2215/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=205047)B.O. 21/11/2012)

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*(DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN

INSTITUCIONAL incorporada por art. 1° del*[Decreto

N° 484/2016](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=259407)B.O. 15/3/2016)

ANEXO Ic

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ANEXO II

SECRETARIA GENERAL

UNIDAD AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de

control interno incorporado a la organización de la jurisdicción,

privilegiando las pautas dictadas por la economía, eficiencia y

eficacia.

ACCIONES:

1.

Establecer la planificación de la Auditoría

Interna de la Jurisdicción, conforme a las normas generales de Control

Interno y Auditoría Interna.

2.

Elaborar el Plan General y el Plan Anual de la

Auditoría Interna.

3.

Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes

y procedimientos determinados por la autoridad superior.

4.

Asesorar en la determinación de las normas y

procedimientos propios del Sistema de Control Interno.

5.

Tomar conocimiento integralmente de los actos y

evaluar aquellos de significativa trascendencia económica, informar

acerca de ellos y formular las recomendaciones que correspondan a cada

observación.

6.

Verificar si en las erogaciones e ingresos de la

Jurisdicción se cumplen los principios contables y niveles

presupuestarios de la normativa legal vigente.

7.

Constatar la confiabilidad de los antecedentes

utilizados en la elaboración de los informes y/o estados informativos

contables.

8.

Precisar la exactitud del registro de los activos

y las medidas de resguardo adoptadas para su protección.

9.

Emitir opinión, en el ámbito de su competencia,

en todo estado informativo contable emitido por las unidades ejecutoras.

10.

Producir informes periódicos sobre las

auditorías desarrolladas y otros controles practicados.

11.

Comunicar a las autoridades superiores y a la

SINDICATURA GENERAL DE LA NACION de los desvíos que se detecten con las

recomendaciones y/u observaciones que se formulen.

12.

Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y

observaciones realizadas.

13.

Informar sobre los temas que la SINDICATURA

GENERAL DE LA NACION le requiera en lo atinente al desarrollo de sus

actividades.

ANEXO II

SUBSECRETARIA GENERAL

DIRECCION MUSEO CASA ROSADA

*(Responsabilidad

Primaria y Acciones sustituidas por art. 2° del*[Decreto

N° 2215/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=205047)B.O. 21/11/2012)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en las actividades de investigación, conservación,

restauración, difusión y acrecentamiento del patrimonio histórico

vinculado con la Primera magistratura y sus gestiones de gobierno.

ACCIONES:

1.

Procurar la conservación y restauración de los objetos

histórico-artísticos de los presidentes argentinos.

2.

Conducir investigaciones y estudios de la temática histórica propia

del Museo y de los edificios de la Casa Rosada y la Residencia

Presidencial de Olivos.

3.

Efectuar la difusión del Patrimonio Histórico a través de

experiencias museográficas y educativas, conferencias y publicaciones.

SUBSECRETARIA GENERAL

DIRECCION GENERAL DE CEREMONIAL

*(Responsabilidad

Primaria y Acciones sustituidas por art. 2° del*[Decreto

N° 610/2014](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=229564)B.O. 07/05/2014)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Organizar y atender el desarrollo de los actos y ceremonias a las que

asista laseñora Presidenta de la Nación y las acciones de igual

naturaleza que se cumplan en la PRESIDENCIA DE LA NACION.

ACCIONES:

1.

Asistir al Subsecretario General en la organización y desarrollo de

todo acto y ceremonia que se lleve a cabo en la PRESIDENCIA DE LA

NACION, a los que asista la Primera Magistrada.

2.

Asistir al Subsecretario General en el protocolo de los actos

oficiales, la organización y desarrollo de todo acto, ceremonia o

reunión que se lleve a cabo en la PRESIDENCIA DE LA NACION, y coordinar

con la Casa Militar las tareas relacionadas con el ceremonial militar

vinculado con la señora Presidenta de la Nación.

3.

Organizar los actos de presentación de credenciales a la señora

Presidenta de la Nación o al señor Vicepresidente de la Nación.

4.

Intervenir en la organización y desarrollo de todo acto, ceremonia o

reunión que se realice fuera de la PRESIDENCIA DE LA NACION, cuando

asista la señora Presidenta de la Nación o quien la misma envíe en su

representación, coordinando con los Ministerios y los Organismos

correspondientes.

5.

Tramitar las invitaciones que reciba la señora Presidenta de la

Nación y los requerimientos que se le formulen en materia de trofeos,

premios, becas y presidencias honorarias.

6.

Organizar los aspectos vinculados con su responsabilidad específica

en los viajes que realice la señora Presidenta de la Nación al interior

del país, y colaborar con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y

CULTO en los aspectos vinculados con los viajes que realice al exterior

y con las visitas de personalidades extranjeras a nuestro país.

7.

Elaborar y mantener actualizado el registro de autoridades

nacionales y confeccionar, en cada caso, el orden de precedencia

protocolar en coordinación con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y

CULTO, cuando incluya al cuerpo diplomático extranjero.

8.

Participar —en el aspecto protocolar— en la organización de las

reuniones de gabinete, reuniones especiales y acuerdos en los que

intervenga la señora Presidenta de la Nación, efectuando las

invitaciones correspondientes.

9.

Participar —en el aspecto protocolar— en la organización de las

reuniones especiales, ceremonias, actos y viajes que realicen los

familiares directos de la Primera Magistrada.

SUBSECRETARIA GENERAL

DIRECCION GENERAL DE AUDIENCIAS

*(Responsabilidad

Primaria y Acciones sustituidas por art. 2° del*[Decreto

N° 2215/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=205047)B.O. 21/11/2012)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Tramitar las solicitudes de audiencias

formuladas a la Señora Presidenta de la Nación, tanto en el país como

en el exterior, y asesorar al Secretario General respecto del temario,

importancia y prioridad de las mismas.

ACCIONES:

1.

Asistir al Subsecretario General en el asesoramiento al Primer

Magistrado con relación al temario, importancia y prioridad de las

audiencias, así como en relación a los antecedentes de las personas a

las que se hubiera concedido audiencia.

2.

Tramitar y administrar las audiencias solicitadas a la señora

Presidenta de la Nación, tanto en el país como en sus viajes al

exterior, a fin de lograr eficiencia en su diligenciamiento.

3.

Organizar y mantener un sistema de información relacionado con las

solicitudes de audiencias y su materialización.

4.

Atender las delegaciones y personalidades que concurran a

entrevistarse con la Señora Presidenta de la Nación, tanto en el país

como en el exterior.

5.

Realizar las derivaciones a los organismos correspondientes, de

aquellas solicitudes cuyo tenor no hiciera necesaria la concreción de

entrevista directa con la Señora Presidenta de la Nación.

6.

Efectuar la derivación y seguimiento de los requerimientos

planteados por solicitudes de audiencia no concedidas, informando al

causante de las gestiones realizadas, a efectos de brindar solución a

aquéllos.

7.

Confeccionar y difundir la agenda del Primer Mandatario, coordinando

con las distintas áreas una mejor organización del tiempo de la Señora

Presidenta de la Nación.

SUBSECRETARIA GENERAL

DIRECCION GENERAL DE ACCION DE GOBIERNO

*(Dirección,

Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 2° del*[Decreto

N° 2215/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=205047)B.O. 21/11/2012)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asesorar en la instrumentación de los

planes relacionados con el desarrollo de las políticas públicas

emanadas de las propuestas efectuadas al Poder Ejecutivo Nacional.

ACCIONES:

1.

Analizar los temas prioritarios de la agenda gubernamental

seleccionados por la Subsecretaría General, investigando las hipótesis

potenciales de evolución de las políticas involucradas en la agenda de

referencia.

2.

Asistir en la definición de las áreas prioritarias que requieran el

accionar del gobierno nacional.

3.

Vincular las actividades de seguimiento de la gestión de las

políticas públicas con las áreas de responsabilidad similar.

4.

Asesorar en materia de diseño de políticas públicas poniendo el

énfasis en la definición de objetivos.

5.

Colaborar en el aprestamiento de todos los datos relevantes

destinados a satisfacer las necesidades de información del Primer

Magistrado en ocasión de los viajes presidenciales.

6.

Intervenir en la preparación de las actividades atinentes al área

registradas en la agenda presidencial.

7.

Desarrollar las actividades de apoyo y asesoramiento

normativo-jurídico de la Jurisdicción, previa intervención de su

servicio jurídico permanente.

8.

Efectuar el análisis y evaluación de las demandas remitidas a la

Primera Magistratura a fin de proponer las recomendaciones jurídicas no

vinculantes necesarias que fortalezcan la capacidad de respuesta de la

gestión de gobierno, previa intervención de su servicio jurídico

permanente.

9.

Colaborar en la elaboración del mensaje presidencial de apertura de

Sesiones Ordinarias de la Honorable Asamblea Legislativa, y sus anexos.

10.

Intervenir en la implementación, diseño, organización y ejecución

de los programas culturales a desarrollarse en el ámbito de la Casa de

Gobierno.

11.

Intervenir en la organización y desarrollo de las visitas guiadas a

la Casa de Gobierno.

SUBSECRETARIA GENERAL

DIRECCION GENERAL DE PROGRAMAS DE GOBIERNO

*(Responsabilidad

Primaria y Acciones sustituidas por art. 3° del*[Decreto

N° 610/2014](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=229564)B.O. 07/05/2014)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asesorar y participar en el desarrollo

e implementación de acciones de coordinación y concertación que cubran

las necesidades propias del organismo; así como intervenir en lo

atinente a la cooperación interinstitucional, todo ello a fin de llevar

a cabo los programas de gobierno establecidos.

ACCIONES:

1.

Coordinar la obtención, relevamiento y análisis de los datos

necesarios para la ejecución de programas de gobierno, intervenir en su

implementación y su posterior evaluación.

2.

Realizar estudios de diagnóstico jurídico que sustenten el accionar

del área.

3.

Organizar seminarios, conferencias, congresos y encuentros

nacionales e internacionales relacionados con la responsabilidad

primaria del área, cuando le sea requerido.

4.

Coordinar el desarrollo de actividades tendientes a fomentar la

cooperación horizontal interinstitucional.

5.

Asesorar legalmente respecto de trámites institucionales del

Organismo que no requieran de dictamen del Servicio Jurídico Permanente

de la Jurisdicción.

6.

Elaborar los actos administrativos atinentes a su responsabilidad

primaria.

7.

Intervenir, en lo atinente a su competencia, en la tramitación

relativa a organismos descentralizados en los que la Secretaría General

posea competencias delegadas por la Primera Magistratura.

8.

Participar en la planificación, organización e implementación de las

unidades organizativas que se creen en respuesta a necesidades

planteadas por el Sr. Secretario General para el mejor cumplimiento de

los objetivos de la SECRETARIA GENERAL.

9.

Intervenir en la comunicación horizontal con las unidades

organizativas del ámbito de la SECRETARIA GENERAL, así como con los

restantes Ministerios y Secretarías.

10.

Asesorar en la implementación del Decreto N° 1172/03.

11.

Intervenir en la gestión del proyecto TECNOPOLIS del Bicentenario,

Ciencia, Tecnología y Arte, Parque Temático Interactivo.

12.

Intervenir en la gestión del proyecto Casa Patria Grande Presidente

Néstor Carlos Kirchner.

13.

Intervenir en la gestión del proyecto Museo del Bicentenario.

14.

Viabilizar las solicitudes de Declaración de Interés Nacional,

según lo establecido en la normativa vigente.

15.

Elaborar los informes periódicos elevados a la Jefatura de Gabinete

de Ministros, así como la Memoria Anual del organismo.

16.

Atender en todo lo atinente a

padrinazgos, ahijados presidenciales, coordinación de ceremonias de

bautismo y designación de representantes de la Primera Mandataria en

los mismos.

17.

Elaborar acuerdos y/o convenios que

le sean requeridos, tanto con entidades públicas y/o privadas,

entidades nacionales y/o extranjeras en el ámbito de su competencia.

SUBSECRETARÍA GENERAL

DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN INSTITUCIONAL

*(Dirección Responsabilidad Primaria y

Acciones incorporadas por art. 1° del*[Decreto

N° 484/2016](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=259407)B.O. 15/3/2016)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Asistir a las autoridades competentes en el análisis y otorgamiento de

propuestas de producción de eventos que por sus alcances amerite la

promoción de políticas públicas.

ACCIONES:

1.

Asistir y asesorar, conjuntamente con las áreas competentes, a los

distintos órganos de Gobierno sobre las estrategias y acciones de

inclusión de políticas públicas, a través de la producción de eventos,

proveyéndoles el soporte y recursos técnicos necesarios.

2.

Optimizar los costos de producción de eventos, cuando participen las

diferentes áreas de Gobierno.

3.

Asistir en la coordinación de audiencias con las áreas de la

Administración Pública Nacional, Provincial, Municipal y de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, a efectos de establecer estrategias de

divulgación de sus planes de gestión que incluyan acciones de

producción de eventos.

4.

Realizar el seguimiento y control de avance de los aspectos

relacionados con la materialización, de las propuestas de producción de

eventos, en coordinación con las áreas competentes.

5.

Analizar los resultados de la comunicación de las acciones de

producción de eventos que se lleven a cabo, aplicando procesos de

mejora continua y optimización del uso de recursos y estrategias.

ANEXO II

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOS

HUMANOS Y ORGANIZACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Administrar las políticas y la aplicación de las

normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su

capacitación y desarrollo y el análisis, planificación y diseño

organizacional, procurando mejorar los niveles de productividad y

satisfacción laboral y la calidad en las prestaciones de los servicios

a cargo de la SECRETARIA GENERAL.

ACCIONES:

1.

Atender todo lo vinculado con la administración

de los recursos humanos de la Jurisdicción, y demás Secretarías y

organismos de la PRESIDENCIA DE LA NACION a los cuales asiste.

2.

Controlar la adecuada aplicación de la

legislación en materia de recursos humanos y de la higiene y seguridad

laboral.

3.

Asegurar el mejoramiento de los niveles de

desarrollo y especialización técnico-operativa del personal, procurando

elevar la calidad del servicio.

4.

Desempeñar la coordinación institucional para la

evaluación de los puestos de trabajo, proponiendo las modificaciones

adecuadas.

5.

Intervenir en los pases y cambios de lugar de

trabajo del personal, tanto dentro como fuera de la Jurisdicción.

6.

Organizar estudios analíticos y diagnósticos de

la organización.

7.

Efectuar propuestas de reingeniería

organizacional a requerimiento del Secretario General.

8.

Entender en todo lo relacionado con la prestación

de la asistencia y el control médico al personal de la Jurisdicción y

de los organismos a los cuales se brinda apoyo.

9.

Establecer relaciones con los representantes

gremiales, administrando los acuerdos resultantes de los convenios y

negociaciones colectivas.

10.

Integrar la delegación Jurisdiccional de la

Comisión Permanente de Carrera.

ANEXO II

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Atender la gestión económico-financiera, contable,

patrimonial y de servicios de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA

de la NACION y de las Secretarías y organismos a los cuales asiste.

ACCIONES:

1.

Prever el estudio y la elaboración del proyecto

de presupuesto anual de gastos e inversiones de la Jurisdicción.

2.

Conducir la ejecución presupuestaria y la gestión

administrativo-contable de la Jurisdicción.

3.

Efectuar el procesamiento contable integral de

las operaciones, centralizando y evaluando la información resultante.

4.

Controlar el movimiento efectivo de fondos y

valores.

5.

Organizar la contabilidad patrimonial de la

Jurisdicción, realizando el registro y control de los bienes

patrimoniales asignados.

6.

Ejecutar las acciones necesarias para la

adquisición de materiales, suministros, máquinas y equipos, así como la

contratación de servicios tendientes a satisfacer los requerimientos de

los distintos usuarios.

ANEXO II

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DE LOGISTICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Operar y supervisar el sistema de comunicaciones y

telefonía de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y en los lugares de

permanencia habitual y transitoria del Señor Presidente de la Nación;

dirigir y optimizar la utilización de Tecnologías de la Información y

las Comunicaciones informáticas de la Presidencia de la Nación y de los

organismos a los cuales brinda su apoyo; entender en todo lo

relacionado con el funcionamiento y mantenimiento con la flota

presidencial de aeronaves; asegurando para todo ello la confiabilidad y

la eficiencia necesaria para el buen cumplimiento de todas las

actividades.

ACCIONES:

1.

Dirigir el servicio de comunicaciones de la

Presidencia de la Nación y de los organismos relacionados, asegurar los

enlaces de la Red de Presidencia y Gobernaciones de Provincias, operar

los medios radiotelefónicos, radiotelegráficos, electrónicos y móviles

que permitan comunicarse al Señor Presidente de la Nación dentro y

fuera de sus sedes habituales, y al personal de Presidencia de la

Nación y los organismos relacionados

2.

Organizar y controlar en todos sus aspectos los

recursos informáticos actuales y por crearse de la Presidencia de la

Nación.

3.

Elaborar anualmente el plan de Tecnologías de la

información y las Comunicaciones de la Presidencia de la Nación

4.

Intervenir en todas las cuestiones relacionadas

con la gestión de mantenimiento y operación de la Flota Presidencial de

Aeronaves, a efectos de verificar la racionalidad y eficiencia de los

gastos en el área.

5.

Verificar el cumplimiento de las normas legales y

de las políticas y estándares establecidos por la Administración

Pública Nacional en el organismo.

ANEXO II

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

ADMINISTRACION GENERAL DE LA RESIDENCIA PRESIDENCIAL

DE OLIVOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Conducir el funcionamiento integral de la Residencia

Presidencial de Olivos, administrar sus recursos humanos y económicos y

prestar la atención directa al Presidente de la Nación durante su

permanencia en el área.

ACCIONES:

1.

Organizar las distintas actividades de la

Residencia a fin de que se puedan cumplir eficientemente.

2.

Atender todo lo vinculado con el funcionamiento

de los sectores reservados para el Presidente de la Nación y de los

destinados a actos y reuniones oficiales.

3.

Coordinar con las Direcciones Generales de

Administración de Recursos Humanos y Organización y de Administración

las gestiones relacionadas con el régimen laboral del personal, su

carrera administrativa y con la contratación de los servicios y

suministros requeridos.

4.

Proveer conjuntamente con la CASA MILITAR de la

PRESIDENCIA DE LA NACION y con la Comisaría de la Casa de Gobierno los

servicios de custodia para el Presidente de la Nación durante su

permanencia en el área y en sus desplazamientos fuera de la misma.

5.

Participar, en coordinación con la Dirección

General de Ceremonial y la Dirección General de Audiencias, en todo lo

relacionado con los actos oficiales, las reuniones protocolares y las

audiencias que se realicen en la Residencia Presidencial de Olivos.

ANEXO II

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION DE DESPACHO, MESA DE ENTRADAS Y ARCHIVO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la recepción y registro de la

documentación ingresada y emanada de la jurisdicción. Protocolizar y

custodiar los actos administrativos producidos por las autoridades del

área.

ACCIONES:

1.

Organizar y controlar el registro de la totalidad

de la correspondencia, expedientes y documentación recepcionada, en

circulación y despachada por todas las áreas de la SECRETARIA GENERAL

DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION.

2.

Protocolizar los actos

administrativos-individuales o conjuntos - emanados del Secretario

General, Subsecretarios y funcionarios con facultades para resolver.

3.

Orientar el trámite de la documentación,

elaborando los informes, providencias y notas correspondientes.

4.

Mantener un archivo sistematizado de los

Boletines Oficiales, como fuente informativa y de consulta, y toda la

documentación de la Jurisdicción, de acuerdo a la normativa vigente.

ANEXO II

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

ADMINISTRACION DE SERVICIOS GENERALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en todo lo relacionado con los servicios

generales necesarios para el funcionamiento de la PRESIDENCIA DE LA

NACION y de los organismos a los cuales se asiste desde la SECRETARIA

GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, administrar los servicios de

mantenimiento y funcionamiento de la Casa de Gobierno y las sedes

administrativas de la PRESIDENCIA DE LA NACION existentes o a crearse,

administrar los servicios de cochera y transporte terrestre y la

distribución de servicios de telefonía móvil.

ACCIONES

1.

Organizar y controlar las actividades

relacionadas con el mantenimiento de inmuebles, conservación de bienes

muebles, los servicios generales y el de transporte terrestre

correspondientes a la SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

y a las Secretarías y organismos a los cuales asiste.

2.

Coordinar los trabajos, y verificar el

cumplimiento de los servicios requeridos.

3.

Controlar, custodiar y distribuir los bienes

almacenados en los depósitos.

4.

Organizar y controlar los servicios de cocina y

atención a los comedores presidencial y de funcionarios.

5.

Entender en la administración y distribución de

servicios de telefonía celular, de acuerdo a las normas vigentes.

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(*Nota

Infoleg: por art. 2°del*[Decreto

N° 484/2016](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=259407)*B.O. 15/3/2016 se

incorpora al

Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la SECRETARÍA GENERAL de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el cargo de Director General de la DIRECCIÓN

GENERAL DE PROMOCIÓN INSTITUCIONAL con Nivel de Ponderación I del

SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.), homologado por Decreto

N° 2098/08 y sus modificatorios y complementarios.)*

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ANEXO IV

(Anexo sustituido por art. 1° del[*Decreto

N° 2128/2008](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=148505)B.O. 18/12/2008)*

[IMG]

ANEXO V

CASA MILITAR

EDECANES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Ejercer la seguridad inmediata del señor Presidente

de la Nación y asistirlo en todas las funciones oficiales, prestándole

inmediata colaboración en ellas.

ACCIONES:

1.

Asistir al señor Presidente de la Nación en sus

traslados aéreos, ceremonias, actos y atención de las personas que

tengan audiencia cuando el señor Presidente así lo disponga.

2.

Efectuar las tareas expresamente encomendadas por

el Presidente de la Nación o el Jefe de la Casa Militar.

3.

Ejercer la representación del señor Presidente de

la Nación en todos aquellos actos o ceremonias que él disponga.

ANEXO V

CASA MILITAR

AGRUPACION TECNICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Planificar, coordinar y supervisar los servicios

técnico-administrativos, presupuestarios y patrimoniales de la Casa

Militar.

ACCIONES:

1.

Efectuar el registro y control de los recursos

patrimoniales a cargo de la Casa Militar, incluyendo el patrimonio y

recursos afectados a la flota presidencial.

2.

Brindar apoyo técnico y administrativo al

organismo, con la coordinación y asistencia de las áreas de competencia

específica de la SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION.

3.

Dirigir el despacho del organismo

4.

Brindar los servicios de asistencia inmediata al

Jefe de la Casa Militar.

5.

Presentar al Jefe de la Casa Militar y a la

SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION anualmente la

formulación presupuestaria del organismo.

ANEXO V

CASA MILITAR

AGRUPACION SEGURIDAD E INTELIGENCIA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Planificar, ejecutar y supervisar las acciones de

seguridad, coordinando los requerimientos de inteligencia y

contrainteligencia necesarios para preservar en forma permanente la

integridad física del señor Presidente de la Nación y sus familiares

directos, como así también la de los integrantes de la Casa de Gobierno

y Residencia Presidencial de Olivos.

ACCIONES:

1.

Planificar, coordinar y supervisar la seguridad

personal del señor Presidente de la Nación y sus familiares directos en

toda circunstancia, tiempo y lugar.

2.

Organizar, coordinar y supervisar las tareas

relacionadas con la seguridad de los elementos subordinados a través de

la Casa Militar: Regimiento de Granaderos a Caballo "General San

Martín", Fuerza de Seguridad, Policía Federal y Provincial.

3.

Coordinar los aspectos vinculados con las

acciones de inteligencia y contrainteligencia necesarias, juntamente

con la Secretaría de Inteligencia de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

4.

Coordinar e integrar el personal y medios

técnicos propios y asignados, con el personal y medios de los lugares

que visite el señor Presidente de la Nación, en los traslados que éste

realice fuera del lugar habitual de su residencia, en el país o en el

extranjero designándose a tal efecto un Jefe Militar de Seguridad quien

hará ejecutar las tareas asignadas, conforme a las directivas

impartidas por el Jefe de la Casa Militar.

5.

Coordinar todo lo relacionado con el ceremonial

militar de la Presidencia de la Nación y Residencia Presidencial de

Olivos y de otros lugares de residencia transitoria, dentro y fuera del

país, del señor Presidente de la Nación o cuando éste lo disponga.

6.

Elaborar y supervisar el cumplimiento de las

normas de acceso a la Casa de Gobierno, Residencia Presidencial de

Olivos y otros lugares de residencia transitoria del señor Presidente

de la Nación; incluyendo el otorgamiento de credenciales y/o

distintivos identificatorios, según corresponda.

CASA MILITAR DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

AGRUPACION SEGURIDAD E INTELIGENCIA

DIRECCION DE COORDINACION ADMINISTRATIVA

(Acciones incorporadas por art. 2° del[*Decreto

N° 2128/2008](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=148505)B.O. 18/12/2008)*

ACCIONES

1.

Planificar la asignación del personal para la

atención al público en los accesos a la Casa de Gobierno, Museo y

Residencia Presidencial de Olivos considerando las necesidades del

sector.

2.

Proponer la distribución del personal civil, en

los actos y comisiones a realizarse con la presencia del Primer

Mandatario.

3.

Participar en la confección de las directivas

específicas para el cumplimiento de las actividades de la Agrupación.

4.

Ejecutar el control de gestión de los recursos

asignados a la Agrupación, para el mejoramiento de la calidad en la

prestación de los servicios, a los fines de brindar una respuesta

adecuada en la atención al público.

5.

Elaborar los cursos específicos para el personal

civil de la Agrupación, coordinando con los organismos de capacitación

intervinientes, su implementación y desarrollo.

6.

Colaborar en la planificación de los cursos para

el Personal Militar asignado a la Agrupación.

7.

Mantener y controlar la preservación de los

elementos patrimoniales asignados a la Agrupación.

8.

Asesorar y asistir al Jefe de Agrupación en los

temas que sean de su competencia y en todo lo relacionado con los

servicios de seguridad brindados por la Agrupación Seguridad e

Inteligencia.

ANEXO V

CASA MILITAR

AGRUPACION AEREA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Planificar, coordinar, ejecutar y supervisar las

actividades relacionadas con los traslados aéreos del señor Presidente

de la Nación y los que expresamente se ordene para los integrantes del

Poder Ejecutivo Nacional y personalidades nacionales y extranjeras,

dentro y fuera del territorio nacional.

ACCIONES:

1.

Asegurar la disponibilidad del material aéreo de

dotación, planificando, coordinando, ejecutando y supervisando el

mantenimiento y las inspecciones de las aeronaves, equipos y sistemas

asociados, con personal propio o a través de organismos o talleres

especializados.

2.

Planificar, coordinar y supervisar los traslados

aéreos del señor Presidente de la Nación y los que expresamente se

ordenen, a realizarse con material aéreo ajeno al de dotación.

3.

Coordinar y supervisar, en oportunidad de

traslados aéreos del señor Presidente de la Nación, las medidas de

seguridad en tierra y el control de explosivos en aeronaves, cargas y

equipajes, en conjunción con los organismos especializados de la Fuerza

Aérea.

4.

Requerir, coordinar y supervisar los servicios de

apoyo al vuelo y de aprovisionamiento de aeronaves, para la atención

directa de pasajeros en los vuelos que se realicen dentro y fuera del

país.

5.

Planificar y supervisar el funcionamiento de los

helipuertos (Casa de Gobierno, Residencia Presidencial de Olivos y

otros), Hangar Aeroparque y módulos de mantenimiento Aeroparque y

Palomar.

6.

Coordinar y supervisar, conforme lo establecido

en la Directiva de Instrucción de Unidades y la Directiva de

Adscripción de la Fuerza Aérea Argentina, la instrucción aérea y el

nivel de adiestramiento de las tripulaciones de vuelo, proponiendo los

periódicos relevos del personal de pilotos, mecánicos de aeronaves y

radiooperadores.

CASA MILITAR DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

AGRUPACION SEGURIDAD E INTELIGENCIA

DIRECCION DE COORDINACION ADMINISTRATIVA

(Acciones incorporadas por art. 2° del[*Decreto

N° 2128/2008](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=148505)B.O. 18/12/2008)*

ACCIONES

1.

Planificar la asignación del personal para la

atención al público en los accesos a la Casa de Gobierno, Museo y

Residencia Presidencial de Olivos considerando las necesidades del

sector.

2.

Proponer la distribución del personal civil, en

los actos y comisiones a realizarse con la presencia del Primer

Mandatario.

3.

Participar en la confección de las directivas

específicas para el cumplimiento de las actividades de la Agrupación.

4.

Ejecutar el control de gestión de los recursos

asignados a la Agrupación, para el mejoramiento de la calidad en la

prestación de los servicios, a los fines de brindar una respuesta

adecuada en la atención al público.

5.

Elaborar los cursos específicos para el personal

civil de la Agrupación, coordinando con los organismos de capacitación

intervinientes, su implementación y desarrollo.

6.

Colaborar en la planificación de los cursos para

el Personal Militar asignado a la Agrupación.

7.

Mantener y controlar la preservación de los

elementos patrimoniales asignados a la Agrupación.

8.

Asesorar y asistir al Jefe de Agrupación en los

temas que sean de su competencia y en todo lo relacionado con los

servicios de seguridad brindados por la Agrupación Seguridad e

Inteligencia.

ANEXO VI

(Anexo sustituido por art. 3° del[*Decreto

N° 2128/2008](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=148505)B.O. 18/12/2008)*

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ANEXO VIII

PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIO PRIVADO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en todo lo atinente al despacho del Sr.

Presidente de la Nación, y asistir al Primer Magistrado en lo que éste

solicite.

ACCIONES:

1.

Realizar la tramitación y el seguimiento de las

gestiones que se le asignen, informando permanentemente sobre las

acciones iniciadas y los resultados obtenidos.

2.

Presentar la carpeta de firma de los asuntos

asignados a su nivel.

3.

Supervisar el desarrollo de las tareas asignadas

al Secretario Adjunto y Adscripto para Asuntos Especiales.

4.

Coordinar la secretaría privada del señor

Presidente de la Nación.

5.

Asistir a la Dirección de Documentación

Presidencial en lo relativo al trámite de la correspondencia dirigida

al señor Presidente de la Nación.

ANEXO VIII

PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIO ADJUNTO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en lo atinente al despacho del Sr.

Presidente de la Nación que le sea encomendado, y asistir al Primer

Magistrado en lo que éste o el Secretario Privado solicite.

ACCIONES:

1.

Asistir al Secretario Privado en el cumplimiento

de todas sus funciones.

2.

Evaluar el contenido de la información diaria de

los medios gráficos destacando aquélla que se estime de interés para

conocimiento y consideración del señor Presidente de la Nación.

3.

Prestar asistencia a la esposa del Primer

Magistrado en las tareas inherentes a su función.

ANEXO VIII

PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIO ADSCRIPTO PARA ASUNTOS ESPECIALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en lo atinente al despacho del Sr.

Presidente de la Nación que le sea encomendado, y asistir al Primer

Magistrado en lo que éste o el Secretario Privado solicite.

ACCIONES:

1.

Analizar los asuntos que le sean expresamente

encomendados.

2.

Elaborar informes y recomendaciones sobre los

asuntos que analice, para su posterior elevación a la consideración del

señor Presidente de la Nación.

ANEXO VIII

PRESIDENCIA DE LA NACION

COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS DE LA

UNIDAD PRESIDENTE

DIRECCION DE DOCUMENTACION PRESIDENCIAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en el tratamiento de la documentación y las

demandas por vía oral o escrita dirigidas al señor Presidente de la

Nación.

ACCIONES:

1.

Entender en la canalización de la demanda de

índole social y asistencial que se plantee ante la Presidencia de la

Nación.

2.

Tramitar los requerimientos formulados al señor

Presidente de la Nación vinculados con temas sociales y/o

asistenciales, coordinando con los distintos sectores de la

Administración la derivación de las solicitudes según sus competencias,

organizando y manteniendo un sistema de información y seguimiento.

3.

Recibir y clasificar la documentación remitida al

señor Presidente de la Nación.

4.

Analizar la documentación que deba ser sometida a

consideración del señor Presidente de la Nación.

5.

Realizar el seguimiento y control de la

documentación.

6.

Derivar la documentación a los organismos que

corresponda según la materia.

7.

Asistir al Coordinador General y al Secretario

Privado en lo relativo al trámite de la correspondencia dirigida al

señor Presidente de la Nación.

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ANEXO XI

PRESIDENCIA DE LA NACION

COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS POLITICO

INSTITUCIONALES DE LA UNIDAD PRESIDENTE

DIRECCION GENERAL DE ANALISIS POLITICO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al Coordinador General en el análisis y

evaluación de las distintas políticas de gestión institucional en el

orden nacional y su impacto en las acciones de gobierno.

ACCIONES:

1.

Realizar análisis e informes periódicos que

permitan evaluar el impacto de las diversas políticas de gobierno y de

la gestión institucional

2.

Analizar y evaluar los temas que le sean

expresamente encomendados, realizando informes y sugerencias sobre los

puntos que analice, elevándolos a consideración del Coordinador General

3.

Asistir en la propuesta de lineamientos de

políticas interinstitucionales relacionadas con los gobiernos

provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires

ANEXO XI

PRESIDENCIA DE LA NACION

COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS POLITICO

INSTITUCIONALES DE LA UNIDAD PRESIDENTE

DIRECCION GENERAL DE ASISTENCIA TECNICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al Coordinador General en los aspectos

técnicos necesarios para el desarrollo de su tarea específica.

ACCIONES:

1.

Brindar apoyo técnico al Coordinador General

2.

Confeccionar y protocolizar las resoluciones

encomendadas por el Coordinador General, y dirigir el despacho de la

Coordinación General

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Antecedentes Normativos

*-

Anexo II, Dirección General de Programas de Gobierno, Dirección,

Responsabilidad Primaria y**Acciones

incorporadas por art. 2° del*[Decreto

N° 2215/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=205047)B.O. 21/11/2012;

*-

Anexo II, Dirección General de Ceremonial, Responsabilidad Primaria y Acciones

sustituidas por art. 2° del*[Decreto

N° 2215/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=205047)B.O. 21/11/2012;

- Artículo 12 sustituido por art. 4° del[*Decreto

N° 166/2011](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=179528)B.O. 23/2/2011.*

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